Isabel la Católica. Génesis.

Leyendo al gran  Pérez Reverte siempre me gustó una frase de su primera entrega del Capitán Alatriste, en la que afirmaba que la infancia era la patria de un hombre. Y así es, la infancia nos marca, nuestra personalidad no surge de la mente de forma espontánea, sino que por el contrario es una combinación de genes y de experiencias y en este sentido, la infancia es la época de nuestra vida en la que más aprendemos. De este modo he decidido que para comprender la figura y trascendencia de nuestra reina Isabel I. debemos aplicar esa combinación. 

 

Empecemos por la genética. Isabel, es por parte de padre, una Trastamara. La casa Trastamara accede al trono de Castilla a mediados del Siglo XIV , derrocando a la legítima casa de Borgoña. Estamos ante la primera guerra civil castellana, Enrique II , respaldado por la nobleza castellana, acaba con la vida de su hermanastro, Pedro I, en la batalla de Montiel. Es el 23 de Marzo de 1369 y se pone fin así al reinado de la casa de Borgoña en Castilla y comienza el de la dinastía Trastamara, que regiría Castilla hasta la muerte de Juana I en 1555.  Desde un punto de vista puramente legal, la sucesión al trono de Castilla estaba regulada por las partidas de Alfonso X, que establecían en la Ley Segunda, 15. 2 el derecho del hijo primogénito …”El nacer primero, es una señal de amor de Dios (a los hijos del rey), esto es, por tres razones: por la naturaleza, por la ley y por la costumbre; por la naturaleza porque se ama más al primogénito; por la ley según se prueba por el dicho de Dios a Abraham para que sacrificase a su hijo Isac; y por costumbre porque el hijo mayor ha de poseer el reino después de la muerte del padre. El señorío del reino se hereda por línea derecha; por tanto, cuando no hay hijo varón, hereda la hija mayor; si el mayor muriese antes de heredar, le sucederán sus hijos o hijas de legitimo matrimonio, y sino los parientes más cercanos que fueran capaces de ellos, no habiendo cometido falta por la que no debieren reinar”. 

 

Resulta evidente que el ascenso al trono castellano de la casa de Trastámara se hizo, como dije antes a través de la usurpación, pues en primer lugar, Enrique II no era hijo legítimo de Alfonso XI ( fue el tercero de los diez bastardos que tuvo el rey castellano) y en segundo lugar, aunque contó con el apoyo de la mayoría de la nobleza castellana que realizó en su favor una ardua campaña de desprestigio de su hermanastro Ln rey Pedro I,  al que apodaron el Cruel, y al que tachaban prácticamente de loco, no es posible considerar que las múltiples ejecuciones que ordenó el legítimo monarca castellano pudieran utilizarse por los partidarios de Enrique como falta que le impidiese gobernar y legitimara su ascenso al trono. Existe, por tanto, una mancha en origen de la casa Trastamara que resulta indefendible y que siglos después va a ser utilizada por los historiadores negrolegendarios para establecer un pecado de origen en la figura de Isabel La Católica. El argumento es, simplemente, insustancial, pues nadie es culpable de los pecados de sus antepasados, y a las personas, reyes incluidos, hay que juzgarlas por sus actos y no por los de sus antepasados.

 

Pero continuemos, Enrique II, fue conocido como Enrique el de las Mercedes debido a todos los favores que tuvo que pagar a la nobleza por haberle reconocido como rey. Le sucedió su hijo Juan I.. Este siguió otorgando favores a la nobleza, algo que continuaron haciendo sus descendientes como una necesidad para mantenerse en el trono. Juan I tuvo dos hijos, Enrique III y Fernando. El primero, por ser hijo primogénito, heredó el trono castellano, contrayendo matrimonio con Catalina de Lancaster, nieta de Pedro I, en un intento de reconciliación de la dinastía usurpadora con la legítima casa de Borgoña. El reinado de Enrique III se caracterizó por la poca personalidad del monarca, desembocando en una fuerte anarquía. Su hermano Fernando se convertiría en regente del reino a su muerte, pues el primogénito de Enrique III, su hijo, Juan II tenía un año de edad al morir su padre. Un hecho curioso de esta regencia, es que fue compartida por su madre, Catalina y su tío Fernando. Durante este periodo de regencia, Fernando intenta una cruzada contra el reino nazarí de Granada y se esfuerza en mitigar la influencia de la nobleza castellana en la Corte, ambas labores resultaron infructuosas. Mientras tanto, el pequeño Juan crece muy unido a su madre en el Alcázar de Segovia, con el miedo constante a un secuestro y desarrollando una personalidad indecisa, inconstante y dependiente. A los 4 años conoce a Don Álvaro de Luna, quien entra como paje en la Corte pero con el que, rápidamente, y pese a la diferencia de edad (contaba con 18 años) establece una relación de amistad muy intensa. Algunos historiadores mantienen que en cierto modo Don Álvaro de Luna sustituyó la figura paterna y puedo afirmarse esto como cierto, pues las grandes decisiones de la Corona castellana van a ser tomadas con la supervisión y aprobación del que sería el Condestable de Castilla (Condestable de Castilla fue un título creado por el rey Juan I de Castilla para sustituir al de alférez mayor del Reino. En él recaía el mando supremo del ejército y tenía el derecho de llevar pendón, mazas y rey de armas. El condestable era el máximo representante del rey en ausencia del mismo). Juan II reino castilla durante 48 años (1406 a 1454) y fue un periodo convulso, marcado por las revueltas y el desorden. Ello unido a la voluble personalidad del monarca, quien apreciaba más la cultura, la literatura la música y los festejos, acrecentó la emergente figura de Don Álvaro de Luna. Dignos de una buena película o serie (lo que prefiera el lector) son los hechos conocidos como el Golpe de Tordesillas (1420) en el que el infante de Aragón Don Enrique, en un intento de dominar la Corona de Castilla, secuestra al Rey y lo mantiene cautivo en Talavera de la Reina. Es Don Álvaro de Luna, quien personalmente rescata al joven rey de su cautiverio, y tras tres años convulsos y no pocas maquinaciones y revueltas se logra acabar con el conflicto entre ambas Coronas, obteniendo Don Álvaro el título de Condestable de Castilla y convirtiéndose en la persona más influyente en la corte castellana. Don Álvaro, no solo aprovechó esta posición para su propio enriquecimiento, sino que fue leal a su rey y siempre intentó reforzar su posición.  Entre otras cosas, buscó la unión con el vecino reino de Portugal, de manera que fuese aliado protector del reino en caso de que Navarra y Aragón buscaran intervenir en Castilla. Lo hizo en un momento crucial ya que tras la muerte de la primera esposa del rey, María de Aragón, y tras haber pedido ayuda a Portugal para vencer a los infantes de Aragón en la revuelta anteriormente descrita, se establece su segundo matrimonio con Isabel de Portugal. Isabel era una mujer de gran carácter y el inteligente movimiento de Don Álvaro de Luna, ponto se volvería en su contra pues la portuguesa no aceptaba la dependencia moral de su esposo con el Condestable, ni la decisiva posición  de éste en la Corte, pues los veía como un peligro para la propia Corona. Este controvertido triángulo tendría un trágico desenlace que acabaría con el apresamiento, juicio y ejecución de Don Álvaro de Luna en Junio de 1453. Juan II de Castilla tuvo con Isabel de Portugal dos hijos, Isabel (nuestra Isabel) y Alfonso.

 

Una visión global de la genealogía paterna de Isabel La Católica nos otorga una perspectiva de unos reyes castellanos con escasa voluntad propia, dependientes siempre de la nobleza, más preocupados por los aspectos mundanos que de la gobernanza e incapaces de tomar grandes decisiones sin el consejo o aprobación de terceros. El más claro exponente de este rasgo, es el propio padre de Isabel, pues sin duda fue un rey que vivió influenciado en la temprana infancia por su madre, durante casi todo su reinado por Don Álvaro de Luna y al final de éste por su mujer, Isabel de Portugal. No pretendo dar al lector una imagen pusilánime de los sucesivos monarcas de la casa Trastámara, pues no sería justo con la historia dar únicamente esa imagen, pero si es cierto que fueron reyes en cierto modo volubles. Sin embargo, este aspecto genético en nada marcó a Isabel la Católica, más bien su figura representó todo lo contrario y más adelante explicaré el porqué.

 

Pasemos ahora a la rama materna. Como ya he dicho, su madre Isabel de Portugal, fue la segunda esposa de su padre Juan II de Castilla.  Fue hija delInfante Juan de Portugal y de Isabel de Barcelos, nieta del rey Juan I de Portugal. Pertenecía por nacimiento a la casa de Avis. De ella poco sabemos hasta su llegada a Castilla, ni siquiera su fecha exacta ni lugar de nacimiento (solo conocemos que nació en 1428). Su figura ha trascendido a la historia por su supuesta enajenación mental, si bien ésta como la de su nieta Juana, no cabe considerarlas como ciertas en su totalidad. En primer lugar, porque si bien es cierto que tras la ejecución del Condestable Álvaro de Luna, la reina comenzó a experimentar determinadas visiones y episodios de alucinaciones y desorientación mental, resulta difícil de creer que se propusiera el matrimonio al Rey de Castilla con una infanta portuguesa que padecía una enfermedad mental, pues infantas casaderas en Portugal había más de una, por lo que cabría considerar que los problemas de salud mental de la Reina fueron sobrevenidos y no de nacimiento. Las crónicas nos trasmiten la imagen de una reina culta, virtuosa que no renunció a sus orígenes, rodeándose de sus damas de compañía portuguesas u una reina que hizo feliz a su marido, al que dio dos hijos. Sin embargo, la muerte del monarca, tras apenas siete años de matrimonio y la depresión post parto suponen en mi opinión la quiebra emocional que desencadenó la enfermedad mental que acompañó a la reina de por vida. Hoy en día convivimos con la depresión y determinados trastornos mentales con cierta normalidad pues los consideramos casi consustanciales con nuestra sociedad. Sin embargo, en la castilla del siglo XV no existía esa visión, fundamentalmente porque la medicina como ciencia apenas estaba despertando y por tanto hablar de sicología en las postrimerías del medievo era algo inimaginable. De ahí que cualquier desarreglo emocional fuera tachado de simple locura. Pensemos que Juana I de Castilla ha pasado a la Historia injustamente como Juana la Loca, cuando su única locura consistía en una celopatía no exenta de fundamento. Tras la muerte de su esposo el Rey Juan II de Castilla, Isabel se retira a Arévalo, junto con sus dos hijos, Isabel y Alfonso, y Enrique el primogénito del rey castellano, fruto de su primer matrimonio con María de Aragón, pasaría a ser rey de Castilla como Enrique IV. Se cumplía así con el derecho castellano establecido en las anteriormente aludidas Partidas de Alfonso X al heredar la corona el hijo primogénito. 

 

Quien piense en la figura de una reina viuda encamada y delirante se equivoca. Podemos ver  en las diversas crónicas históricas los desplazamientos que la reina viuda hace a fin de reclamar los derechos testamentarios de sus hijos a las villas de Cuellar y de Maqueda así como los suyos propios en la villa de Soria, lo que nos demuestra que fue una mujer tenaz, capaz de superar sus problemas de salud y anteponer a los mismos la educación y salvaguarda de los derechos de sus hijos. Junto con la reina viuda siempre estuvo su madre, Isabel de Barcelos, quien participó activamente en la educación de sus nietos. Mujer sufrida, contempló en vida las luchas intestinas por la sucesión en las Coronas de Castilla y Portugal y el deterioro de la salud mental de su hija, sin que eso lo apartara de lo que consideraba primordial, la educación de sus nietos.

 

Tenemos completado así el análisis genético materno y paterno de Isabel, y llama la atención que mientras por vía paterna tenemos un perfil de hombre influenciable y con cierto desapego a las cuestiones de gobernanza, por vía materna tenemos un perfil de mujer con personalidad marcada, que prioriza las cuestiones de la Corona y que intenta apartar de la Corte a las influencias que considera negativas. Cierto es que Isabel, apenas conoció a su padre pues tenía tres años de edad cuando éste falleció así que la influencia directa de éste en la personalidad de Isabel es prácticamente nula por lo que solo queda la genética. Sin embargo con la madre todo es distinto, Isabel convivió con su madre en Arévalo hasta los once años ya que fue llamada por su hermano Enrique a la Corte de Segovia en 1461, por lo que la influencia materna en la infancia de Isabel La Católica está fuera de toda duda. Además, son constantes los viajes documentados de Isabel para ver a su madre a veces sola a veces con el propio rey Fernando hasta la muerte de su madre en Arévalo en 1496. Resulta fácil concluir que la genética paterna poco influyó en la figura de Isabel I de Castilla y del mismo modo se puede afirmar que por el contrario si se observa cierta influencia genética materna en la figura de la reina católica.

 

Como comenté en las primeras líneas de este modesto análisis, nuestra personalidad la marca no solo la genética sino las experiencias y sobre todo las experiencias vividas en la infancia. Resulta obligado dado lo que hemos analizado hasta ahora el exponer que experiencias y personas influyeron en la vida de la pequeña reina que sería germen de un personaje cardinal en la Historia de la huma

 

Tenemos que volver a la pequeña villa de Arévalo, en pleno corazón de Castilla, en este pueblo abulense transcurren los primeros años de Isabel. Si bien es cierto que su madre y su abuela fueron las encargadas de su educación, no es menos cierto, que Isabel, al ser mujer, recibió una primera educación un tanto distinta a la de su hermano, pues pese a ser mayor que él no olvidemos que la mujer tenía un papel secundario y fundamentalmente dirigido a consolidar reinos y dinastías  a través de matrimonios elegidos. Podemos afirmar que a los 10 años Isabel sabía leer, escribir, algo de cálculo, doctrina cristiana, castellano, portugués y danza, recibió una educación relacionada con el gobierno del hogar y aprendió el valor del dinero. Su preceptor fue Fray Juan de Tolosa y su nodriza María Lopes. También forjó en esta Corte una estrecha relación con los franciscanos que le sirvieron de guías espirituales y culturales Pero si verdaderamente queremos analizar la infancia de Isabel y descubrir quienes la ayudaron  a forjar su carácter debemos en primer lugar, con carácter obligado, referirnos a Don Gonzalo Chacón. Gonzalo Chacón es un personaje que aparece ligado a la Corte Castellana ya en tiempos de Juan II. Es de esa clase de hombres que no ansía el poder y que nace con vocación de servir. Así las primeras crónicas le sitúan con dieciocho años como mayordomo de Don Álvaro de Luna. Debió de existir con el Condestable franca relación pues permanece junto a él la víspera de su ejecución y es nombrado comendador de Montiel por el propio Alvaro de Luna. Don Gonzalo Chacón es encarcelado por el rey Juan II debiendo su padre tomar posesión de la villa de Montiel. Tras la muerte de Juan II y la llegada al trono de su hijo y la animadversión del nuevo monarca a las personas que habían sido leales y cercanas a Don Álvaro de Luna, Gonzalo Chacón abandona la Corte y se traslada a Arévalo donde contraerá matrimonio con Clara Alvarnaez hija del alcaide y que formaba parte del séquito de Isabel de Portugal, Allí comprueba de primera mano las estrecheces que pasa la Corte pues las disposiciones testamentarias de Juan II en cuanto asignaciones económicas para Alfonso e Isabel no siempre fueron cumplidas por el rey Enrique IV (Su padre la dejó para su manutención la villa de Cuéllar con sus rentas y se añadiría la de Madrigal, cuando muriera su madre. Debía recibir además desde que cumpliese diez años hasta que contrajese matrimonio la renta anual de un millón de maravedíes, descontando lo que produjesen las rentas de Cuéllar y en su momento las de Madrigal). Austeridad es, por tanto, una de las características de la temprana infancia de la reina Isabel La Católica pues en época de escasez no cabe sino la prudente gobernanza y la austeridad como medios de paliarla. Es Gonzalo Chacón, mayordomo en Arévalo quien ayuda a mantener las modestas cuentas de la Corte y  administrar los escasos recursos. No confundamos el término austeridad con el de pobreza , pues nos estamos refiriendo a una Corte y no a una simple familia castellana y como tal es necesario mantener no a los simples miembros de la familia sino al séquito de la misma y al mantenimiento del propio castillo. Asimismo, en Arévalo permanecía una pequeña guardia militar. Isabel se refirió en varias ocasiones a Don Gonzalo Chacón como “ mi padre” en una clara intención de suplir la ausencia de figura paterna por la temprana muerte del Rey Juan II. Es evidente que la lealtad de Gonzalo Chacón con Isabel la Católica fue referente en su infancia pues en una sociedad en la que la figura de la mujer era secundaria y para una niña huérfana de padre el encontrar un referente masculino en que depositar una confianza plena supuso una directriz futura consistente en el acercamiento a personas que como dije antes orillaran el afán de poder en pos de la voluntad de servir. Si una analiza la vida de Isabel la Católica y repasa las figuras de personajes como Gutierre de Cárdenas (sobrino del propio Gonzalo Chacón), Beatriz de Bobadilla, su esposo, Andrés Cabrera, Fray Hernando de Talavera o Beatriz de Silva llegará a la fácil conclusión de que el reinado de Isabel La Católica estuvo marcado por la sabia elección de consejeros y sirvientes.

 

En cuanto a la formación religiosa son los Franciscanos del Convento de Arévalo los que en esta primera infancia de Isabel se encargan de su formación religiosa. Así los ideales franciscanos de pobreza y caridad se engarzan en los primeros pensamientos de la infanta y se verán reflejados en numeroso actos de su vida. No olvidemos que en su testamento Isabel ordena ser enterrada con el hábito franciscano y en los Libros de Cuentas de Gonzalo de Baeza, su tesorero, se cuentan por centenares y casi a diarios las ordenes de limosna y las partidas para vestimenta de gentes de toda condición y lugar. En este mismo sentimiento de humildad en la fe encontramos a Beatriz de Silva, dama de la corte de la reina Isabel de Portugal y fundadora de la orden de las Concepcionistas Franciscanas. No es difícil pensar que en el tiempo de convivencia en la corte de Arévalo también fue un espejo para la pequeña infanta pues Beatriz de Silva era sin, duda la mujer más bella de la Corte y fueron innumerables las peticiones de matrimonio que recibió, sin embargo ella prefirió una vida consagrada a su Fe.

 

Llegamos al final de este primer capítulo que abarca los once primeros años de Isabel, su infancia y del que no existe una documentación muy cuantiosa en comparación con épocas posteriores, pues Isabel, no estaba destinada a ser Reina, ni tampoco su hermano Alfonso, y el centro de atención se encontraba en Segovia con el rey Enrique. Vemos, por tanto, una niña que queda huérfana de padre a temprana edad, que, crece feliz junto a su hermano en la pequeña villa de Arévalo, centrada en su educación, bajo el cuidado de su madre y de su abuela y con la imagen de un preceptor, Don Gonzalo Chacón, que hacía las veces, de mayordomo, contador y cuando era menester de improvisado padre. Es importante la descripción, porque mientras en la Corte de Segovia se compraban y vendían lealtades, intriga tras intriga, en la Corte de Arévalo las lealtades formaban parte del ser de las personas que en ella se encontraban. Y por otro lado, la formación religiosa de la pequeña Isabel, es na formación cercana al mensaje original de Jesucristo, una religión basada en la humildad, la caridad y la continua búsqueda de la Justicia. Muy distinta también a la religión de la Corte en Segovia, una religión en la que los obispos se compraban y vendían y que poseían ejército y haciendas propias. No olvidemos estas dos diferencias, pues son dos elementos que van a impregnar muchas de las decisiones políticas de Isabel en sus treinta años de reinado. 

 

Lo dejamos aquí, con esa pequeña Isabel de apenas once años, que vive feliz en Arévalo y que, sin que ella se lo espere va a ser arrancada de su madre, y llevada a Segovia a la fuerza por orden del rey, su hermano Enrique. Pero esta niña de once años no va a ser la dócil niña que espera encontrar su hermano……….

 

Espero que les guste el artículo y lo difundan pues el conocimiento de la verdadera Historia es algo que más que nunca necesita la Hispanidad.

 

Escrito en Aranjuez a 5 de Octubre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

 

Isabel. La forja de una Reina.

“ Y porque la Historia es luz de verdad, testigo del tiempo, maestra y ejemplo de vida, mostradora de la antigüedad, contaremos, mediante la voluntad de Diós, la verdad de las cosas, en las cuales verán los que esta historia leyeren, la utilidad que trae a los presentes saber los hechos pasados, que nos muestran en el transcurso de esta vida, lo que debemos conocer, para seguirlo y de lo que debemos aborrecer y huir”.

 

Con esta extraordinaria reflexión comienza Don Hernando del Pulgar su Crónica de los Reyes Católicos. Y es una reflexión que cualquier sociedad debiera de tener presente siempre, pues quien olvida su pasado está condenado a repetirlo, por lo que el estudio y análisis de la Historia, que a los ojos del mundo actual resulta algo aburrido e insustancial, es algo que no solo nos forma en nuestro aspecto cultural sinó también en el personal. Vivimos unos tiempos convulsos en el que la mediocridad de la clase política y el emergente deterioro cultural de las nuevas generaciones  conduce, a quienes aun les queda cierta inquietud intelectual, a refugiarse en el pasado tratando de admirar a quienes lo forjaron.

 

         Pero, querido lector, retomemos la historia donde la dejamos en el capítulo anterior. Recuerde que dejamos a nuestra Isabel, con apenas once años como Infanta de Castillo en la modesta corte de Arévalo ( utilizo el término de corte en un sentido amplio, aunque la Corte natural de Castilla estaba en Segovia, no es menos cierto que en Arévalo residía la reina consorte viuda de Castilla y por tanto a mi juicio su residencia merece tal título).

 

         Isabel vivió en Arévalo, junto con su hermano Alfonso, desde el fallecimiento de su padre, cuando ella tenía tres años y Alfonso uno.

 

La manutención de la viuda y los infantes quedaba garantizada, como ya sabemos, por el testamento de Juan II. A Isabel de Portugal le correspondían las rentas reales de las villas de Soria, Arévalo y Madrigal. Para el infante Alfonso quedaba el maestrazgo de Santiago y los títulos de condestable de Castilla y señor de Huete, Escalona, Maqueda, Portillo y Sepúlveda, así como los pertenecientes a su madre, al fallecimiento de esta.

 

Isabel, por su parte, debía percibir una asignación de 200.000 maravedíes anuales hasta los 14 años de edad, cantidad que se cuadruplicaba, llegando a los 870.000 maravedíes, a partir de esa edad hasta su matrimonio. Además de esta suma, la infanta debía recibir las rentas reales de Medina del Campo cuando cumpliera 16 años. También se le entregó Cuellar y Madrigal hasta que se produjera su casamiento, añadiendo una suma de 1.000.000 de maravedíes como dote, aunque  su hermano y rey Enrique IV no liberó los pagos a los que la ley le obligaba, haciendo la estancia de la Corte en Arévalo incómoda en algunos momentos. Como vimos en el capítulo anterior esta fue una circunstancia que marco a Isabel, ya que su reinado se caracterizó, entre otras muchas cosas, por la austeridad.

 

 

Durante estos siete años en Arévalo, alejados de la corte, se va forjando la personalidad de Isabel, en la que se observa una fuerte influencia de sus tutores, en especial de Gonzalo Chacón, personaje versado en las intrigas de la Corte al ser antiguo colaborador de Don Álvaro de Luna y que se encargó además de la Administración económica de la Corte en Arévalo.

 

         Gonzalo Chacón podría definirse como un ajedrecista, un hombre, sensato, cabal, pausado, capaz de medir los tiempos en cada decisión tras un exhaustivo análisis de cada circunstancia. Es conocido el gusto temprano de Isabel en el juego del ajedrez y cabe suponer que Gonzalo fue uno de sus contrincantes favoritos. Cerramos los ojos e imaginemos a ambos trasladando a su tablero las intrigas palaciegas en las que se encontraban envueltos y poniendo nombre concreto a cada pieza y a cada movimiento……Gonzalo Chacón sería el primer alfil a lado de esa Dama blanca en que hemos idealizado a Isabel en nuestro  imaginario tablero de ajedrez.

 

  

 

 

 Gonzalo Chacón y su mujer están enterrados en Ocaña en la capilla de la Iglesia de San Juan. Sepulcro que se encuentra en un lamentable estado de abandono.

 

Beatriz de Bobadilla fue sin duda la mujer más cercana a la Reina tantos en estos primeros años en Arévalo como a lo largo de su vida, estando presente en el propio fallecimiento de la Reina. Persona, leal, cercana de toda confianza, compartió con ella, infancia, madurez y toda clase de avatares, incluso un intento de asesinato en Málaga, cuando fue confundida con la propia Reina por su agresor. Isabel, siempre generosa con sus leales, la concedió el Marquesado de Moya y el Señorío de Chinchón y bendijo su matrimonio con Andrés Cabrera. Sus restos yacen en la iglesia-panteón de los marqueses de Moya de Carboneras de Guadazaón, junto con los de su marido Andrés Cabrera. 

 

La vida en Arévalo transcurría de una manera tranquila para los Infantes de Castilla, más preocupados en disfrutar de su infancia que en cualquier avatar político. Pero todo eso va a cambiar en 1461, cuando el Rey, ordena a los infantes que trasladen su residencia a la Corte de Segovia. Este es el hecho crucial en la vida de Isabel, el que marca su destino, ya que, como veremos más tarde, supuso el que una niña, una pequeña infanta de Castilla cuyo destino sería (como el de cualquier otra infanta a lo largo de la Historia) el de un matrimonio acordado que trajera al reino contraprestaciones económicas o de poder, se convertiría, primero en Princesa de Asturias y más tarde en Reina de Castilla. Es este un hecho que supuso la primera gran quiebra emocional de Isabel en su vida. No olvidemos que la muerte de su padre se produce cuando ella tiene apenas tres años y por tanto es algo de lo que difícilmente pudo tener consciencia, pero la débil salud mental de su madre motivó un gran apego entre ambas que se rompe de manera abrupta por el mandato del Rey. Tengamos también en cuenta que Enrique IV nació el 5 de Enero de 1425, es decir, que aunque hermano de Isabel, tenía 26 años más que la infanta, por lo que Isabel acude a la Corte de Segovia con el corazón roto y con el resquemor propio hacia su causante, al que podíamos decir que veía más como Rey que como hermano ( se utiliza en demasía el termino hermanastros para definir la relación entre Isabel y Enrique y esto a mi juicio no es acertado, pues Isabel y Enrique eran hijos del mismo padre y por tanto hermanos de sangre y su relación familiar debe de definirse como la de hermanos)

 

Resulta obligado, llegados a este punto, analizar el por qué se ordena ese súbito traslado de los infantes de Castilla. Como hemos dicho Enrique, primogénito del rey Juan II de Castilla nació en Valladolid el 5 de Enero de 1425. Fue educado desde pequeño para ser rey, pero no es menos cierto que se crio en una Corte en el que las decisiones eran más voluntad de los nobles o de su Condestable que designio del propio rey. Enrique IV es definido por las crónicas como persona de poco carácter, débil de salud ( no olvidemos que sus padres, Juan II y María de Aragón eran primos carnales lo que pudo influir en esa quiebra ). Ambas circunstancias hicieron que el joven príncipe tuviera más apego a su madre que a su padre lo que conllevó que para las decisiones importantes de la Corte l buscara siempre el apoyo de un fiel consejero. Si Juan II buscó siempre el brazo de Don Álvaro de Luna, Enrique IV buscará, en un primer momento, el brazo de Don Juan Pacheco, Marqués de Villena.

 

Con el fin de estrechar lazos con la Corona de Aragón se acordó el matrimonio del Príncipe Enrique con su prima Blanca de Navarra, hija de Juan, duque de Peñafiel, futuro rey de Aragón. La boda se celebró el 15 de septiembre de 1440, teniendo el príncipe quince años. Este matrimonio no pudo ser consumado como declararon por escrito con posterioridad los propios cónyuges, por lo que un matrimonio, que en principio fue concebido con la idea de estrechar lazos entre las Coronas de Castilla y Aragón resultó ser todo lo contrario. La incapacidad para engendrar hijos por parte de Enrique, la muerte de su madre en febrero de 1445 y el conflicto con los infantes de Aragón a los que el propio Enrique declaró la guerra el 29 de Marzo de 1444 dieron al traste en ese intento de acercamiento de las dos Coronas. 

 

 El 11 de mayo de 1453 Luis  de Acuña, arcediano de Alcazarén y administrador apostólico de la sede vacante de Segovia, dictó una sentencia de nulidad del matrimonio entre Enrique IV y Blanca de Navarra en la que consideraba que el príncipe había sufrido un encantamiento que le impedía copular con su esposa pero no con otras mujeres (se tomó testimonio a algunas prostitutas que, manifestaron a ver tenido relaciones carnales con el aún príncipe aunque de acuerdo con las leyes del tiempo, las prostitutas no podían ser testigos). Esta sentencia no fue nunca ratificada por el Papa. Quedaba así el Príncipe libre para contraer nuevo matrimonio, pero  a su vez quedaba manchado de por vida pues el rumor de su impotencia corría como la pólvora por toda Castilla. Como dije anteriormente, el aun príncipe confiaba su destino en Juan Pacheco, al que tras la batalla de Olmedo en 1445 (que puso fin a la contienda entre Castilla y Aragón) se le nombró en agradecimiento Marqués de Villena y a su hermano Pedro Girón, maestre de Calatrava. Pacheco, hombre hábil y conocedor del carácter pusilánime del futuro rey le recomendó estrechar lazos con la Corona de Portugal y para ello convino el matrimonio entre el aun príncipe Enrique y Juana, hija póstuma del Rey Eduardo I de Portugal y la infanta  Leonor de Aragón. Las capitulaciones matrimoniales se firmaron el 20 de Diciembre de 1453.

 

La muerte de del rey de Castilla Juan II el 22 de Julio de 1454, convierte a Enrique en legítimo heredero de la Corona de Castilla en virtud del derecho castellano recogido en las Partidas de Alfonso X el Sabio que establecían al primogénito varón en la primera línea sucesoria. Se produce aquí un hecho curioso en relación a las capitulaciones matrimoniales. Con la excusa de modificarlas al haber sido firmadas cuando Enrique era Príncipe de Asturias y haber adquirido con posterioridad la condición de Rey de Castilla se introduce una frase en las mismas en orden a la legitimidad de Enrique para contraer nuevo matrimonio, textualmente se afirma ésta 

“en virtud de letras apostólicas e procesos sobre ellas formulados”, en alusión al dudoso proceso de nulidad canónica de su anterior matrimonio. Sea como fuere, Enrique y Juana contrajeron matrimonio en Córdoba el 20 de Mayo de 1455, hay ya en Castilla nuevo rey, nueva reina y un primer ministro de facto, Don Juan Pacheco, marqués de Villena.

 

         Pero detengámonos en la boda, Enrique y Juana, eran primos segundos, y por tanto necesitaban de una bula papal para contraer matrimonio. Era indispensable, por tanto, una doble dispensa pontificia, una sobre la sentencia de nulidad a fin de corroborarla y otra sobre el parentesco.  La Real Academia de la Historia Española, conserva copia de una bula del 1 de diciembre de 1453, pero ésta no se incluyó en las capitulaciones y acta matrimoniales, como era uso y costumbre, y tampoco se ha encontrado el original ni el registro en el Vaticano. Además, el mencionado documento daba poderes a Alfonso Carrillo, Alonso de Fonseca y Alfonso Sánchez de Valladolid, obispos, para que, examinado el asunto, dispensasen si lo estimaban oportuno. No se tiene ningún testimonio de que dicho encargo fuera llevado a cabo. Estamos por tanto ante un matrimonio con más luces que sombras, y esta oscuridad será aprovechada por Isabel en un futuro no muy lejano. Pero esa es otra historia.

 

         Sigamos en la boda. En Castilla era costumbre mostrar las sabanas manchadas después de la noche de bodas a fin de probar la consumación del matrimonio. Enrique IV consideraba bárbara esta tradición y se negó a cumplimentarla. La nueva reina tampoco traía dote y Enrique la suplió depositando cien mil florines de oro en un banco de Medina del Campo. Tengamos en cuenta que las partidas de Alfonso X recogían que la dote (así se definía a los bienes que aportaba la esposa al matrimonio) podía ser Adventitia, que significaba que era la esposa la que aportaba bienes propios o podía ser Profectitia cuando los bienes que aportaba la esposa al matrimonio procedían de parientes o terceros. Sin embargo, Juana vino con las manos vacías, lo que nos induce a pensar que existían desde el inicio serias dudas de la consistencia del matrimonio a celebrar y por ello no quisieron ponerse en riesgo los bienes de la portuguesa.

 

         Estamos por tanto ante un rey con una aguda debilidad de carácter y con un matrimonio bajo sospecha de ilegitimidad desde su celebración, lo cual no era cuestión baladí, pues los hijos nacidos de un matrimonio viciado de nulidad no tenían derecho a la sucesión al trono según la Ley II, 15, 2 de las partidas de Alfonso X El sabio, que eran el cuerpo legal vigente en Castilla y cuyo cumplimiento juraban todos los reyes en el momento de su coronación. En estas circunstancias el Gobierno del Reino pasó a manos de los nobles, que, encabezados por Juan Pacheco, se erigieron en verdadera clase política. 

 

         Los comienzos de reinado, fueron positivos desde el punto de vista económico, debido a que se habían asignado a la corona en sus primeros años de reinado los ingresos de las Órdenes militares de Santiago y Alcántara, que se hallaban vacantes. Ello propició que el rey pudiera financiar una campaña contra el Reino musulmán de Granada, una campaña que basó en una guerra de desgaste y no una guerra de batallas a campo abierto, lo que no gustó a la nobleza, que le tachó de cobarde….y mientras tanto, el anhelado hijo del rey seguía sin llegar y los rumores de la impotencia del rey eran ya constante preocupación entre la nobleza castellana. 

Para intentar limitar su poder, el rey, trató de compensar esta situación promoviendo a un grupo de jóvenes de mediano linaje, como Beltrán de la Cueva, Miguel Lucas de Iranzo, Juan de Valenzuela y Diego Arias Dávila, los cuales no dieron la talla. Los nobles, especialmente Pacheco, su hermano Pedro Girón y el arzobispo Carrillo, que temían verse desplazados, les combatieron eficazmente. Sólo Beltrán, nombrado mayordomo mayor y que ingresó por matrimonio en la Casa de Mendoza, pudo desempeñar un cierto papel político, aunque nada brillante.

 

         El Rey, trató de acallar los rumores sobre su impotencia, manteniendo escandalosas relaciones con otras mujeres, Catalina de Sandoval y Guiomar de Castro, que llegaría a convertirse en condesa de Treviño. Esta última testificaría después contra Enrique afirmando de éste que era incapaz de completar la relación sexual. De estas relaciones tampoco hubo descendencia.

 

         Y así, pasaron siete largos años, hasta el verano de 1461, en el que en una Castilla en la que el gobierno de la nobleza era un hecho consumado, se anunció, por fin, que la reina estaba embarazada. Con carácter inmediato el rey, apremiado por su esposa, ordena el traslado de sus hermanos a la corte de Segovia. Esta decisión, sin duda un enorme error táctico del rey, respondía al temor que el rey y su esposa tenían a que la nobleza conspirara contra los derechos sucesorios de su futuro descendiente. Y el temor era más que fundado puesto que como hemos expuesto anteriormente, existían serias dudas sobre la legitimidad del propio matrimonio, pero además existían más dudas aun sobre la propia paternidad del monarca castellano. Los nobles alineados en una Liga, encabezada por Pacheco, comenzaron a extender la idea de que el hijo que esperaban los reyes no había sido concebido por el monarca si no por su mayordomo mayor, Don Beltrán de la Cueva.

 

         Y es en este momento crucial de la historia de Castilla, donde una pequeña infanta de apenas once años de edad, acompañada de su hermano pequeño Alfonso, y de un modesto séquito se instalan en la Corte de Segovia por orden de su hermano, a fin de evitar cualquier maniobra que pudiera utilizarlos en contra del rey y su futuro descendiente. El rey y su esposa, conscientes de las enormes dudas que pesan sobre su matrimonio y sobre su paternidad van a intentar acordar rápidamente matrimonios de conveniencia para los dos infantes. Isabel más tarde va a calificar los cuatro primeros años en la Corte de Segovia como un infierno.

 

         Y es precisamente en las brasas de este infierno donde se forja la Reina más importante que ha dado la Historia Universal……..pero eso lo veremos en el próximo capítulo.

 

Escrito en Aranjuez a 12 de Octubre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte II.

“Las obras de cada uno,  han dado y darán testimonio de nosotros ante Dios y ante el mundo”.

La frase pertenece a un fragmento de una de las numerosas cartas que durante varios años escribió Isabel a su hermano el Rey Enrique IV. Es una frase que siempre me gustó, pues refleja la preocupación moral de quienes estiman que la mejor herencia que se puede dejar es el relato de las obras hechas en vida y, por tanto, todo lo que hacemos en esta vida tiene su eco en el futuro. Isabel, siempre tuvo presente este principio en sus actos y de este modo, sus decisiones estarán marcadas desde el inicio por los valores de la Justicia y la Fe. Y cuando digo desde el principio me refiero literalmente al principio de su reinado, pues como narraré en capítulos posteriores, la misma Isabel, cuando sale de la Iglesia de San Miguel en Segovia coronada como reina de Castilla lo hace precedida de una comitiva que encabeza Gutierre de Cardenas (que sería nombrado Contador Mayor del reino) con la espada en alto y asida por el filo como símbolo de Justicia.

 

Pero retomemos la historia donde la dejamos en el capítulo anterior. Alfonso e Isabel, con apenas diez y ocho años respectivamente, son separados ásperamente de su madre por orden directa del rey Enrique. Lo primero que cabe preguntarse es el porqué de esta decisión que en nada estaba condicionada por el amor fraterno de su hermano. Y la respuesta es sencilla y en ello existe un unánime consenso entre los historiadores. La llamada a la Corte de los Infantes tiene una única motivación que no es otra que la de asegurar la legitimidad del futuro descendiente a la Corona de Castilla apartando a los dos infantes de cualquier conspiración de la influyente nobleza castellana. El movimiento del rey (aunque quien más vehemencia mostró en la toma de esta decisión fue la propia reina Juana) era un movimiento sensato a la vez que obligado, pues los rumores en la Corte sobre su impotencia eran ya atronadores y objeto de comentarios entre la nobleza y hasta coplas entre el pueblo. Sin embargo, entrado ya el verano de 1461, se anuncia el embarazo de la reina. Transcurridos más de seis años desde el matrimonio de los reyes se anuncia al pueblo la feliz noticia y el rey buscando un embarazo tranquilo envía a su esposa a la villa de Aranda a fin de apartarla de las intrigas cortesanas. Inmediatamente ordena el traslado de los infantes a Segovia como ya hemos relatado antes.  Asegurada con el embarazo la primera línea sucesoria, los reyes no querían dejar ningún cabo suelto y sabiendo que los dos infantes ocupan la segunda línea sucesoria quieren asegurarse que permanecen alejados de cualquier amistad, influencia o consejo que pudiera poner en duda o cuestionar la legitimidad del futuro heredero. No olvidemos, que entre parte de la nobleza castellana se cuestiona la validez del matrimonio entre Enrique y Juana de Portugal pues no consideran válida la sentencia de nulidad del primer matrimonio del rey con Blanca de Navarra y que por tanto su descendencia carecía de legitimidad al trono castellano. Es éste a mi juicio el verdadero miedo del rey y no tanto la auténtica paternidad del futuro heredero, pues pensemos que Enrique no conoció infidelidad alguna de su esposa hasta ese momento (lo cual no quiere decir que no la hubiera, aquí que cada uno piense lo que quiera, porque testimonio histórico no hay ninguno hasta esa fecha, si en cambio con fecha posterior pues la reina tuvo un amante, Pedro de Castilla y Fonseca, con el que tuvo dos hijos). No fue este el único embarazo de la pareja real pues poco después de dar a luz, hecho este poco conocido, la reina quedó nuevamente embarazada aunque dicho embarazo infelizmente no llegó a término.

 

Sea como fuere, el hecho cierto es que el miedo a que los infantes fueran utilizados en una posible rebelión nobiliaria contra la Corona es la única causa de la forzada llamada a la Corte de los dos niños. Se hacía preciso la custodia real de ambos a fin de evitar la tentación de cualquier noble descontento que pudiera utilizarlos amparándose en motivos legales, no exentos de fundamento. Los reyes lo sabían y actuaron con celeridad. Lo que no sabían es que aquella niña rubia de ojos azules, venía acompañada de leales consejeros y que en su ser albergaba un carácter que nadie sospechaba pero que pronto iba a salir a relucir.

 

Un aspecto a tener en cuenta es que la Corte del rey enrique era una corte itinerante y estaba siempre a caballo entre Segovia y Madrid, aunque los infantes también residieron en la villa de Aranda junto con la Reina Juana y su recién nacida hija. Y es que la Reina Juana es señalada años más tarde por la propia Isabel como la verdadera instigadora de su traslado de Arévalo a la Corte al señalar literalmente  “….y así fuimos llevados inhumanamente a poder de la reina Doña Juana”.  La utilización del término inhumanamente por la propia Isabel nos muestra la naturaleza del desgarro emocional que para los dos niños supuso el verse tan prontamente apartados de los brazos maternos. Este golpe en el alma, marca a mi modesto entender, el paso de niña a mujer de Isabel.

 

Isabel llega a la Corte acompañada entre otros, de Don Gonzalo Chacón, que ante la ausencia materna va a compaginar su labor de primer mayordomo y contador de la Infanta con el de fiel y leal consejero, asumiendo en no pocas ocasiones también la labor de padre y madre, pues recordemos que, aunque Infantes de Castilla, estamos antes dos niños de diez y de ocho años. Lo primero que puede observar en la Corte Isabel, es la escasa lealtad de los cercanos al rey.. Como señala Manuel Fernández Álvarez en su biografía de Isabel La Católica, “ se estaba incubando una recia tormenta política que estallaría cuando la posición de Enriqe IV se debilitase”. Este es el momento histórico en el que Isabel aparece en la Corte de Castilla, y lejos de alejarse de las intrigas políticas, en un primer momento Isabel va a permanecer como atenta observadora.

 

Isabel se aferra a la fe en estos primeros momentos en la Corte, pues sus parámetros morales chocan de lleno con determinadas ligerezas cortesanas que ante sus sorpresa no son solo llevadas a cabo por seglares sino también por miembros del alto clero ( este es uno de los hechos que motivó que ya una vez Reina, Isabel tuviera como una de sus primeras decisiones la de regular la vida en los espacios religiosos a fin de que la misma se llevara a cabo de forma estricta conforme a los preceptos de la Santa Madre Iglesia). De este modo la lealtad de Don Gonzalo Chacón y su poderosa fe son los dos brazos en los que Isabel se apoya en sus primeras semanas en la corte.

 

Custodia y no cautiverio. Es importante la distinción. Los Infantes eran custodiados en la Corte, no prisioneros. Allí llevaban una vida relativamente cómoda en la que se formaban y gozaban de cierta libertad de movimientos. Y de esta forma llegamos al 28 de Febrero de 1462. Estamos en Madrid esta vez. En su Alcázar concretamente. Allí va a dar a luz la reina a su primera hija, a la que se llamará Juana y que la historia motejó como la Beltraneja. El rey por fin tiene descendencia, nadie la cuestiona. 

 

El nacimiento de la reina es celebrado con la solemnidad que marca el protocolo castellano, festejos populares y el anunciamiento de un pronto bautismo.

 

Llegamos así a la primera aparición oficial de Isabel en la Historia de la Corte de Castilla, es el 8 de Marzo de 1462, seguimos en Madrid, en su Alcázar y la comitiva del bautizo hace su entrada. La encabeza el Arzobispo Primado, Alfonso Carrillo, tras él, la recién nacida en brazos de su madrina que no es otra que su tía, sí, nuestra Isabel. Enrique ha querido vincular a las dos mediante el sacramento del bautismo en un movimiento con un claro interés político-emocional y ha elegido a su hermana como madrina de la princesa. Todo en la Corte transcurre con aparente calma. Pocas semanas después, en el mes de mayo, el Rey convoca las Cortes del reino, para que su hija sea jurada como heredera de la Corona de Castilla, y allí uno tras otro, nobles, alto clero, procuradores,  así como los propios infantes incluidos reconocen a Juana de Castilla como heredera al trono. Los reyes por fin, están tranquilos, se ha cumplido el trámite legal y pueden disfrutar de un reinado tranquilo pues la descendencia y la sucesión son ya un hecho.

 

Sin embargo, como a veces acontece en la vida, los periodos de ansiada calma no son más que el germen de abruptas convulsiones por llegar. Y así aconteció en la Corte de Castilla en 1462. El más destacado de los nobles castellanos nada menos, Don Juan Pacheco, Marqués de Villena que tan fiel consejero lo fue del rey Enrique cuando este era aún Príncipe de Asturias se va a revolver contra su rey y ante Notario, revoca su juramento a la heredera del trono de Castilla por considerarla ilegítima.

 

La calma y felicidad que trajo el nacimiento de Juana salta en pedazos, la Corte se convulsiona y la ventura del rey será un rosario de desdichas hasta su muerte.

 

Isabel, callada, atenta, bien aconsejada, niña aun incapaz de comprenderlo todo, desconoce aún que el destino..la hará Reina.

 

Escrito en Aranjuez a 19 de Octubre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

 

 

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte III

“La reina parió en Madrid a la princesa Juana al principio de 1462. Asistieron al parto de un lado: Enrique conde de Alba de Liste, el rey, el Marqués de Villena, el comendador Gonzalo de Saavedra y el Secretario Alvar Gómez; del otro lado, el arzobispo de Toledo, el comendador Juan Fernández Galindo y el licenciado Cadena. Delante de ellos parió la reina. Pasados los días competentes fue bautizada en la capilla del Palacio por el arzobispo de Toledo, asistido de los obispos de Calahorra, Osma y Cartagena. Fueron padrinos el conde de Armañaque embajador de Francia y el marqués de Villena, y de madrina la infanta Isabel y la marquesa de Villena. Sacóla en brazos el conde de Alba de Liste”.

El cronista de la villa de Madrid, León Pinelo, nos relata con gran detalle los protagonistas del nacimiento y bautismo de la Princesa Juana. Castilla en aquel momento parecía sumida en una aparente tranquilidad, pues el nacimiento de la princesa aseguraba la sucesión. Los infantes Isabel y Alfonso estaban, además bajo custodia real por lo que los reyes Enrique y Juana se disponían a disfrutar por fin de su reinado tras siete años de matrimonio y no pocos comentarios y sospechas en torno al mismo. 

 

         El nueve de Mayo de 1462, en Madrid, las Cortes de Castilla juran a la hija de los reyes como legítima Princesa Heredera. Y en este preciso instante nos quedamos en el capítulo anterior. Lo que el protocolario acto debiese de haber supuesto en teoría, es decir, la formalización oficial de la legítima sucesión al trono, no fue más que el germen de la rebelión nobiliaria castellana contra su rey. En efecto, ese mismo día el 9 de Mayo de 1462, Don Juan Pacheco, Marqués de Villena, acude ante un escribano de Madrid a poner de manifiesto que su juramento a la princesa Juana no es un juramento libre y que se ha hecho por imposición real. Hernando del Pulgar en su Crónica de los Reyes Católicos manifiesta que esta negación en secreto del juramento a la Princesa no solo fue voluntad individual de Juan Pacheco, sino que existía un colectivo de nobles y caballeros que asumieron tal posición. Así lo relata. 

 

                   “Del qual juramento algunos Perlados e grandes señores e caballeros del Reyno reclaramon secretamente, diciendo haberlo hecho por temor del poder grande que el Rey por entonces tenia.”

 

         Resulto lógico pensar que lo que manifiesta Hernando del Pulgar fuese cierto, pues es impensable que sólo un noble cometiese la insensatez de acuñar en secreto y en solitario una rebelión contra el Rey. Pero que era lo que movía la nobleza castellana a revolverse contra su rey?. Resulta evidente que el rey Enrique IV era una persona de escasa voluntad, fácilmente influenciable y así como su padre delegó el gobierno del reino en su condestable, Don Álvaro de Luna, el rey lo hizo en el Marqués de Villena. Pacheco fue la primera mano derecha del Enrique desde el primer momento, aun siendo todavía Príncipe de Asturias, pero Pacheco tenía aun fresca la imagen de la ejecución de Don Álvaro de Luna. No olvidemos que, aun siendo un pusilánime, Enrique era rey y por tanto las vidas de sus súbditos, nobles incluidos, dependían en cierto modo de su voluntad. Seguramente, años atrás, nadie hubiera imaginado a Don Álvaro de Luna camino del cadalso y Pacheco sabía que al igual que Juan II renegó de su valido influenciado entre otros por la reina, Enrique podía hacer los mismo ahora por la reina. 

 

Estamos ante dos mujeres portuguesas, ambas bellas y con carácter y esa combinación, unida a unos maridos que huían de las responsabilidades de gobierno, pues les placía más disfrutar del ocio y la buena vida y que carecían del carácter que se debía exigir a un monarca de Castilla, resultaba enormemente inquietante para el Marqués de Villena. Pacheco era hombre, decidido, audaz e inteligente y su gran influencia en la Corte podía volverse contra sí mismo en cualquier momento. A ello hay que añadir la emergente figura de Don Beltrán de la Cueva que poco a poco iba ganando el favor del rey en detrimento del Marqués de Villena.

 

No olvidemos tampoco el contexto histórico geopolítico de aquellos años. En 1453 la Caída de Constantinopla supuso para los reinos de la Europa cristiana la materialización de un temor en ciernes que se había hecho realidad. Al otro lado del mar existía un enemigo poderoso, que había demostrado su poderío militar acabando con un Imperio, el Bizantino, heredero de Roma, que había subsistido durante más de mil años. Y ese enemigo, cruel y sanguinario que asomaba sus colmillos en no lejanas costas, contaba en la propia península con una avanzadilla no menos importante, el Reino nazarí de Granada. Los nobles castellanos y la propia Roma, conocedores de esta circunstancia, consideraban prioritario l toma de Granada y la expulsión de los musulmanes de la península. Sin embargo, Enrique, no era partidario de una batalla decisoria y a campo abierto, como la de 1212 en las Navas de Tolosa, si no que optó por una lenta guerra de desgaste que, unidas a las crueles y feroces rafias de los nazarís contra las poblaciones cristianas fronterizas, consumían la paciencia de no pocos nobles castellanos que veían en la estrategia del rey una conducta cobarde e irresponsable. Elocuentes son las coplas de Jorge Manrique en este aspecto

 

Pues el otro, su heredero
don Anrique, ¡qué poderes
alcançaba!
¡Cuánd blando, cuánd halaguero
el mundo con sus plazeres
se le daba!
Mas verás cuánd enemigo,
cuánd contrario, cuánd cruel
se le mostró;
habiéndole sido amigo,
¡cuánd poco duró con él
lo que le dio!

 

            Y mientras se fraguaba la rebelión nobiliaria. ¿Que acontecía con Isabel?. Isabel y Alfonso eran por entonces unos niños de once y diez años, que acababan de ser despojados de los brazos de su madre y llevados a la Corte. Pero concretamente, ¿Donde estaban en esos momentos?. El historiador Tarsicio de Azcona la sitúa en 1463 junta a la Reina y la recién nacida princesa en la localidad de Aranda. Así se deduce de la carta que un emisario de nombre Guiguelle envía al rey Enrique y en que relata

 

            “La señora princesa (Juana) está mucho gentil, guardela nuestro señor. Pedro Cerero la vió, el dirá avuestra alteza como está. Los señores infantes, vuestros hermanos, están mucho gentiles, guárdelos nuestro señor….”

 

            Esta misiva acredita, que, en un primer momento, la decisión de los reyes de apartar a los infantes de los intrigas nobiliarias fue efectiva, pues jurada la Princesa en Mayo de 1462, un año después Isabel y Alfonso están en Aranda junto a la Reina y la Princesa por lo que es difícil de creer que hasta entonces existiese influencia directa de Pacheco y sus afines en los jóvenes Infantes, primero por su corta edad y entendimiento para temas tan comprometidos y segundo por el peculiar confinamiento al que estaban sometidos. Pero ello no significa que la rebelión nobiliaria no contara con ellos. Para acabar con el Rey necesitaban un sucesor y el elegido fue Alfonso, el hermano pequeño de Isabel, pues como ya relaté en capítulos anteriores, la sucesión a la Corona de Castilla estaba regulada en las Partidas de Alfonso X el Sabio que establecía la preferencia del varón a la mujer en la línea sucesoria.

 

            Todo estalla un año después, recién estrenado el otoño de 1464. Estamos en Burgos. El historiador Manuel Fernández Alvárez nos enumera la composición de esta formidable liga nobiliaria, que, tras dos años en las sombras, se rebela ya de forma abierta contra el Rey. Alli tenemos al Almirante Don Fadrique, Don Rodrigo Pimentel, Conde de Benavente, Don García de Toledo, conde de Alba de Liste, Don Rodrigo Manrique Conde de Paredes (el protagonista de las universales coplas de su hijo, Jorge Manrique), Don Diego de Stuñiga, Conde de Miranda, Don Álvaro de Stuñiga, Conde de Plasencia, la poderosa familia Fajardo de Murcia y a la cabeza de todos ellos dos hombres resueltos, Don Juan Pacheco, Maqués de Villena y el Arzobispo de Toledo, Alfonso Carrillo.

 

            Todos ellos elaboran y firman un manifiesto (denominado Manifiesto de Quejas y Agravios) en el que señalan que los Infantes Alfonso e Isabel se encuentran cautivos en manos del Rey y ya abiertamente niegan la condición de hija legitima del Rey a la Princesa Juana. Estamos ante un documento capital en la Historia de Castilla pues constituye la génesis documental de los acontecimientos que llevarían al trono castellano diez años después a Isabel de Trastamara.

 

            A mi modesto juicio el análisis de este documento, dada su trascendencia merece un capítulo aparte, por lo que decido dejarlo aquí por esta se semana.

 

Espero que les guste y lo difundan, pues nuestra verdadera historia y los hechos realmente acontecidos merecen ser conocidos por todos.

 

Escrito en Aranjuez el 20 de Octubre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

 

 

 

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte IV

“Quedareis por el mas abatido rey que jamás ovo en España e arrepentido eis, señor….”

 

Con estas duras palabras, el obispo de Cuenca, Lope de Barrientos, pretendía hacer reaccionar a Enrique IV ante las graves acusaciones de gran parte de la nobleza castellana y no pocos miembros del alto clero, que públicamente y por escrito, acusaban al monarca de no ser el padre legítimo de la princesa Juana. Lope de Barrientos, no era un cualquiera, era el Canciller Mayor de Castilla y uno de los más leales consejeros del Rey. Sin embargo, Enrique IV, hizo caso omiso a los consejos del obispo, que le apremiaba a castigar con dureza a los nobles rebeldes, y se aprestó a negociar con la llamada liga nobiliaria encabezada por el Arzobispo Carrillo y el Marqués de Villena. Lope de Barrientos, decidió, decepcionado, abandonar la Corte y volver a la vida religiosa en su diócesis de Cuenca, no sin antes dejar para la Historia la dura sentencia que encabeza este artículo.

 

Y así aconteció. Nos encontramos ante uno de los documentos más importantes en la Historia del Reino de Castilla. Estamos en Burgos, allí, el 28 de Septiembre de 1464, se va a redactar el conocido como Manifiesto de Quejas y Agravios. 

 

De un lado, una imponente liga Nobiliaria, encabezada por Juan Pacheco (que expresaba así su desagravio para con el Rey al verse desplazado por Beltrán de la Cueva como principal consejero del monarca y rechinaba los dientes ante el nombramiento de éste como Maestre de la Orden de Santiago) y en la que se encontraban el Conde de Benavente, Don Rodrigo Pimentel; el Conde de Alba, Don García de Toledo; el Conde de Alba Liste, Don Enrique Enríquez; el Conde Paredes, Don Rodrigo Manrique, el Conde de Miranda, Don , el Conde de Miranda Don Diego de Stuñiga, el Conde de Plasencia, Don Álvaro Stuñiga, la poderosa familia Fajardo de Murcia y el Maestre de la Orden de Alcántara. De otra parte, una no menos importante representación del alto clero castellano. Encabezadas por el Arzobispo de Toledo, Alfonso Carrillo (quien también saldaba aquí sus cuitas con el rey al verse desplazado como principal consejero del mundo religioso por el ya meritado Lope de Barrientos) comparecían también en Burgos los Obispos Fonseca de Sevilla y Acuña de Burgos.

 

El manifiesto está escrito en prácticamente su totalidad en primera persona del plural, aunque es redactado y dictado por Juan Pacheco casí al final del mismo se delata este aspecto al escribir “… vuestra señoría bien sabe que yo el Marqués o el Maestre, mi hermano a aquella servimos”). El historiador Tarsicio de Azcona, en su obra, Isabel la Católica, analiza el documento en siete aspectos fundamentales, que a mi modesto juicio (tras la atenta lectura del documento*) se pueden reducir a cuatro:

 

  • En primer lugar, los firmantes de la misiva se tientan bien la ropa para no ser acusados de traición al rey. Recordemos que la traición estaba regulada en el derecho castellano en el Titulo II de la Partida VII de Alfonso X y se penaba no solo con la muerte, sino con la infamia para ellos y sus descendientes, que quedaban excluidos de la condición de caballeros, del ejercicio de cualquier oficio en la corte, confiscación de sus bienes y privación del derecho de herencia. Por ello, se entiende que el manifiesto comience con la frase “ Muy alto Príncipe y muy poderoso rey y señor…” Continúan las loas  “ Vuestra señoría ha sido amado, temido, servido y obedecido más que ningún rey de vuestros antepasados, guardando a vuestra alteza aquello a lo que éramos obligados y lo que según las leyes y costumbres de vuestros reinos nos obliga”. Resulta evidente, que en principio los nobles no solo pretendían dejar a salvo sus vidas sino también sus patrimonios y de ahí que encabecen el documento con un vehemente reconocimiento de la legitimidad del rey. No obstante lo cual, el documento continúa vertiendo a quemarropa, varias duras acusaciones contra el monarca. Comienza recordando al rey que este manifiesto no es la primera queja que la nobleza le dirige. Se alude así a una primera misiva del Arzobispo Carrillo, remitida a la corte en Segovia en los primeros instantes de su reinado en la que se le recordaba al rey que …”debía gobernar su persona, casa y reinos como era obligado, reconociendo  primeramente como rey y soberano a nuestro señor Dios……y otras cosas muchas cumplideras al servicio de Dios y vuestro bien…que por ser a vuestra señoría tan notorias no conviene aquí expresarlas”. De esta misiva, se reconoce la recepción a conformidad por el Marqués de Santillana,  la aceptación de su contenido en primera instancia por el propio rey y la omisión posterior de éste en su cumplimiento, lo que conllevó un segundo requerimiento, en la villa de Valladolid por parte de Don Fadrique Enríquez, Almirante mayor de Castilla y Don Pedro Fernández de Velasco, Conde de Haro, en el que la súplica ya incluía una convocatoria de Cortes para, entre otras cosas, jurar heredero del trono al infante Alfonso. Los nobles lo primero de lo que quieren dejar constancia es de los antecedentes documentales que prueban su aparente buena fe para con el monarca, al haberle requerido en al menos dos ocasiones por el buen hacer en la gobernanza del reino, sustentado en los pilares de la religión y la tradición legal castellana, intentando poner un velo a sus verdaderas intenciones. Resulta evidente, que el manifiesto tiene una intención meramente política no exenta de rencillas personales (los meritados agravios a Carrillo y Pacheco) por lo que la adornada introducción no tiene como sustrato nada más que el impedir que se les acuse a los firmantes de traición al rey.

 

Pero tras ese preámbulo tan edulcorado, viene el primer gran reproche al monarca castellano 

 

“Que como vuestra altesa sobre lodos los sus subditos deba mas amar é temer é honrar á Dios que otro ninguno, por obras tan notorias ha mostrado el contrario, que como la prencipal virtud é fundamento sea la fe,- en aquesto los de vuestros regnos é señoríos están muy sospechosos: señaladamente es muy notorio en vuestra corte, aver personas en vuestro palacio é cerca de vuestra persona infieles enemigos de nuestra santa fe católica é otras aunque cristianos por nombre, muy sospechosos en la fe, en especial que creen é dicen é afirman que otro mundo non aya si non nascer é morir como bestias, que es una heregia esta que destruye la fe cristiana: é ende estan continuos blasfemos, renegadores de nuestro Señor y de nuestra señora la virgen María é de los santos, á los quales vuestra señoría ha sublimado en altos honores é estados é dignidades de vuestros regnos: é por consiguiente la abominación é corrupción de los pecados tan abominables, dignos de non ser nombrados, que corrompen los aires é desfasen la naturaleza humana son tan notorios que por non ser punidos, se teme la perdición de los dichos regnos”.

 

La acusación al rey hace referencia no solo a la guardia real, compuesta por musulmanes mudéjares, sino también a personas de la corte, aparentes cristianos cuyas prácticas o comentarios conculcarían los preceptos y dogmas de la fe cristiana. No hay alusión expresa a ningún componente concreto de la Corte, aunque a mi modesto juicio dichas veladas acusaciones se dirigirían entre otros a Don Beltrán de la Cueva pues en ocasiones placía al rey disfrutar en su compañía de la comida, música y cultura morisca. La dureza de la acusación puede discernirse fácilmente en la frase final en la que se profetiza la perdición de los reinos sino se respeta la fe cristiana. Esta es la primera acusación del manifiesto, y del análisis de los diversos documentos que han llegado a nuestros días no es posible concluir que en el reinado de Enrique IV no se respetara la fe cristiana. La religiosidad del rey y del respeto al Papa está fuera de toda duda. Que el rey dispusiera de una guardia mora no es del todo extraño, pues siendo simples soldados a sueldo es más fácil mantener la confianza en alguien que solo se debe a salario que a soldados castellanos que bien pudieran traicionar al rey por cualquier causa más allá de la pecuniaria. El divertimento, vestuario, música o gastronomía morisca que eventualmente pudo existir en la corte de Enrique IV no es más que una muestra de tolerancia y no de renuncia a la fe cristiana. Resultan por tanto exagerados y fuera de contexto los argumentos de esta primera acusación. Sin embargo si cabe estar de acuerdo en el reproche que los nobles hacen sobre la tibieza en la guerra con el reino nazarí de Granada, pues es sabido que el reinado de Enrique IV se caracterizó por una labor muy contemporizadora en este aspecto, librando más una guerra de desgaste que una guerra basada en batallas a campo abierto.

 

“é en logar de impunar los enemigos moros, les ha fecho la guerra tan tibiamente que la sienten mas vuestros regnos que non ellos: é á los cristianos vuestra altesa les ha mandado faser guerra á fuego é á sangre, é mandó guardar á los dichos moros, é dar penas á los cristianos, que alguna cosa de las susodichas contra los dichos moros fasian : é asimesmo con ellos ha fecho muchas veces tregua  sin consejo de los Grandes de vuestros regnos, é de secreto estrechas amistades, segund se mostrará quando convenga”.

 

Esta última velada advertencia al rey no debe de resultarnos baladí (estrechas amistades en secreto con los moros que se demostrará cuando convenga). Es evidente que Pacheco y Carrillo estaban en posesión de alguna prueba algo comprometedora en la relación del rey con los moros. Cuando digo que no es baladí, intento, como abogado, el hilar una serie de presunciones que nos puedan llevar a atender el comportamiento posterior de Enrique IV al despojar del derecho hereditario al trono de Castilla a su propia hija Juana, y este es un hecho, inadvertido para muchos, que seguramente no sería algo de un gran carácter sustancial pero que el rey sabía que podía mancillar en parte su figura.

 

  • Despotismo, es la segunda gran acusación que se hace en el manifiesto al rey. La fina mano del arzobispo Carrillo traza las primaras líneas de este reproche.

 

“….procurando dignidades pontificales é las otras inferiores para personas inhábiles é de Soca ciencia, indotosé algunas de ellas adas por prescio que rescibieron las personas que cerca de vuestra altesa estan: de las quales personasá quien las tales dignidades fueron dadas vuestra señoría e otros tienen harto que escarnecer en muy gran cargo de vuestra conciencia é injuria de Dios é de su santa eglesia, por cuyo enjemplo han ido é irán infinitas ánimas en perdición…”.

 

Queda claro, el enojo del arzobispo de Toledo para con su rey en diversos nombramientos dentro de la iglesia. Ya vimos antes, que la figura religiosa más cercana al monarca era el Obispo de Cuenca y eso Carrillo nunca lo perdonó. Pero la acusación de despotismo continúa refiriéndose a la Administración de Justicia, que es la principal virtud después de la fe que los reyes habían de tener.

 

“…para administrar esta son puestos tales oficiales, de los quales vuestros pueblos tienen grandes quejas por las grandes injusticias é tiranías dé que algunos han usado, segund de esto pueden dar testimonio muchas ciudades é villas é logares e' provincias de vuestros regnos, en especial la muy noble ciudad de Sevilla Cuenca é Salamanca é Trujillo, é las villas de Cáceres é Alburquerque é Carmona, e otras tierras de Estremadura, e el principado de Asturias de Oviedo, o el reíno de Gallisia”.

 

    En el manifiesto, la acusación de despotismo se centra en un primer aspecto hacía la situación económica del Reino. Castilla sufría un fuerte deterioro desde 1461, debido entre otros factores a la acuñación de moneda con baja ley, que provocó una considerable subida de los precios. Enrique IV, en una política monetaria desastrosa y en su afán de contentar a parte de la nobleza, aumento el número de centros de producción de monedas (cecas), a los ya existentes de Burgos, La Coruña, Toledo y Sevilla, se añadieron las de Segovia y Cuenca. Al frente de ellos se designó a personas no tan capaces como leales al rey. Se suprimió la circulación de la moneda antigua y se sustituyó por una nueva de menor ley. Esta disminución de la pureza del oro y la plata en las monedas, produjo una enorme inflación, que como sabemos es el impuesto a los pobres.

 

    “E quanto detrimento é mal los dichos vuestros regnos e todos los tres estados han rescebido en.el desfacer de la moneda de los gloriosos Reyes padre é abuelo vuestro, á todos es manifiesto: é asimesmo mandando vuestra altesa en las ferias á los comienzos abajar la moneda, é ai fin premetir que se alzase; son daños intolerables los que vuestros pueblos han rescebido desto, é lodos los pobres é estados medianos son perdidos, que non se pueden mantener por la mudanza de las monedas que vuestra altesa mandó faser sin consejo é acuerdo de vuestros regnos”.

 

    La crítica es directa e inapelable, el intento fallido de imponer el vellón como moneda única, la acuñación de monedas con baja ley y su consecuente inflación y la subida de los impuestos para intentar cuadrar las cuentas reales produjo un enorme descontento entre el pueblo castellano, que la liga supo manejar y plasmar por escrito en el manifiesto. Sabían que lo que acusación era cierta y lo más importante eran conocedores de que Enrique era consciente de ello. Ayer, hoy y siempre la economía es un factor esencial en el mantenimiento del poder pues difícil es de gobernar un pueblo que sufre una maltrecha economía y que siempre verá en un cambio político la esperanza de mejorar sus expectativas económicas. La mano de Pacheco, quien fue fiel colaborador de Enrique en los primeros años en la política monetaria (bajo su dirección se realizaron las primeras acuñaciones enriqueñas) trazó los renglones de este acertado reproche económico.

 

    Recomiendo la lectura del artículo de la profesora de Historia Medieval de la Universidad de Valladolid María Isabel del Val, a quién esté interesado en la crisis monetaria del reinado de Enrique IV y su enorme incidencia en el descontento popular.

 

    Pero la acusación de despotismo, no sólo se refería a las decisiones económicas no consensuadas, también se acusa al monarca de no dar justicia a las personas que así la demandaban en la Corte, 

 

    “Muchas personas que se van a querellar á vuestra corte han rescebido muchas penas é injurias en logar de rescebir remedio: é los de vuestro consejo non pueden faser justicia^ porqué, como ellos bien saben, qúando la quieren faser, por parte de vuestra altesa é de otros que acerca de aquella son, les es vedado”.

 

    El cronista Alonso de Palencia resume de manera contundente la llevanza del reino con la siguiente aseveración “ No había cosa que no invadiese la corrupción, que día a día iba encendiéndose y propagándose, hasta tenerse por honroso, lo que claramente se mostraba infame”.

 

 

    Además, se acusa al Rey de no atender los sueldos de determinados servidores públicos

 

    “E otrosí,como los caballeros e hidalgos, dueñas é doncellas, eglesias, é monesterios é letrados de vuestro consejo é oidores é alcaldes de vuestra corte y chancelleria non les son pagados nio: librados los maravedís que en vuésLros libros tienen é han deaver: é por esta causa é por otras la dicha vuestra chancelleria é todas las dichas personas son venidas á grand pobresa é decaimiento”.

 

    Sabido es que, en cualquier crisis económica, algunas personas aprovechan la desventura de las gentes para hacer o acrecentar su fortuna personal, y que en una sociedad medieval, carente de justicia como hoy la entendemos nosotros, es decir, una justicia independiente del poder, esas situaciones difícilmente tenían un remedio legal. Piense el lector, que hoy en día un ciudadano o una empresa en crisis, puede acudir a un concurso de acreedores, une ley de segunda oportunidad, aplazamientos, ……. En aquella sociedad medieval, poder y justicia, eran uno, y las personas ciadas en desgracia eran despojados de todo en pago de sus deudas. Resulta palmario que en una crisis económica como la que vivía Castilla en aquellos años, entre las clases más humildes existiera un gran descontento fácil de azuzar por personas tan hábiles como Carrillo y Pacheco. 

 

El hispanista norteamericano William Prescott en su obra sobre el reinado de los reyes católicos resume de manera breve pero con gran acierto la situación socio-económica de Castilla en este puntual momento al afirmar que “…las casas de moneda devaluaban ésta a tan deplorable valor que los artículos más comunes de la vida se encarecía, tres, cuatro e incluso seis veces´. Los que tenían deudas querían ansiosamente anticipar el pago y como los acreedores rehusaban aceptarlo en moneda tan depreciada, empezaban una fructífera fuente de litigios e histeria que hacia parecer que toda la nación estaba al borde de la bancarrota. Los nobles convirtieron sus castillos en cuevas de ladrones, saqueando las propiedades de los trabajadores, que posteriormente subastaban en las ciudades”.

 

  • La tercera acusación es exclusivamente personal. Su protagonista, Don Beltrán de la Cueva, Conde de Ledesma. Los nobles, no se andan por las ramas y así expresamente manifiestan lo siguiente:

 

“…….Pero las que por el presente requieren muy acelerado remedio,. por el qual deseándolo ver nuestros corazones é de vuestros naturales lloran gotas de sangre, es la opresión de vuestra real persona en poder del Conde de Ledesma, pues parece que vuestra señoría non es señor de faser de sí lo que la razón natural vos enseña..”

 

Tras las duras palabras se adivina una supina inteligencia en la formulación de la acusación. Los nobles, como hemos visto hasta ahora, acusan al rey de diversos actos en contra de su pueblo, de dejación de funciones e incluso atisbos de corrupción en beneficio de cercanos, sin embargo, de forma hábil trazan un tímido velo sobre estas acusaciones. Ese velo, tiene forma de mortal, Don Beltrán de la Cueva, por aquel entonces Conde de Ledesma y Maestre de la Orden de Santiago, al que directamente imputan el haber alienado la persona del rey. De esta forma, los nobles buscan a la vez, el desprestigio del monarca y la generación de un inminente conflicto en la sucesión a la Corona, pero, con la clara intención de salvaguardar sus vidas y haciendas, acusan a un tercero. 

 

Las rencillas entre Juan Pacheco y Beltrán de la Cueva han trascendido a la historia, hasta el punto de que la princesa Juana ha sido motejada, como la Beltraneja y estas rencillas tienen en este manifiesto su más expresiva eclosión. No cabe duda que el detonante surge meses atrás concretamente el 23 de Mayo, cuando el rey concede a Beltrán de la Cueva el Maestrazgo de la Orden de Santiago que pertenecía al Infante Alfonso por así haberlo dispuesto su padre Juan II en testamento. El hecho es cierto, y la trascendencia del mismo incuestionable, pues el rey incumple la última voluntad de su padre en beneficio de su Privado. El porqué de esta decisión es una cuestión compleja. Cabe intuir que estamos ante un monarca si no pusilánime si de escasa voluntad política propia y por tanto siempre dependiente del consejo externo, por lo tanto, es fácil colegir que el pago de la lealtad esté siempre sujeto a la concesión de mercedes, aunque en este caso resulte objetivamente desproporcionada la concesión. Téngase en cuenta que el Maestrazgo de la Orden de Santiago era un cargo de provisión pontificia, pero el papa Calixto III otorgó a Enrique el poder de administrarlo por sí mismo. Y así lo hizo, con tan desgraciado desacierto.

 

Se acusa directamente a Beltrán de la Cueva de tener presos a los infantes Alfonso e Isabel y en boca de ambos ponen su temor a ser asesinados para asegurar la sucesión de la Princesa Juana. El protagonismo del Conde de Ledesma queda fuera de toda duda en este pleito. No cabe duda de que era una figura capital en la Corte de Enrique IV, su ascenso, apadrinado por la familia Mendoza, podemos calificarlo de meteórico y demuestra que existía una firme relación entre Beltrán y el rey.

 

  • Del manifiesto de los nobles solo cabe colegir una sola explicación a tal nombramiento que nos lleva a la cuarta y última acusación al monarca, la ilegitimidad de su hija Juana. Que esta imputación se hiciera transcurridos más de dos años desde el nacimiento de la princesa no es a mi juicio un hecho significativo, pues el propio Marqués de Villena el mismo día de la jura de la Princesa en Cortes acudió a un notario en Madrid a fin de hacer constar que su juramento no fue hecho libremente sino obligado, lo cual solo cabe interpretarse en el sentido de que desde el mismo momento en que se anunció que la reina se encontraba embarazada existían mas que fundadas sospechas sobre la paternidad de la futura heredera. Así en el manifiesto se dice expresamente

 

“El qual (Beltran de la Cueva) non temiendo á Dios nin mirando á las grandes mercedes que de vuestra altesa rescebió, ha deshonrado vuestra persona e casa real, ocupando las cosas solamente á vuestra altesa debidas, é procurando con vuestra altesa que feciese á los Grandes de vuestro regno é á las cibdades' jurar por. primogénita heredera de: ellos a doña Johana llamándola Princesa., non lo seyendó: pues á vuestra, altesa é á él es bien manifiesto ella non ser hija de vuestra señoría; é el dicho juramento que los Grandes dé vuestros regnos fisieron fué por justo temor é miedo que por estonce de vuestra señoría ovieron”.

 

 

Lo que hasta ese momento contenía el manifiesto bien podía haberse contemplado como la simple plasmación por escrito del descontento general de un mal gobierno, hecho éste común a lo largo de la Historia en cualquier, estado, nación o civilización y que pudiera haberse subsanado con una rectificación de la política económica y gobernanza del reino. Sin embargo, esta última acusación dota al documento de un carácter incuestionablemente relevante en el transcurso de la historia no solo de Castilla, si no de la humanidad, pues, aunque no fuera su primera intención, este documento es la génesis de los acontecimientos que llevarían al trono de Castilla a Isabel de Trastámara.

 

La acusación al rey de no ser el padre de su hija Juana, abrió un conflicto sucesorio que desembocaría más tarde en guerra civil en Castilla. Para entender el atrevimiento de los nobles en formular tan basta acusación he decidido mencionar el interesante ensayo del Doctor Gregorio Marañón sobre el análisis biológico del rey Enrique IV. Dicho ensayo concluye que no existe ningún dato histórico que indique la existencia de relaciones extraconyugales entre Juana de Portugal y Don Beltrán de la Cueva y por tanto la legitimidad de la Princesa Juana. Hecho éste, si bien cierto, puede ser, en mi opinión cuestionable de manera indiciaria. Partamos de la base que a día de hoy resulta imposible un análisis genético que esclarezca esta sobra de nuestra historia, pues si bien tenemos el cadáver de Enrique IV enterrado en el monasterio de Guadalupe, no tenemos el de su hija Juana, enterrada en el monasterio de Santa Clara de Lisboa pero cuyo cuerpo desapareció tras el terrible terremoto que asoló la capital portuguesa en 1755. Por tanto, solo nos cabe la presunción, que, en un sentido u otro, obtengamos del análisis de los hechos históricos que de manera indubitada han llegado hasta nuestros días.

 

Empecemos…..Los problemas de impotencia de Enrique IV son un hecho histórico cierto. Y lo son porque así lo reconoce expresamente el rey en el proceso de nulidad matrimonial con su primera esposa Blanca de Navarra. Doce años de matrimonio en los que no se pudo consumar el mismo, el cronista Alonso de Palencia lo califica de farsa y sugiere la homosexualidad del monarca y le atribuye el deseo de que otro hombre dejara embarazada a la reina

 

         “Tal era D. Enrique cuando á los diez y seis años celebró aquella farsa de matrimonio, y si bien durante algún tiempo no despreció abiertamente á su esposa, y aun pareció tener en algo el afecto del suegro, sin embargo, mientras ella se esforzaba por agradarle y ganar su cariño, él hubiera deseado que otro cualquiera atentase al honor conyugal para conseguir, á ser posible, por su instigación y con sü consentimiento, agena prole que asegurase la sucesión al trono”

 

         La sentencia de 11 de Mayo de 1453 declara el divorcio entre Enrique IV y Blanca de Navarra esgrimiendo como causa la falta de consumación del matrimonio. De las pruebas practicadas en dicho procedimiento cabe mencionar dos. La primera, el examen físico de la propia esposa del príncipe (recordemos que Enrique IV aún era Príncipe de Asturias) que atestiguaba su virginidad. La sentencia recoge la práctica de la prueba de dos matronas que ratificaron ante el tribunal el resultado del examen físico de la princesa. Simplemente con esta prueba quedaba acreditada la no consumación del matrimonio y por tanto su nulidad. Sin embargo, el proceso va más allá e intenta salvaguardar la dignidad del futuro rey y se a afirma que para mayor información se tomó testimonio de una honesta y honrada persona eclesiástica que manifestó que había recabado el testimonio de varias mujeres de Segovia que manifestaban haber tenido relaciones sexuales con el Príncipe. Estos testimonios, más que dudosos, pues no se ratifican presencialmente por parte de esas mujeres sus afirmaciones ante el tribunal, bien porque pudieran ser prostitutas, en cuyo caso su testimonio carecía de validez según el derecho castellano, bien porque simplemente y es la opción más probable, porque el testimonio del religioso era simplemente falso. La sentencia no sólo pretendía el divorcio de los príncipes sino el salvaguardar la legitimidad del Príncipe en la cercana sucesión mediante otro matrimonio (como así acontecería al año siguiente en el que tras la muerte del rey Juan II y la proclamación de Enrique IV como rey, Don Juan Pacheco maniobró hábilmente para buscar el matrimonio con Juana de Portugal). Un hecho histórico relevante es que de esta sentencia de divorcio no se conoce ratificación por parte de Roma, lo cual no es baladí pues el segundo matrimonio de Enrique IV necesitaba doble dispensa, una por el divorcio y otra por el parentesco que le unía con Juana de Portugal (eran primos). Si ha llegado hasta nuestros días la Bula del Papa Nicolas V de 1 de Diciembre de 1453 otorgando la dispensa por parentesco de consanguinidad, pero nada sabemos de la ratificación papal de la sentencia de divorcio. Tengamos en cuenta que, de no existir, la sentencia de divorcio carecería de validez y con ella por tanto, el segundo matrimonio y la legitimidad de la supuesta hija del rey al trono castellano. Es este un aspecto más a tener en cuenta a la hora de juzgar la débil postura de Enrique ante las pretensiones de los nobles en su manifiesto. 

 

         Llegados a este punto y teniendo en cuenta como hechos objetivos que el rey no consumó el matrimonio en doce años y que la única prueba de la virilidad del rey era el testimonio indirecto de unas supuestas mujeres que manifestaron haber tenido relaciones sexuales con el entonces príncipe, no cabe sino inducir que la impotencia del rey era cierta. Marañón en su infirme, así lo ratifica, aunque concluye que dicha impotencia pudiera no ser permanente sino circunstancial. A Enrique IV no se le conoce más descendencia que la de su hija Juana y un segundo embarazo no llegado a término de la reina Juana de Portugal acaecido poco después del alumbramiento de su primogénita. Si frecuentara la compañía en Segovia de otras mujeres no sería nada extraño que hubiese descendencia bastarda del monarca, como así aconteció con múltiples reyes a lo largo de la historia, sin embargo, nada se conoce en este extremo, lo que supone una prueba indiciaria más en contra de la legítima descendencia del monarca.

 

         Siendo, por tanto el rey, impotente, o quizás homosexual, ¿que nos queda en orden a legitimar su descendencia?. Tengamos en cuenta un dato cronológico muy revelador, ya que el matrimonio entre Enrique y Juana se celebró en Mayo de 1455 pero la deseada descendencia no llegó hasta siete años después, el 28 de Febrero de 1462. Es decir, tenemos un príncipe y rey que durante 20 años es incapaz de concebir un heredero. Sólo queda como alternativa acudir a la solución más inverosímil. Para ello debemos acudir a las crónicas del médico alemán Hieronymus Münzer, en ellas se recoge lo que pudiera denominarse las primeras pruebas de la fecundación in vitro al hacer mención al tratamiento que el médico judío de la Corte de Enrique IV practicaba al introducir mediante una cánula el semen del rey en útero de la reina. La eficacia de dicho tratamiento es bastante cuestionable.

 

         Huérfanos por tanto como estamos de pruebas plenas, sólo cabe acudir a la prueba indiciaria, ojo no confundir indicio aquí con presunción, pues son dos cosas distintas. Aquí estamos hablando de una certeza producida a través de indicios, es decir, nos referimos a hechos que son vinculados a otros hechos mediante una relación de causalidad, necesitando para ello, un razonamiento lógico entre uno y otro que dé lugar a la llamada prueba indiciaria. Pues bien tenemos como hechos ciertos, en primer lugar, que Enrique IV era impotente, esto hecho está a mi juicio acreditado fuera de toda duda, pues que un monarca de la Edad Media, cuya principal obsesión era siempre la sucesión, fuera, durante 20 años y dos matrimonios, incapaz de procrear no tiene una explicación más que la impotencia o la homosexualidad. En segundo lugar, la fecundación in vitro que se alega por algunos historiadores como causa del embarazo de la reina Juana es un hecho del que existen mínimas referencias históricas, ninguna coetánea a los hechos que estamos estudiando (las crónicas del médico Münzer aluden a su visita a España durante los años 1494 y 1495) y por tanto debe de descartarse como hipótesis cierta. Por tanto, si el rey era impotente y como todos deducimos no había remedio médico para la impotencia en el Siglo XV y la fecundación in vitro no tuvo éxito conocido hasta 1978, es lógico que ambos hechos nos lleven al lógico razonamiento que la Princesa Juana no era hija legítima del Rey.

 

         Cuestión distinta es la verdadera paternidad, pues hay entraríamos en la pura suposición. El cronista Alonso de Palencia, sin embargo, no alberga la menor duda

 

         y en cuanto á señalar el verdadero padre de la niña, dan fuerza á la opinión que por tal reconocía á D. Beltrán las circunstancias de ser el preferido del Rey, el más asiduo en palacio y el que tenía en su mano ser dueño del reino y de la Reina, con sólo secundar los propósitos de D. Enrique. Sobre él recaen, pues, las más vehementes sospechas, y condenanle sus mismas disolutas palabras. Pero omitiendo otros muchos detalles, diré que la Reina permaneció en Aranda, mientras el Rey marchó á Logroño; que desde aquí, como desde Navarra, D. Beltrán iba a visitarla con gran familiaridad y que sus visitas eran esperadas”

 

         Un hecha a resaltar es que los nobles en su manifiesto afirman  “pues á vuestra, altesa é á él (Beltrán de la Cueva) es bien manifiesto ella non ser hija de vuestra señoría”. Si analizamos el tenor literal del reproche, en él se afirma el carácter ilegítimo de la princesa Juana pero no se imputa a Beltrán su paternidad sino el conocimiento de la ilegitimidad. Son dos cuestiones distintas. Pongamos en consideración, también, que Don Beltrán de la Cueva, en los hechos posteriores a este manifiesto no va a poner especial empeño en defender la legitimidad de Juana al trono, lo cual no sería entendible si tuviese la certeza de ser el verdadero padre de Juana

 

Piénsese además que desde que la Reina Juana anuncia su embarazo el propio rey ordena su traslado a Aranda, donde reside junto con los infantes, pero el rey se queda en la Corte en Segovia y que cuando se produce el segundo embarazo de la reina y su aborto el rey tampoco está presente pues la reina es enviada de vuelta a Aranda. Que en veinte años fuera incapaz de engendrar un heredero y en un año escaso dejada a la reina embarazada por dos veces es algo difícil de creer. Otro hecho a tener en consideración, cuando la reina Juana es repudiada por Enrique y recluida en el castillo de Alaejos tuvo un amante con el que engendró dos hijos (de ahí que se la conozca también como la reina adúltera) por lo que no es difícil suponer tampoco que existiera una infidelidad previa de la reina que hubiera originado el nacimiento de la princesa.

 

En conclusión y en resumen de la cuarta acusación de los nobles al rey, siendo ésta la más grave y la de mayor trascendencia histórica no cabe más que refutar la misma como cierta y seguramente esta certeza, conocida por supuesto por los propios reyes, unidas al enorme descontento del pueblo, a las dudas sobre la legitimidad del segundo matrimonio al faltar la ratificación papal del divorcio con Blanca de Navarra y al conocimiento por parte de Carrillo y Pacheco de algún acuerdo oculto poco edificante con los moros justificarían la pusilánime respuesta del monarca ante unas acusaciones, que un rey digno y en posesión de la verdad no hubiera respondido de otra manera que  con el camino del cadalso para todos los firmantes del documento. 

 

Una vez formulados todos los reproches al monarca el manifiesto concluye con una seria de peticiones muy concretas:

 

  • En primer lugar, se solicita el apresamiento del Conde de Ledesma y sus afines.
  • En segundo lugar, se solicita la liberación de los infantes Alfonso e Isabel.
  • Se solicita la convocatoria de Cortes Generales a fin de que se elija al infante Alfonso como heredero al trono de Castilla y se le restituya el Maestrazgo de la Orden de Santiago.
  • Se solicita al rey que se abstenga de obligar a la infanta a Isabel a contraer matrimonio alguno (Tarsicio de Azcona omite este punto en su análisis del manifiesto y es un error a mi juicio, puesto que la petición tiene un agudo sentido de visión futura ya que descartada la princesa Juana como heredera al trono y ocupando el primer lugar en la sucesión el infante Alfonso, los nobles no descartan la posibilidad de tener en Isabel una segunda sucesora)

 

El movimiento político de la liga nobiliaria, si bien rezuma el resentimiento de un Marqués de Villena desplazado del poder, solo cabe calificarlo de audaz, atrevido y sin parangón en la historia de Castilla hasta ese momento. La liga era sabedora, no solo del escaso carácter del rey, si no de los múltiples errores de su reinado y de no pocas dudas sobre la legitimidad de su matrimonio y de su propia hija. Estos tres vértices configuraban un perfecto triángulo que, a modo de escudo, la liga nobiliaria supo perfectamente utilizar en un órdago al monarca que ponía Castilla ante un conflicto hereditario que podría desembocar en una guerra civil. Los diversos historiadores ( Tarsicio de Azcona, Manuel Fernández Álvarez o Prescott…..) no han sabido resaltar la trascendencia histórica de este documento, pues es, a mi modesto juicio, un documento capital en la historia de Castilla, que cambió el devenir de los acontecimientos y que merced a la suerte, el destino o la Providencia puso en el trono de Castilla a la más grande reina que vieron los tiempos. Isabel la Católica. Los comentarios que merece el documento a juicio de los historiadores es más como una carta despechada del marqués de Villena que un verdadero manifiesto político, lo cual es a mi juicio un error, puesto que si bien es cierto que el documento, como dije antes destila el profundo malestar del Marqués de Villena, que se delata al final como el redactor del mismo al escribir en primera persona uno de los últimos párrafos, no es menos cierto que los hechos imputados al rey en el cuerpo del documento son en su gran mayoría ciertos, pues recogen el enorme descontento popular que existía en Castilla con su rey.

Escrito en Aranjuez a 3 de Noviembre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

         

 

 

 

         

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte V.

 

“Por ende visto quanto esto es deservicio de Dios nuestro Señor, e daño e peligro irreparable destos regnos y en gran daño e destrucción de la cosa pública, prometemos todos nos et cada uno de nos, por si de trabajar et que trabajaremos por todas las vías et maneras que podieremos de sacarlos de la opresión et condición et peligro en que están, et pasarlos a nuestra mano et poder, porque ayan entera libertad, et estar conservadas sus vidas et bien, et seguramente tratados et servidos como la rason lo manda et somos tenidos et obligados a lo faser, por ser como son, primogénitos et legitimos sucesores de los dichos regnos”.

 

Este extracto corresponde a un documento firmado el seis de mayo de 1464, en la villa de Escalona (Toledo) por Don Alfonso Carrillo, Arzobispo de Toledo, Pedro Girón, Maestra de Calatrava y Juan Pacheco, Marqués de Villena, es decir, está firmado con más de cuatro meses de antelación al manifiesto de quejas y agravios de Burgos. Este prácticamente desconocido documento es muy interesante, pues, en primer lugar, nos da razón de la verdadera cabeza de la liga nobiliaria, encarnada en los tres firmantes, pero también nos muestra y revela el reconocimiento expreso de Alfonso e Isabel (por ese orden) como primogénitos herederos del reino de Castilla, lo que supone, lógicamente, la negación de la Princesa Juana como hija legítima del rey Enrique.

 

         El documento es también interesante porque de su atenta lectura también se desprende el compromiso y lealtad mutua entre los tres firmantes en llevar a cabo su arrojado propósito, que no era otro que el de garantizar la legítima sucesión de la corona castellana. Tengamos en cuenta, que no se estaba cuestionando la legitimidad de Enrique como rey (no existían mociones de censura en la Castilla medieval) pues la Corona era vitalicia por así establecerlo las leyes de Castilla y el mandato divino y no cabía más que asegurar la sucesión legítima de la misma y apartar de la Corte mientras tanto a las personas que según ellos estaban contribuyendo decisivamente al mal gobierno del reino. De este modo, los tres firmantes se comprometen a informarse mutuamente de cualquier negociación que pudieran llevar a cabo sin conocimiento inicial de los otros, a encabezar cualquier documento firmado con el propio documento suscrito entre los tres y lo más importante a mi juicio, ninguno de los tres podrá firmar acuerdo alguno con terceros referente a la sucesión a la Corona de Castilla. Todo ello, cerrado y sellado con un solemne juramento….

 

         “…et juramos a Dios e a Santa María e a las palabras de los Santos Evangelios donde quier que estan et a la señal de la Cruz que corporalmente con nuestras manos derechas tañemos et demás desto fasemos voto solpene a Dios e la casa santa de Jerusalen sopena de ir allá a pie en penitencia, si lo contrario, fisieremos, lo que Dios no quiera, et otrosí pleito-homenage una et dos et tres veces, según fuero et costumbre Despaña como caballeros, homes fijosdalgo….”

 

         Queda reflejado pues, en el documento, la clara determinación de los nobles al enfrentamiento directo con el rey y si bien es cierto, que la actuación de los tres estuviera movida en un primer momento por el recelo de verse apartados de la cercanía a la persona del monarca, no es menos cierto que estamos hablando de tres personas que con esa actitud se arriesgaban a perder vida y hacienda por lo que difícilmente podemos creer que fuera la ambición de poder lo único que los moviera, pues personas poderosas, ricas e influyentes ya lo eran y por tanto, tenían más que perder que ganar. La firma del documento de Escalona denota algo más. A mi juicio no solo es una reacción ante el nefasto gobierno de Castilla por parte de Enrique IV en esos años, hecho éste históricamente incuestionable. El documento es una reacción al conocimiento cierto de un hecho que en la Castilla del siglo XV era un escándalo sin par, la ilegitimidad de la Princesa Juana como heredera al trono. Las leyes castellanas y el mandato divino que las inspiraba no permitían tal ultraje y los tres firmantes, si bien, motivados sin duda como dije al principio por cierto afán de recuperar el protagonismo en la Corte y ajustar algunas cuentas pendientes con algunos nobles o eclesiásticos afines a Enrique, estaban decididos al enfrentamiento con el rey movidos principalmente por un ideal de fe y justicia que impregnaba en aquella época a los hombres de Castilla. Téngase en cuenta un hecho cronológico importante aquí en orden a descartar la ambición y el protagonismo como causa principal de la rebelión. El 20 de marzo de 1464, es decir, ni habían transcurridos dos meses cuando se firma del documento de Escalona, se otorgan las Capitulaciones entre el rey de Castilla Enrique IV y el rey de Aragón, Juan II en las que se acuerdan la entrega de distintas ciudades y villas y el cese del apoyo de Castilla a los rebeldes catalanes entre otras cuestiones. Pues bien, en nombre del rey de Castilla, quien firma, es Don Juan Pacheco, Marqués de Villena, así que, otorgar a la decisión de rebelarse contra el rey por parte de Pacheco un único afán de poder o protagonismo es algo que a la vista delos documentos, simplemente, no se sostiene.

 

         Pero, ¿era sólo su fe y su visión idílica lo que les respaldaba?. En absoluto. Estamos antes dos personas, Alfonso Carrillo y Juan Pacheco (Pedro Girón era simplemente el hermano de Pacheco y de los documentos que han llegado hasta nosotros en ninguno se le revela decisión o ideas propias) que no sólo eran atrevidas, sino que manifestaban una decisión política y una inteligencia táctica digna de un buen ajedrecista. Revelarse contra el rey, sin respaldo distinto del honor y la justicia divina era simplemente un suicidio, y como vamos a ver estos nobles no estaban por la labor de dejar este mundo con fama de mártires.

 

         Sabido por ellos era el hecho de que al ser la reina Juana pariente de la familia real portuguesa, llegado el enfrentamiento civil, Enrique contaría con el indudable apoyo del ejército portugués y su temida caballería. Tocaba púes, buscar un apoyo militar semejante en caso de enfrentamiento. Y el movimiento fue el esperado. Encontramos aquí también fechado en el año 1464 un documento extraído de los archivos del Conde de Benavente en que se establece por parte de la liga nobiliaria un acuerdo nada más y nada menos que con el rey de Aragón, Juan II. En el documento, se solicita el apoyo al rey de Aragón para que se dirija al rey de Castilla las peticiones de los nobles, dirigidas principalmente, al reconocimiento como herederos primogénitos de la Corona de Castilla a los infantes Alfonso e Isabel. En contraprestación, los nobles se comprometen a devolver a la corona de Aragón las ciudades y villas perdidas en los enfrentamientos con la corona castellana desde 1438. Queda a salvo, en el documento, expresamente, el Maestrazgo de Calatrava, que como bien sabemos pertenecía a Pedro Girón. También por parte del rey de Aragón se establece un aseguramiento de los bienes del Marqués de Villena a quien se compromete a garantizar su seguridad y patrimonio con la entrega de villas y ciudades semejantes a las que posea en Castilla en caso de ser despojado de sus bienes o tener que buscar refugio en Aragón si peligrase su vida. Vemos por tanto, como por parte de la liga nobiliaria se esperaba la lógica respuesta del rey y la búsqueda del apoyo de la vecina corona de Aragón ponía a la península al borde de un conflicto armado en orden la causa sucesoria, La decisión, el arrojo y la inteligencia política de Don Juan Pachaco queda fuera de toda duda.

 

         Pero conseguido el apoyo de la Corona de Aragón, la liga nobiliaria no se quedó allí. Firmado en septiembre el manifiesto de Burgos, se dirigieron ese mismo mes diversas cartas a diversas ciudades y villas del reino de Castilla en busca del apoyo a sus pretensiones.

 

         “ Concejos, alcaldes, ministros, regidores, caballeros, escuderos, oficiales e omnes buenos, parientes, señores et amigos……Ya sabeis los grandes males, et daños, tiranías, robos et estorsiones que los naturales de dichos reinos han padecido et sufrido después que el dicho señor rey comenzó a reinar…..”

 

         El contenido de la misiva es similar al de la dirigida al rey y se centra en recabar el máximo apoyo para el reconocimiento de Alfonso como legítimo heredero del trono castellano y en apartar al Conde de Ledesma de la corte.

 

Tenemos por tanto los dos bandos ya conformados, por un lado, el rey Enrique, respaldado por el vecino rey de Portugal y una escasa parte de la nobleza castellana encabezada por la casa Mendoza y por otra parte tenemos a la liga nobiliaria, que tenía el respaldo de la mayor parte de la nobleza y ciudades castellanas, así como el respaldo de la Corona de Aragón. Y en medio de todo ello, dos niños, de apenas trece y once años, que en la localidad de Aranda permanecían expectantes que no ajenos a aquellos aires de guerra civil que se comenzaban a respirar ya de forma latente en todas partes del territorio castellano. 

 

El conflicto armado parecía inevitable, el rey envía cartas a diversas ciudades y villas de Castilla a fin de que se preparen en armas mientras que Pacheco aviva el fuego en Jaén, y así, los primeros sonidos del entrechocar de aceros llegan de la jienense localidad de Baeza que es rápidamente pacificada por el condestable Miguel Lucas que escribiría…. 

 

“ En Baeza comenzó por entonces toda deslealtad e rebelión que contra el rey nuestro señor en estos reinos se cometió”

 

Y cuando todo parecía abocado al inminente comienzo de la guerra civil el rey, fiel a su personalidad conciliadora se avino a negociar con la liga nobiliaria. Las negociaciones tuvieron lugar aquel otoño de 1464 en Valladolid. Volvamos a la reflexión del capítulo anterior llegados a este punto. ¿Como es posible que un monarca legítimo de Castilla consintiera una rebelión en contra del derecho sucesoria de su hija?. Acusar al rey de no ser el padre de su hija era acusarle de ser un cornudo, lo que en la Castilla del siglo XV no era poca cosa para el honor de cualquiera y menos para el de un rey. No imagino otro camino que el del cadalso para cualquiera que se atreviera a semejante afrenta. ¿Por qué no aconteció así?. Un rey por muy pusilánime que fuera éste se dejaría llevar por sus más fieles asesores, su propia esposa Juana, mujer de carácter que en buena lid defendería el derecho a la Corona de su hija o por su familia política, el rey de Portugal, dispuesto a cruzar la frontera y defender la causa de los legítimos reyes de Castilla. 

 

Pero quizás la conciencia del rey pudo más que todo eso, Enrique sabía que no era el padre de su hija, sabía que existían serias dudas sobre el proceso de nulidad de su primer matrimonio con Blanca de Navarra lo que por derecho conllevaría a la exclusión de Juana como heredera al trono castellano y era consciente de los favores y mercedes concedidas durante años en detrimento del bienestar de su pueblo y que habían sembrado un enorme descontento entre el pueblo y su rey muy fácil de azuzar por gente de la altura política de Pacheco y Carrillo.

 

El tormento de la conciencia. El auto juicio moral, que un hombre del medievo llevaba a cabo cercana o no la muerte o en este caso cercanos acontecimientos trascendentes de la propia vida es lo que empujó a Enrique IV a negociar. Sentado lo cual, pasemos de interpretar los indicios a relatar los hechos tal cual acontecieron.

 

Y los hechos acontecieron de una forma fugaz, verdaderamente impensada. Enrique, dicta el 4 de Octubre de 1464 una Cédula Real en la meritada localidad vallisoletana de Cabezón. En ella reconoce como legítimo heredero de la Corona de Castilla a su hermano Alfonso y establece como única condición que éste se case con su hija, la Princesa Juana. Enrique intentaba salvar su relación con la reina pues nos podemos imaginar la cara de ésta en Segovia al enterarse de que su marido había privado a su hija de la propiedad de la Corona castellana. Tengamos en cuenta, que además la princesa apenas contaba con tres años en aquel momento por lo que el establecer su matrimonio con Alfonso era algo que a efectos prácticos resultaba casi intrascendente y suponía una desheredación de facto. Pero Enrique quería volver a Segovia con algo que ofrecer a su esposa. Como bien puede imaginar el lector, Juana de Portugal no perdonó jamás este suceso a su esposo.

 

Y hablamos de Segovia, porque Enrique en este mes de Octubre de 1464 ordena trasladar la corte de la Reina de Aranda a Segovia, y con ella va a viajar Isabel que va a verse separada de su hermano. En poco tiempo Isabel sufre su segunda quiebra emocional de importancia, primero verse alejada de Arévalo y su madre y ahora de Aranda y de su hermano. Esta vez además con aires de guerra en Castilla y rumores de conspiraciones para el asesinato de su hermano. Isabel pese a ser niña, no era ajena a todo esto y nos encontramos ante los primeros instantes del paso a mujer de esta joven infanta de Castilla que cambiaría la Historia.

 

“….Sepades que yo por evitar toda materia de escándalo que podría ocurrir después de nuestros días cerca de la subcesion de los dichos mis regnos queriendo proveer cerca dello, segund a servicio de Dios et mio cumple: yo declaro pertenecer, segúnd que le pertenece, la legitima sucesión de mis regnos et mia ami hermano el infanta Don Alfonso….”.

 

 La Cédula establece un mandato para que todas las ciudades, villas, nobles y miembros del clero juren a Alfonso como heredero en el plazo de tres días. La liga nobiliaria había conseguido tener por escrito su más ansiado deseo. Y Alfonso ocupaba así el primer lugar en la sucesión al trono de Castilla y por ende Isabel el segundo.

 

Pero los acontecimientos, se disparan, sabido por todos es que cuando uno muestra debilidad los enemigos apremian a atacar. Y así aconteció el reino nazarí de Granada, que viendo el conflicto sucesorio ataca el Castillo de Triana. Enrique reacciona a tiempo y ordena a Don Juan de Guzmán, Duque de Medina Sidonia y Don Juan Ponce de León conde de Arcos, su defensa. Estamos entre el 14 y 21 de Octubre de 1464 en donde podemos encontrar en los archivos del Conde de Arcos sendas misivas del rey ordenado la defensa a toda costa de la plaza. El hecho lo pongo en consideración para que tengamos clara la idea de un rey desbordado por los acontecimientos y con varios frentes abiertos. Muchas veces el tener el poder no basta para contener la irremediable fuerza de los acontecimientos que como catarata desbordan la vida de reyes y comunes.

 

Pero pasemos al otro lado del tablero de ajedrez de esta inquietante partida. La liga nobiliaria ya tenía el reconocimiento de Alfonso como heredero al trono de Castilla, pero en buena lógica ese acuerdo escrito había que plasmarlo en hechos y siendo grande y mutua la desconfianza no quedaba otra solución que acordar una serie de garantías en orden al cumplimiento de lo acordado días antes. Así se firme en Valladolid, el 25 de Octubre de 1464 el conocido como Concierto entre Enrique IV y la liga nobiliaria. Son firmantes del acuerdo junto con el rey, Don Juan Pacheco, Don Beltrán de la Cueva, El Obispo de Calahorra, Don Pedro de Velasco, hijo del Conde Haro y el Vizconde de Torija. Todos ellos van a llegar a los siguientes acuerdos:

 

  1. Se establece la tutoría de Don Juan Pacheco sobre el Infante Alfonso.
  2. Que sea jurado en Cortes el infante Alfonso como Príncipe heredero de Castilla.
  3. Que asimismo se jura en la Cortes que el Infante se casará con la Princesa Juana, solicitándose la correspondiente bula papal a tal efecto.
  4. Se establece como garantía del cumplimiento de lo pactado un doble afianzamiento, personal y real. De tal manera que el Marqués de Villena durante cuatro años entregará al Marqués de Santillana las fortalezas de Almansa, Iniesta y Magaña y lo más importante, debía entregar a su hijo mayor Diego al Marqués de Santillana.
  5. La renuncia del maestrazgo de Santiago por parte de Beltrán de la Cueva en beneficio del infante Alfonso, (dando así cumplimiento a lo establecido inicialmente en el testamento de Juan II).
  6. Se concede el ducado de Alburquerque a Don Beltrán de la Cueva asó como las villas de Alburquerque, Roa, Aranda, Molina y Atienza.
  7. Se concede al Infante Alfonso las villas de Huete, Sepúlveda, Portillo, Escalona y Maqueda cuando alcance la edad de 14 años.
  8. Se establece el abandono de la Corte por plazo de seis meses a Don Beltrán de la Cueva.
  9. Se concede el derecho de estar en el Consejo Real al Marqués de Villena, al Obispo de Calahorra a Don Pedro Velasco y al Vizconde de Torija.
  10.  Al Obispo de Calahorra se le promete la primera mayor dignidad vacante.
  11.  La cláusula más curiosa es sin duda la que establece que el Don Juan Pacheco y Don Beltrán de la Cueva deben de resolver sus diferencias, estableciendo una curiosa expectativa de linaje común al afirmar que estando embarazada la mujer de Don Beltrán de la Cueva su hijo o hija case con un hijo a hija del Marqués de Villena.

 

La zozobra del rey queda claramente resumida en la frase final del documento al manifestar que……

 

“…..se escriba por el rey e por todos los caballeros conformemente a todo el regno la orden que se ha dado a la paz e sosiego, e como son diputados jueces para dar orden a las cosas del buen regimiento del regno e que todos se allanen e pacifiquen e todas las cosas tornadas tornen al estado en que estaban antes destas roturas e movimientos…”

 

         Estamos ante un rey consciente de que su claudicación personal ha quebrado de forma perpetua su vida personal pero que tiene la ilusoria esperanza de que el reino quede pacificado con su sacrificio. Sin embargo, el rey guarda una prenda aun en su poder. La Infanta Isabel está en la Corte en Segovia y este hecho junto con otros de no menor importancia van a motivar que continúan las negociaciones durante todo el mes de noviembre y parte de Diciembre (téngase en cuenta que quedaba pendiente la aprobación en Cortes del nombramiento del Infante Alfonso como legítimo heredero). Es a finales de noviembre cuando se vuelve a plasmar otro acuerdo en un nuevo documento capitular, esta vez firmado en pleno campo entre las localidades de Cidón y Cigales (Valladolid). En él se van puliendo algunos aspectos con respecto al anterior. Así, es de resaltar que desaparecen las garantías personales y reales a las que se obligaba Don Juan Pacheco en orden a asegurar el cumplimiento de lo acordado. También desaparecen las promesas hechas al Obispo de Calahorra, que dada su proximidad con Beltrán de la Cueva se verá posteriormente obligado a abandonar la Corte.

 

         Pero lo más interesante de este documento es que en el mismo, por primera vez, se va a hacer mención a la figura de la Infanta Isabel. Y su mención no es algo meramente formal. Es una mención con un contenido interesante. Ya dije anteriormente que quedaba un cabo suelto para la liga nobiliaria, y que éste era la figura de la Infanta que permanecía en la Corte de Segovia junto a la Reina (Enrique fue bien aconsejado en traerla rápidamente de Aranda en este turbulento otoño de 1464 pues se temía que Pacheco, dada la escasa guarnición que la custodiaba, pudiera hacerse con Isabel). En estas capitulaciones se recoge el derecho de la infanta a tener casa propia en Segovia, ordenando que la acompañen cinco o seis mujeres designadas por la madre de Isabel. Emerge, por tanto, la figura de Isabel de manera específica en esta contienda sucesoria y si bien lo hace con un carácter segundario no es menos cierto que Pacheco y Carrillo querían tener en su poder una segunda opción en caso de que al Infanta Alfonso le sucediera alguna desgracia, como así quiso Dios que acaeciera.

 

         Sea como fuera lo que si tenía claro Enrique y sus asesores era que había que poner fin a esta sucesión de capitulaciones y acuerdos de una manera definitiva y para ello emplaza a todos a la villa de Medina del Campo (Valladolid) a fin de que en la misma se realizaran las negociaciones definitivas y se plasmaran las mismas en un documento final que pudiera presentarse a las Cortes. Este documento es lo que se conoce como Sentencia de Medina del Campo y recoge las conversaciones habidas en dicha localidad entre los días 11 de diciembre de 1464 y 16 de Enero de 1465. Antes, el 7 de diciembre, Enrique dicta una Real cedula a fin de que el pueblo tenga conocimiento de los acuerdos adoptados en orden a la pacificación del Reino.

 

         En esta sentencia de Medina del Campo se van a nombrar cuatro jueces-árbitro, dos por cada bando, de este modo por el lado de la liga nobiliaria estarán Juan Pacheco y el Conde Álvaro de Zúñiga mientras que por el lado realista estarán Pedro Velasco, hijo del Conde de Haro y Gonzalo de Saavedra, Comendador de Montalbán. Se hace un quinto nombramiento en la figura del prior general de la Orden de los Jerónimos, Fray Alonso de Oropesa, que sólo intervendrá en caso de diferencia irresoluble entre ambas partes. Pacheco no tarda en cobrarse su pieza y el 12 de diciembre se dictan sendas órdenes para el inmediato abandono de la Corte de Beltrán de la Cueva y el Obispo de Calahorra. De las deliberaciones acontecidas en aquellos días no nos han llegado pruebas documentales así que tendremos que centrar el análisis en la Cédula Real de enero de 1465 comunicando a las ciudades y villas los acuerdos de la sentencia compromisaria dictada por los cinco anteriormente meritados jueces.

 

         Y resulta curioso que en tan importante documento que pretendía poner fin a una contienda que llevaba enquistándose meses, el primer punto de los acuerdos que recoge la Sentencia sea dedicado a la Infanta Isabel, que es tratada de forma privilegiada. Así en un primer momento se le reconoce a la Infanta el tener casa propia en Segovia, con cinco o seis mujeres que la atiendan, elegidas y enviadas por su madre desde Arévalo. Asimismo, el mantenimiento de la Infanta correrá a expensas de la Corona. A continuación, se reconoce el derecho a la Infanta de vivir en Arévalo hasta que contraiga matrimonio (un error este de valor inimaginable para el rey, pues perdía la única pieza de valor que le quedaba en su poder en esta partida de ajedrez). Se elige como morada de la Infanta en Segovia el Palacio de Enrique IV, antigua casa de Ruiz Díaz (hoy en día se mantiene en pie y es el actual museo de arte contemporáneo). Se permite a la infanta, además, que conviva con un hombre honesto (Isabel elegirá sin dudar a Don Gonzalo Chacón) que a su vez podrá elegir otros dos hombres honestos. La figura de Isabel aparece por primera vez en los documentos de la Historia de Castilla como un personaje principal de la Corte y es que como ya se adujo con anterioridad pese a tener solo trece años ya mostraba un vivo interés por las intrigas y luchas de la Corte, mas supongo como autodefensa, que como verdadero interés político personal, lo cual no quita que empezara a tener un análisis cierto de la vida en la Corte y de lo importante que era el estar rodeado de personas leales y capaces, extremo éste que ll evo a efecto durante toda su vida.

 

         La sentencia establece después compromisos diversos, como la supresión de la guardia mora personal del rey, el establecimiento de las operaciones militares contra el reino nazarí de Granada, la persecución de la herejía y diversas medidas en orden a garantizar la preminencia de la fe y costumbres católicas en el reino, así como la organización, nombramiento y conservación de los bienes de los distintos miembros del clero. Una medida importante es que se obliga al rey a impartir justicia en audiencia pública todos los viernes, intentando así frenar el enorme descontento que existía en el reino con su monarca por las enormes injusticias y arbitrios cometidos durante su reinado. Se pretendía asó poner al rey frente al pueblo llano, obligándole a escuchar sus demandas y querellas y a resolver sobre ellas. El documento tiene una vasta extensión pues en él se recogen hasta ciento veintinueve acuerdos y contiene un mandato final obligando a villas ciudades y concejos al cumplimiento de todo lo estipulado en su cuerpo.

 

         Tenemos, por tanto, un conflicto sucesorio que parecía resuelto en favor del Infante Alfonso, una emergente Infanta Isabel a la que se reconoce un cierto estatus privilegiado, un reforzamiento del clero en orden a la consagración de la fe católica como única, verdadera y suprema en el reino y unas medidas tendentes al restablecimiento de la justicia común. Todo ello configuraba un espacio aparentemente idílico y un modelo de consenso tendente a evitar un conflicto armado. Sin embargo, los acontecimientos van a deparar justamente todo lo contrario……pero eso será ya en Ávila y en otro capítulo.

 

 

Escrito en Aranjuez a 16 de noviembre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

         

Isabel la Católica. La forja de una reina. Parte VI

“….y por eso los varones mortales conformándose con los mandamientos divinos deben huir toda división, y seyendó leales á su Rey pugnar por el sosiego de su propia tierra, donde ovieron el nutrimento; porque si reusan de lo hacer, allende de ser ingratos á la tierra que los crió, necesario será, si ella padece, padecer juntamente con ella, y por tanto es mejor trabajar por la paz' de los muchos, que caer con el mal de todos”.

 

         La cita corresponde a Don Pedro González de Mendoza, Obispo de Calahorra. Se trata de un documento fechado en junio de 1465 y refleja el intento de un hombre justo para evitar una contienda civil. La carta está dirigida fundamentalmente a los partidarios del Infante Alfonso a fin de evitar el conflicto armado que parecía ya ineludible en las tierras de Castilla.

         Pero, ¿de qué manera se había llegado a esta situación en unos pocos meses? En enero de ese mismo año se había dictado la sentencia de Medina del Campo, en el que la comisión paritaria reunida para la pacificación del reino establecía no solo el reconocimiento del infante Alfonso como heredero legítimo al trono de la Corona y la significación de la figura de la Infanta Isabel, si no que regulaba con minuciosidad y detalle los aspectos más diversos de la gobernanza del Reino (más de cien medidas se recogen en el texto). La voluntad del rey en evitar la guerra civil era notoria y su sumisión a la figura de Pacheco se vio reflejada en las primeras víctimas que el Marqués de Villena se cobró sin dilación alguna. Así, se ordenó el inmediato abandono de la Corte de Don Beltrán de la Cueva por distancia de catorce leguas y tiempo de seis meses. La misma suerte corrió el Obispo de Calahorra y peor fortuna tuvo Alfonso de Badajoz, hasta entonces secretario de Enrique IV, que fue acusado de corrupción junto con sus dos hermanos, Fernando y García (los conocidos como los badajoces) y sufrió no sólo el destierro en primer momento, si no la confiscación de sus bienes y la prisión con posterioridad. Pacheco se mostró implacable con la gente cercana a Enrique IV y su rápido proceder no se debía simplemente a un resarcimiento moral si no que tenía una clara finalidad política. Conocedor como era de la escasa fuerza de voluntad del monarca pretendía ahondar más en esa debilidad descabezando a su más próximo entorno. Enrique viéndose amenazado se refugia con sus leales en torno a Salamanca, los nobles ya con el infante Alfonso bajo su custodia se hacen fuertes en tierras de Ávila.

         La primavera de 1465 va a ser testigo de los rápidos movimientos del Marqués de Villena. Así los primeros días del mes de abril nos van a dejar dos documentos que revelan los claros movimientos de este tablero de ajedrez que sólo buscan el jaque al rey. El 13 de abril de 1465 en Plasencia, el infante Alfonso emite una cédula por la que entrega la ciudad de Trujillo a Don Álvaro de Zúñiga, Conde de Plasencia. Unos días antes había ordenado a Don Luís de Chaves (en apariencia un simple ciudadano de Trujillo) acudir con premura a su presencia. Luis de Chaves Álvarez de Escobar, era, sin llegar a ostentar ningún título nobiliario de primera categoría, uno de los personajes más relevantes de las tierras extremeñas y particularmente de Trujillo de ahí que Pacheco, en un movimiento inteligente, quería asegurase la lealtad de las tierras extremeñas en caso de un conflicto armado, pues sabía con relativa certeza que el único aliado posible que Enrique podía conseguir para su causa era el vecino reino de Portugal. De ahí que sumar a la causa del Infante Alfonso a las tierras extremeñas fuera una estrategia inicialmente imprescindible.

                El mes de abril culmina con otra cédula del infante Alfonso (que ya encabeza sus misivas con su título de Príncipe y Maestre de la orden de Santiago) esta vez dirigida a la ciudad de Oviedo y aledañas en la que ordena que se entregue la posesión del Principado de Asturias a Don Diego Fernández de Quiñones, Conde de Luna. De la atenta lectura de la carta podemos extraer la justificación de los movimientos de Pacheco para su jaque al monarca:

 

         “…Ya sabéis las cosas en este regno pasadas é como por me ser ocupada la subcesion de estos dichos regnos se juntaron este año pasado los Grandes dellos é procuraron mi libertad, é que yo fuese jurado por Príncipe segund que de justicia é derecho me pertenecía é pertenece: é agora yo soy certificado, que aquellos que están cerca del dicho rey mi Señor, mi hermano quieren tornar é procurar é porfiar porque yo aya de ser desheredado: é quanto esto sea deservicio de Dios é del dicho Rey mi Señor é deshonor de la corona real d estos regnosé daño é destruicion dellos por los males é daños que por ellos se esperan seguir “

 

         Innegable es que a Alfonso como príncipe heredero le correspondían los territorios del Principado de Asturias y por tanto su derecho a reclamarlos y a ponerlos bajo la custodia de un hombre de su confianza no puede ser cuestionado. Sin embargo, el contenido de la misiva no se limita a la legítima reclamación de lo que le corresponde si no a la puesta de manifiesto de la supuesta conjura del rey Enrique y su entorno en contra de la figura del Infante. Ni que decir tiene que la conjura en contra de su persona no tenía otra forma de materializarse más que a través del asesinato, y la muerte pocos años más tarde del Infante Alfonso en extrañas circunstancias no debe hacernos perder esta perspectiva.

 

Pero ¿era cierta esta acusación del Infante?. Si leemos a Prescott éste se postula con esta línea de pensamiento “ el resultado de estas deliberaciones resultó tan perjudicial a la autoridad del rey que el débil monarca fue persuadido fácilmente de que debía desautorizar la conducta de los comisionados basándose en su secreto pacto con sus enemigos, o incluso intentar su captura”. Nadie puede dudar que Enrique IV fue un rey que intento evitar el conflicto civil a toda costa, pero no es menos cierto que era un padre que había privado de la legítima propiedad del trono de Castilla a su supuesta hija y que este extremo era muy difícil de entender en su entorno y principalmente en la figura de su esposa, quien, a buen seguro, y nada más conocer el alcance de los acuerdos de su esposo con los nobles, lo puso en conocimiento del rey de Portugal, en busca de su inmediato apoyo. Un apoyo que resultaba fácil de conseguir, pues la corona portuguesa de un solo golpe podría ayudar a su pariente y hacerse con el trono de Castilla una vez muerto Enrique. 

 

Pacheco conocía este extremo, de ahí que, si vis pacem, para bellum. Pacheco también conocía el problema que existía con la defensa de Sevilla y su comarca. La desesperada misiva del Duque de Medina Sidonia de primero de mayo rogándole a Enrique el inmediato envío de socorro y dinero para poder mantener la defensa de los territorios de los ataques de las tropas comandadas por Pedro de Estúñiga nos revela un escenario en el que vemos a un rey atrincherado en Salamanca, ya en compañía de nuevo de Don Beltrán de la Cueva, que no es capaz de atender la presta y requerida gobernanza del reino.

 

Herido, pero no muerto. Algo hace reaccionar a Enrique. Alguien más bien. Juana su mujer por seguro. La familia Mendoza también toma partido por el rey. Y se producen dos golpes inesperados para los partidarios del infante Alfonso. Dos hechos violentos, inesperados por Pacheco y por Carillo. El primero la toma por la fuerza de la villa de Ocaña. El segundo, más duro y significativo. Un levantamiento en armas contra el infante Alfonso en la villa de Arévalo. La significación de Arévalo para Alfonso e Isabel era por todos conocida y el amotinamiento contra el Infante, que se encontraba acompañado de Pacheco y Carrillo no podía entenderse de otra forma que un casus belli.

 

Alfonso y sus partidarios se refugian en Plasencia y allí, retoman su ofensiva diplomática, que esta vez va acompañada de algunos hechos de más fuerza. De la biblioteca del monasterio de El Escorial he podido rescatar un documento de 10 de mayo de 1465 firmado por el propio Marqués de Villena, su hermano, Pedro Girón, el Conde de Benavente y el Conde Plasencia, en el que en nombre del infante Alfonso y sus partidarios denuncian el incumplimiento del rey Enrique de los acuerdos de la sentencia de Medina del Campo, acusándole veladamente de querer asesinar al Príncipe y de casar a la infanta Isabel (como veremos el marido buscado estaba nada más y nada menos que en la corte portuguesa).

 

“…..Continuando vuestra altesa la defensión de los males en la dicha suplicación nombrados. y queriendo ir contra lo jurado en lo que atañe al casamiento de la señora Infanta vuestra hermana, ynon remediar las cosas susodichas, nin querer la paz nin concordia de vuestros regnos susodichos, por la presente desde agora por entonces nos despedimos de vuestra altesa por nosotros y por todos los Perlados y caballerosy ascuderos y hidalgos de sus casasde ellos., y por la provisión y facultad que de ellos avernos y tenemos,ponemos á ellos y ¿nosotros so amparoy protección de nuestro salvador y redentor Jesu-Christo, por cuya otorgacion y provisión vuestra señoria hasta hoy ha regnado…..”.

 

Quedaba roto así el acuerdo de Medina del Campo, y a las puertas de Castilla golpeaba ya la mano de la guerra. Ese mismo día, el infante Alfonso ordena la confiscación de todos los bienes de Don Juan de Ulloa, noble de la villa de Toro en favor del Conde de Benavente. Estos movimientos hay que entenderlos desde el punto de vista militar. Los soldados no estaban a disposición de la familia real, pertenecían a los nobles, de ahí que, si había que acudir a una guerra, no había que reclutar soldados, sino nobles partidarios de la causa que aportaran tropas, castillos y fortalezas. En este sentido por parte de Enrique, se conocen misivas al Conde Aro para que permanezca fiel a la causa realista, misivas que también son enviadas al dicho Conde por parte del infante Alfonso.

 

Y en este ir y venir de cartas y escaramuzas se va a producir un hecho que van a recoger los libros de historia. La conocida como la farsa de ´Ávila. Era un miércoles 5 de junio de 1465. Frente a las murallas de Ávila se construye un pequeño escenario de madera y en él se hace una representación del rey mediante un muñeco, vestido de luto y provisto de todos los atributos regios, corona, cetro y espada. El Marques de Villena, su hermano Pedro Girón, el Arzobispo de Toledo, el Conde Benavente, Don Fadrique Almirante mayor de Castilla, el Conde de Plasencia y el Conde de Osorno Comendador Mayor de Castilla, presiden el acto. Se procede a la lectura de un manifiesto en el que se realizan cuatro acusaciones:

 

1ª. Por la primera, la falta de dignidad real merecía perder la corona, procediendo el Arzobispo de Toledo a quitar la misma del muñeco.

2ª. Por la segunda, la falta de justicia en el reino merecía perder la administración de la misma, procediendo el Conde Plasencia, Álvaro de Zúñiga, le quitó la espada al muñeco.

3ª Por la tercera, merecía perder el reino, y Don Rodrigo Alonso Pimentel, Conde Benavente le quitó el cetro.

4ª Por la cuarta merecía perder el trono y la reverencia real, y Don Diego López de Zúñiga derribó el muñeco al grito de ¡¡Al suelo, puto¡¡.

 

La guerra estaba declarada. Y un niño de once años es sentado en el improvisado trono y proclamado rey.

 

         ¡¡ Castilla, Castilla , por el rey Don Alfonso!!

 

Las murallas de Ávila recogen el eco de las gentes allí congregadas y que asisten con vehemencia a la proclamación del nuevo rey. 

 

Mientras tanto, Isabel, permanece informada de todos los acontecimientos y va a convertirse en el inmediato objeto de disputa entre la liga nobiliaria y el rey, pues, si algo aconteciera a Alfonso, seria esa niña de trece años la legítima propietaria del trono de Castilla. Resulta curioso, que, proclamado un nuevo rey previa deposición del actual, el inmediato objetivo de ambas partes sea la infanta Isabel. Quizás la débil salud de Alfonso alertó a Pacheco a fin de tener una segunda pieza que mover en ese tablero de ajedrez que eran las tierras de Castilla. Movimiento tras movimiento el rey seguía en jaque.

 

Escrito en Aranjuez a 30 de noviembre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas

Isabel la Católica. La forja de una reina. Parte VII.

El verano llamaba a las puertas de aquel año 1465. Y el rey Enrique IV en su siempre prudente proceder tendente a evitar cualquier tipo de confrontación, prefirió primero dar la batalla legal a sus adversarios. Detengámonos antes a fin de analizar la situación del reino en la Crónica de Alfonso de Palencia, rica en detalles sobre cómo prendía la mecha de la rebelión en distintas ciudades. Así, el cronista nos relata la división de la ciudad de Salamanca en dos bandos, y señala a Don Beltrán de la Cueca como el origen de la fractura al concederle el rey todas las magistraturas de la ciudad, el castillo y la iglesia. La ciudad de Toledo era tomada para Alfonso por el Conde Cifuentes. Córdoba sucumbía también bajo el ataque de un joven capitán, Don Alfonso de Aguilar y pasaba a formar parte de las ciudades a favor del Príncipe. Pedro de Estúñiga controlaba Sevilla y para solemnizar el acto de proclamación de Alfonso como rey incluso se llegó a sacar, en solemne procesión de la catedral el pendón del rey Fernando III el Santo, el Almirante de Castilla había tomado rápidamente Valladolid para Alfonso y lo mismo ocurrió con Burgos, tomada por Don Pedro de Velasco, hijo del Conde de Aro.

 

Vemos, por tanto, importantes ciudades de Castilla que abiertamente se declaran en favor de Alfonso y son rápidamente tomadas lo que nos hace pensar no en que tuvieran escasa defensa sino que la población tomó partido desde el primer momento por los rebeldes y facilitó en gran medida la toma militar de sus ciudades.

 

Pero volvamos a Ávila, y permítame el lector un breve inciso para contarle cómo llegó Alfonso a Ávila. En Ávila se encontraba el arzobispo de Toledo con mil doscientos jinetes. Sin embargo, el príncipe Alfonso, enterado de las revueltas de Salamanca, marchó hacia ella, sabedor de que la defendía Don Beltrán de la Cueva con más de mil quinientas tropas de caballería. Lo que parecía un aparente suicidio no era más que una hábil estratagema pues, a mitad de camino, Alfonso giró rumbo a Ávila don de a las puertas le esperaba el arzobispo con su millar de jinetes a fin de hacer una entrada triunfal en la ciudad y preparar al pueblo para la deposición del monarca que estaba a punto de acontecer. La rebelión acreditaba estar en manos de personas sagaces capaces de obrar con destreza en el ámbito político y militar.

 

El bando realista contaba con sesenta mil soldados de infantería y catorce mil de caballería. Una fuerza militar muy superior a la rebelde, por lo que no se entiende, desde el punto de vista militar, la postura del rey de no querer presentar batalla y someter una a una las ciudades rebeldes. Para comprenderlo debemos de ahondar en la personalidad del rey, que si bien ha sido motejado por la Historia como impotente o pusilánime se ha de reconocer también su inmenso afán por evitar regar de sangre las tierras de Castilla aunque ello supusiera el enfrentamiento con sus cercanos y un notable desprestigio personal con sus contemporáneos.

 

Para evitar el baño de sangre que ya había comenzado en el Reino, Enrique acudió a la mediación de la única instancia que ambas partes en contienda no osarian desobedecer, el Papa. Así el catorce de julio, a penas transcurrido un mes de los sucesos de Ávila, el rey dirige una dura carta al Papa Paulo II que comienza así

 

“ Muy Santo Padre ….traición hecho é cometido por algunos malvados mis rebeldes é desleales contra Dios é contra justicia en injuria é vilipendio de vuestra Santidad é contra mi estado é preeminencia real., y en total destruicion e absolución de mis regnos é señoríos é de todos los tres estados, haciendo que se llame Rey destos mis regnos e señoríos el Infante don Alonso mi hermano que es menor de doce años”

 

La larga misiva, conservada en el archivo vaticano, apela al derecho natural, civil, romano y castellano a fin de exponer al Santo Padre los argumentos jurídicos que desvirtuarían la deposición. El rey recurrió al Papa a fin de que mediase en el conflicto, declarando nula la deposición a fin de que el Príncipe Alfonso no se intitulase rey.

 

Los rebeldes no deseaban la intervención del papa, pues muy difícil sería de defender ante el pueblo de Castilla la legitimidad de la causa del Príncipe si ésta no tenia la aprobación de Roma y la réplica epistolar a su Santidad, si bien se hizo esperar unos meses ( es remitida a Roma el nueve de Diciembre desde Sevilla ) es bastante contundente en cuanto a su contenido pues se hace especial énfasis en la cercanía del rey Enrique con el mundo musulmán y el grave peligro de esta conducta no solo para Castilla sinó para toda la Cristiandad.

 

Azote de Dios fué verdaderamente D. Enrique, tan enemigo de la fe como apasionado de ios moros, pues supo convertir los bienes que estaba obligado á procurar á sus pueblos, la gloria y la justicia, en abominables males, en escándalo y en violentísima tiranía. No consintió que se infiriese el menor daño á los moros, pero los causó innumerables á los soldados: pidió sus sufragios á la Iglesia, y ésta nunca tuvo más encarnizado enemigo: exigió dinero para combatir á los infieles, y despojó así de sus bienes á los cristianos para hacer opulentos á los sarracenos: debió atemorizar á éstos rodeándose de multitud de soldados católicos, é infundió terror á los fieles con todo género de ofensas, infortunios, ultrajes y desdichas, haciéndose seguir de infames satélites moros, cuyos robos, estupros, fuerzas é inhumano furor contra los nuestros, crudamente extendido por todo el reino, no hay pluma que pueda describirlos. No reconociendo otra ley que su capricho, abolió todas las de sus progenitores: declaró nulas las constituciones de los pueblos, sancionadas por legítimos poderes, y fué su principal estudio extirpar toda probidad de las costumbres, esclavizar a los fieles y dar libertad á los moros. No contento con el exterminio de sus subditos, traspasó los limite de la perversidad privando del honor á su ca • al cetro, de la gloria; de la legítima libertad a  estados y de la honestidad al lecho conyuga, tentó oponerse con empeño al feliz matrimonio. de la princesa Doña Isabel, con total olvido de las órdenes de su padre, de las leyes del reino y del afecto debido á la hermana. Para estorbar la sucesión á la corona á su único hermano, apeló á recursos hasta entonces inauditos, é intentó privar á este Príncipe, de índole tan admirable y, por decirlo así, dechado de angelicales virtudes, de la herencia presente y de la futura, pues se cree haber alentado también contra su vida. En cambio, y para ruina de estos reinos, trabajó por declarar á la agena prole heredera del trono”.

 

Los partidarios del Príncipe sabían que el Papa podía poner fin a su causa y de ahí la vehemencia de la misiva y el especial énfasis en la debilidad de Enrique con el infiel. Destaca también la figura de la Infanta Isabel, quien vuelve a aparecer en escena, poniéndose en conocimiento del Papa el primer intento de Enrique de forzar su matrimonio con Alfonso V de Portugal y por supuesto no podía faltar la alusión a la falsa paternidad de la princesa Juana.

 

La internacionalización del conflicto era un hecho. Pero Enrique no sólo había pensado en Roma como aliada. Su mirada giró ciento ochenta grados y se volvió al oeste, a la vecina Portugal en busca de ayuda. para ello, otorgó un poder a su esposa fechado el 6 de Julio de 1465 en Zamora para que en su nombre negociara el matrimonio de la Infanta Isabel con Alfonso V de Portugal. El esperado acuerdo se firmó rápidamente y tenia una doble vertiente. Por un lado el aspecto económico material. Así, el rey Enrique depositaria cincuenta mil doblas de oro en Ciudad Rodrigo en concepto de arras y por su parte Alfonso de Portugal  concedería a Isabel otras treinta mil doblas de oro así como las ciudades de Torres Vedras, Alanquer y Santarem. El segundo aspecto, el militar. Alfonso V pondría a disposición de Enrique  mil quinientos jinetes y tres mil soldados de infantería.

 

La jugada de Enrique se completaba con un ofrecimiento de indulto a los rebeldes otorgado en la ciudad de Toro el 15 de Julio…..

 

yo por la presente así como Rey y Señor vos perdono y remito todos y qualesquier penas y casos en que ayades caido y incurrido en los tiempos pasados fasta el dia de la data desta mi carta, por razón de qualesquier delitos y maleficios y crímenes que ayades fecho y cometido en qualquier manera, así en la dicha compañía como en otra manera, y vos mandare restituir y tornar todos y qualesquier vuestros bienes y oficios”.

 

El tablero de ajedrez parecía volcarse del lado realista. La habilidad mostrada en las negociaciones con Portugal resaltan a la reina como una mujer de carácter decidida a defender el derecho sucesoria de su hija, pues aplastada la revolución y desaparecido con ella el príncipe Alfonso no era difícil suponer una reivindicación de la figura de la Princesa Juana. La superioridad militar era evidente con la ayuda del vecino reino portugués y junto con el ofrecimiento de indultos a los rebeldes parecía atisbarse un fin pacífico a la rebelión, quien o aceptaba el perdón o sucumbía bajo las armas.

 

Y sin embargo, este aparente infalible plan acabó en un estrepitoso fracaso. Y ello aconteció principalmente porque una niña de catorce años no estaba dispuesta a casarse con un hombre impuesto, que por edad podría ser su padre y sobre todo al que no amaba.

 

 

Escrito en Alicante a 8 de Diciembre de 2024

 

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte VIII.

 

El tortuoso verano de 1465 tocaba a su fin. La inesperada habilidad política manifestada por Enrique IV había sorprendido a los nobles partidarios del príncipe Alfonso. La aparición de Roma en el tablero de ajedrez de la partida castellana sembró, por primera vez, las dudas en el baldo rebelde. Oponerse a un rey indigno era algo justo, oponerse al mandato de un Papa era algo que estaba fuera del alcance de cualquier cristiano y caballero del siglo XV. Además, la firma, el 15 de septiembre, en la portuguesa ciudad de Guarda del acuerdo matrimonial entre Alfonso V y su hermana Juana, la reina de Castilla, acordando los términos de la boda con la Infanta Isabel y el apoyo militar del reino portugués era un aspecto que desbordaba la capacidad de la liga nobiliaria. Del original, conservado en el archivo de Simancas he sacado este extracto del principio del documento que revela lo claro y conciso de su objetivo:

 

         “…Por quanto amtre nos da huma parte é o muy illustre Rey de Purtugual nosso muy caro é muy amado primo, hirmaao é amiguo da outra he trautado é fablado é concer tado casamemto prazendo á nosso Senhor, do dicto Rey de Purtugual com a muy illustre Inflante donna Issabel, nossa muy cara é muy amada hirmaa, é assy pera comelusam dello como pera demandar ajuda á o dicto Reyde Purtugual pera a necessidade que á o presente nos ocorre comtra os cavalleiros á nos desobedientes é reveesé que comtra nos se han levantado é revellado em estes nossos regnos, he acordado que a Raynha donna Johana, nossa muy cara é muy amada moler vaa á sse veer cora o dicto Rey de Purtugual seu hirmaao é em nosso nome e com nossso poder de assemto é conclusam no dicto casamento, é otorgue os recabos é seguridades que cumprara pera a paga da dote que se ha de dar á o dicto Rey de Purtugualcom a dicta IíTamte….”.

         El plazo establecido para la celebración de la boda era de ocho meses por lo que antes de Mayo de 1466 debería de celebrarse el enlace.

 

         A nadie escapa que los partidarios de Alfonso eran más hábiles escribiendo que combatiendo. La fuerza de su rebelión se había basado en una poderosa campaña de comunicación que había apuesto de su parte a gran parte del pueblo castellano. Pero asumir una guerra civil abierta con grandes batallas era otra cosa. Y eso ni Pacheco ni Carrillo lo habían contemplado. En sus cálculos estaba derrocar a un rey pusilánime, pero hasta el más torpe de los monarcas siempre encuentra a su lado a alguien capaz dispuesto a aconsejarle. Que lo haga o no es cuestión distinta. Pero este caso Enrique IV escuchó con su oído izquierdo a la poderosa familia Mendoza que le sugirió la internalización del conflicto castellano poniendo en conocimiento del Santa Padre el levantamiento castellano, y con su oído derecho escuchó el consejo de su mujer de acordar un pacto con su hermano el rey de Portugal. Ambos movimientos, hacía salir de la posición de jaque al rey de Enrique Iv y de volcar el tablero en su favor. Y ello sembró el desconcierto entre las filas del príncipe pues no esperaban unos movimientos tan rápidos como efectivos.

 

         Pero el afán conciliador de Enrique IV se impuso de nuevo. Se acordó una tegua entre ambos bandos que abarcó desde el 5 de octubre de 1465 hasta el 28 de febrero de 1466. Enrique no quería pasar otro otoño y otro invierno como el del año precedente.

 

         La respuesta del Papa, supuso un gran respaldo para Enrique IV. El Santo Padre no sólo condenaba el levantamiento castellano si no que envió a la corte de Enrique IV como nuncio papal a Antonio Jacobo de Véneris y concedía la bula para el matrimonio concertado entre Alfonso V rey de Portugal y la Infanta Isabel. El rey en un intento de agasajar a su hermana le concedió la villa de Trujillo. Del archivo del Conde de Miranda encontramos este mandato expreso fechado a 20 de febrero de 1466 dirigido al poderoso Luis de Chaves:

 

         “Luis de Chaves: ya sabéis como por otras mis cartas y sobrecartas he enviado á mandar á esa ciudad de Trujillo, que recibaes por Señora á la Infanta doña Isabel mi muy cara y muy amada hermana :y agora porque todavía es mi voluntad que sea recebida por Señora y le sea dada posesión, lo qual es mucho cumplidero á mi servicio, envió mandar por otras mis cartas á esa ciudad que luego la recibía, sigund por ellas veréis*, por ende yo vos mando, si servicio me deseades facer, que sin poner en ello mas dilación”.

         Firmado el acuerdo con el monarca portugués solo quedaba convencer a la Infanta de llevarlo a cabo y Enrique no dudó en intentar comprar su voluntad. Isabel estaba a punto de cumplir quince años y su custodia en la corte de Enrique IV hacía presagiar que el enlace con el rey de Portugal se llevaría  a término sin problema alguno. Ello pondría fin al conflicto sucesorio en Castilla, apartaría a la infanta de las intrigas castellanas, al trasladarse a la corte portuguesa, eliminando así una importante y emergente figura del tablero de ajedrez. 

         Pero que Isabel aceptara este matrimonio significaría el abandonar la causa de su hermano. A nadie escapa que Isabel estaba lógicamente más unido a su hermano Alfonso que a su hermano Enrique (nunca entenderé porque siempre se alude a la condición de hermanastro de Enrique cuando él e Isabel eran hermanos de padre y por tanto, no hermanastros) pues su infancia había transcurrido siempre en la mutua compañía. Ello no significa que el trato de Enrique a Isabel fuera malo. Del estudio de la correspondencia entre ellos no se deduce tal cosa. Podemos verlo en esta carta de Enrique a Isabel:

         “ Muy virtuosa mi señora y hermana. Una letra de vuestra merced recibí. Por cierto puede vuestra señora ser cierta que no ay cosa que yo pueda fazer por vos servir y complacer que no la faga así como hermana. Muy virtuosa mi señora, porque yo he fablado con el mayordomo largo cerca desto que a vuestra merced toda, no mas sino que me remito a lo que cerca de vuestra merced scrive, suplicándole que de mi tenga creydo la vida porque por vos complacer e servir.Teneos en muy gran merced porque me scrive que no fará cosa de que yo reciba enojo. Yo señora, lo remediaré muy presto como a vuestra señoría cumple. También señora, vos suplico siempre se acuerde de mi, puesto que no teneys persona en este mundo que tanto vos quiera como yo. Que las de vuestra merced besa el Rey, vuestro hermano”

         La carta es emotiva, pues si bien el alago es algo gratuito, de las líneas de la misiva se desprende un afecto verdadero. Enrique podía se run hombre dócil, un rey en cierto modo indolente o débil de carácter, pero era una persona dotada de gran sensibilidad. Su frase al Obispo de Calahorra afeándole su deseo de una respuesta armada al levantamiento castellano es muy significativa en orden al mantenimiento de esta aseveración personal mía sobre el humanismo de Enrique:

         “ Los que no habéis de pelear, padre Obispo, ni poner las manos en armas, sois muy pródigos en las vidas ajenas”.

         Pero Isabel, aunque bajo custodia en la Corte (no confundir el término bajo custodia con secuestro o privación de libertad alguna, pues Isabel gozaba de una vida cómoda junto a la esposa del rey). Era una mujer ( se aprestaba a cumplir quince años y eso en el siglo XV era ya ser mujer) forjada en el carácter propio. Su atenta observancia de los conflictos castellanos y la vida en la Corte le habían afianzado los valores que desde niña tenía inculcados. Desde el dominico Lope de Barrientos ( al que el rey Juan II le había encomendado la formación del Infante Alfonso pero nos consta que instruyó más a Isabel que a su hermano), los franciscanos de Arévalo, su abuela materna, Beatriz de Silva y como no, Don Gonzalo Chacón habían forjado en la fragua del alama de Isabel tres valores principales, Justicia, Fe y Convicción. Y estos tres valores no estaban en venta.

         Nos consta (del archivo del Conde de Miranda) la restitución de la villa de Aranjuez a la esposa de Don Gonzalo Chacón, hecha por el Príncipe Alfonso el 20 de febrero de 1466 en un claro intento de complacer a su hermana Isabel. Se intentaba equilibrar mercedes a la Infanta por ambos bandos, lo que denota la gran importancia que Isabel tenía ya en la vida de Castilla. Y esta importancia no pasaba desapercibida a la otra gran mujer de la corte de Castilla, la reina Juana. La portuguesa distaba mucho de ser una simple reina consorte y había vislumbrado el peligro que suponía Isabel. No olvidemos que Juana era madre de una princesa semirepudiada y a la que se había desprovisto de la aparente y legítima propiedad del reino de Castilla y eso para una madre y una reina era muy difícil de digerir. De ahí que moviera sus piezas con astucia e intentara complacer a la Infanta para que aceptara el enlace con su hermano. En el archivo del Conde de Miranda encontramos también una carta de la propia reina Juana fechada el 8 de abril de 1466 en la que recuerda a Luis Chávez el pago de las rentas de Trujillo a la Infanta Isabel y en el archivo del Conde de Arcos encontramos otra carta de la reina, del 6 de julio de 1466 a Don Rodrigo Ponce de León, hijo del Conde Arcos, prometiéndole ciertas mercedes si sometía a la rebelde ciudad de Sevilla a la causa del rey. Vemos la figura de una reina activa y decidida a defender la causa de su marido.

         Pero el plazo de ocho meses para la entrega de la Infanta tocaba a su fin. Isabel había rechazado casarse con un hombre que podía ser su padre y cuyo matrimonio le supondría alejarse de Castilla. Y aquí entra en escena nuestro querido Juan Pacheco. El Marqués de Villena, conocedor de la negativa de la Infanta al matrimonio, intenta un acercamiento a Enrique IV. Así nos lo describe el cronista Alonso de Palencia:

         “ Por aquellos días, tuvo unas entrevistas con Don Enrique el Marqués de Villena, que a los dos reyes traía engañados, que acumulaba males sobre males y trastornábalo todo con su violencia y supercherías”

         Pacheco era consciente de que la toma de partido del Papa por el bando realista había causado un gran daño en el apoyo popular inicial que había tenido la revuelta. Ello, como expuse anteriormente unido al acuerdo con el rey de Portugal para el matrimonio de la infanta Isabel suponía el práctico fin de la rebelión y el acercamiento al monarca puede entenderse como un doble juego tendente a intentar salvar su propia figura o una argucia para dinamitar definitivamente el acuerdo portugués. Lo segundo es lo que aconteció. La firme negativa de la Infanta a tomar matrimonio y salir de la Corte motivó el desaire del rey de Portugal y supuso un duro golpe en los planes de Enrique y Juana. Y ahí aparece Pacheco a fin de ofrecerle una salida a Enrique. Una salida en forma de matrimonio y con la misma protagonista. Y esta vez, no será solo la firme decisión de la infanta si no la providencia la que dé al traste con los planes de Pacheco.

         Ese año de 1466 es testigo también de las primeras disensiones del bando nobiliario en su cabeza. El cronista Alonso de Palencia nos da cuenta de la Junta celebrada en Arévalo en la que Carrillo afeaba a Pacheco el haber puesto al cuidado del Príncipe Alfonso a determinados mayordomos de costumbres licenciosas. Carrillo sospechaba que este litigio no fuera fruto de la mera casualidad sino que se trataba de una argucia de Pacheco a fin de buscar debilidades en la figura del joven Alfonso que pudieran serle de utilidad conocer y controlar en el futuro. No le faltaba razón al arzobispo de Toledo. Esa primavera de 1466 no sólo va a despertar al campo después del duro invierno, sino que también va a destapar a Pacheco como un jugador a ambos lados del tablero.

 

Escrito en Aranjuez a 15 de Diciembre de 2024

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

         

         

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte IX.

 

Este buen Marqués procura siempre mantener a los dos hermanos en un círculo de todos los grandes del Reino, algunos de los cuales llaman rey a Don Enrique, como nosotros a Don Alfonso, y él puesto en pie sobre el hombro de cada uno de los reyes, nos riega a todos en derredor con inmundo líquido”.

 

          La escatológica, pero acertada definición del comportamiento del Marqués de Villena en aquel confuso año 1466 pertenece al Almirante de Castilla Don Fadrique. El aparente espíritu de orden y justicia para Castilla con el que había nacido la liga nobiliaria se quebró de golpe con las integras de Juan Pacheco.

 

         En efecto, al Marqués de Villena se le podrán negar las virtudes de un buen cristiano, pero no se le podrán negar las habilidades de un gran político. Mantenerse entre dos aguas con la habilidad extrema que demostró no estaba al alcance de cualquier necio. Como expuse en el capítulo anterior uno de los pocos aciertos del rey Enrique fue buscar la alianza con Portugal en el conflicto sucesorio, ofreciendo en matrimonio a la infanta Isabel. Este hecho, unido a la expresa resolución del Papa en favor del bando realista, motivó el acercamiento de Pacheco al rey Enrique. Este acercamiento fue furtivo, es decir, a espaldas de la mayoría de los miembros de la liga nobiliaria, aunque como hemos visto, era de sobra conocido por todos. Finalizado el periodo de tregua fijado por ambos bandos para el arreglo del conflicto se reanudaron las hostilidades entre ambos bandos. Si bien es cierto que la tregua nunca fue tal, pues son varios los episodios de armas producidos en ese aparente armisticio, no es menos ciertos que no hubo grandes batallas entre ambos bandos salvo la final de Olmedo, sino más bien escaramuzas de mayor o menor envergadura y un continuo ir y venir de ambos reyes por distintas partes del territorio castellano. La cuestión es que el conflicto seguía abierto y que el Marqués de Villena no las tenía todas consigo. La rotunda negativa de la infanta Isabel a contraer matrimonio con Alfonso de Portugal abrió una nueva vía para la solución de la cuestión sucesoria. Se ofreció de nuevo a la infanta como moneda de cambio, y esta vez el pretendiente no era tan distinguido como el anterior. El candidato era nada más y nada menos que Don Pedro Girón, maestre de la Orden de Calatrava y a la sazón hermano de Juan Pacheco. Se solicitó rápidamente la dispensa papal, pues Pedro Girón era Maestre de la Orden de Calatrava y el voto de castidad era uno de los requisitos exigidos al maestrazgo de dicha orden. La boda se celebraría en Madrid y el argumento esgrimido meses antes por la infanta como respaldo a su rotuna negativa a la propuesta matrimonial del monarca portugués de que “las infantas de Castilla no podían disponer de su matrimonio sin el consentimiento de los nobles del reino” parecía ahora de menor peso y por tanto insuficiente para respaldar una segunda negativa.

         El matrimonio era un hábil movimiento de Enrique para acabar con la disputa dinástica, pues apartar a Pacheco de la liga nobiliaria era acabar con ella. Además, Pedro Girón era, por decirlo así, el brazo armado de la liga, pues había conseguido prácticamente levantar en armas a la mitad de Andalucía contra el rey Enrique. Casada la infanta con Pedro Girón la deposición de Alfonso sería sólo cuestión de tiempo y además, Pacheco se guarda una carta en la manga pues si Isabel llegaba algún día al trono de Castilla lo haría con su hermano de la mano.

         Pero volvamos un momento a Isabel. En estos capítulos hemos visto a una niña que creció en Arévalo en un ambiente de devoción cristiana y en un entorno familiar. Educada como una infanta de Castilla cuyo objetivo era solo el buscar un matrimonio que afianzara las relaciones de la corona castellana con otras monarquías recibió una formación cultural suficiente pero no extensa por lo que Isabel pudo desarrollar una piedad religiosa de la mano de los franciscanos que llenó muchos espacios de tiempo aparentemente ociosos. Esa aparente vida tranquila se rompió al ser llamados ella y su hermano a la Corte en Segovia ante el embarazo de la reina Juana. Y allí se produce el cambio de niña a mujer de Isabel, pues va a ser testigo de las intrigas castellanas en primera persona. El proceso de maduración personal de la Infanta, de la mano de su más fiel consejero Don Gonzalo Chacón es un proceso que no pasa desapercibidos a ambos bandos del conflicto sucesorio y en poco tiempo vemos cono tanto Alfonso como Enrique intentan satisfacer a Isabel con diversas mercedes. No olvidemos tampoco la sentencia de Medina del Campo que como vimos en capítulos anteriores supone el primer afianzamiento documentado de Isabel como personaje principal de la corte castellana. Pero Isabel era la única prenda de valor que tenía Enrique. De ahí que no quisiera desprenderse de ella. Tras un primer periodo en Aranda, Isabel regresa a Segovia con la reina Juana mientras que Enrique va a ir deambulando por Castilla en este periodo de escaramuzas que va a prolongarse por casi tres años en que va a ver dos reyes en Castilla. Si queremos cerrar los ojos y situar geográficamente a cada uno en este periodo podemos decir que Enrique estuvo gran parte del tiempo en Valladolid, Isabel en Segovia y Alfonso en Arévalo.

         Estamos en mayo de 1466. Isabel, por tanto, acababa de cumplir 15 años y ha sido entregada en matrimonio por su hermano a un hombre vulgar, de linaje inferior y que casi la triplica en edad. Pero esta vez la negativa de Isabel no basta a Enrique, el matrimonio ha de celebrarse para poner fin a la contienda. Isabel se refugia en su fe. Se encierra en su habitación y pide a Dios que la libere de ese mal concertado destino. Prescott nos describe brevemente pero con gran acierto el estado anímico de Isabel y su decidida resolución a no contraer matrimonio con Pedro Girón:

         “Al recibir la noticia se encerró en su habitación absteniéndose de todo alimento, sin dormir de día ni de noche, según dice un historiador contemporáneo, e implorando a Dios, con las más lastimeras súplicas, que la salvara de este deshonor con su propia muerte o con la de su enemigo. Estando un día lamentándose de su mala suerte con su leal amiga Beatriz de Bobadilla, “Dios no lo permitirá”, exclamó la gallarda dama, “ni yo tampoco” y entonces, sacando una daga que ocultaba para este propósito en su seno, juró solemnemente clavársela en el corazón del maestre de Calatrava tan pronto como apareciera”.

         Que Isabel a los quince años era ya una mujer de férreas convicciones, carácter y voluntad propia era ya un hecho consumado. En pocos meses se disponía a una segunda negativa a su obligado casamiento y esta vez con la muerte como solución final. Y la muerte, necesaria a veces por duro que suene, va a llegar. Va a llegar súbita, de manera inesperada y lo va a hacer no de manos de Isabel si no de la Providencia. El cronista Alfonso de Palencia nos describe los movimientos previos a la celebración del matrimonio y el perfecto plan del rey Enrique y Pacheco para descabezar a los rebeldes.

         “ Púsose (Pedro Girón) al frente de un fuerte ejército de tres mil caballos escogidos y marchó a tierra del Tajo con la intención, que luego se conoció, de atraer de paso a una conferencia al arzobispo de Toledo, su tío, y según se cree, apoderarse de su persona…..después cuando los dos reyes y doña Isabel su hermana, se hubiesen colocado bajo su salvaguarda proponíase prenderla con Don Alfonso, tomarla a ella por esposa, con escarnio de las leyes y aprovechar su maldad para encumbrar más y más al marqués llevando por norma la sentencia de Juvenal: Aude Aliquid brebibus gyaris aut carcere dignum, si vis ese aliquid”

         La planificación del movimiento es digna de análisis. Las crónicas castellanas sitúan a Isabel en Ocaña (Tierra del Tajo como describe Palencia) y que Pedro Girón marchara allí desde la localidad de Almagro nada más y nada menos que con tres mil jinetes no es que quisiera hacerse acompañar de un elevado séquito nupcial, sino que se pretendía dar un golpe militar definitivo descabezando a la liga nobiliaria prendiendo al arzobispo de Toledo, pues Carrillo era ya el único que defendía la causa de Alfonso, y celebrar por la fuerza el matrimonio con la infanta Isabel. De ahí la acertada elección de Palencia del aforismo latino del sátiro juvenal que traducido viene a decir “ si quieres ser alguien, realiza una acción audaz que merezca la cárcel”.

         De un solo movimiento, Villena pretendía acabar con la liga nobiliaria que apenas dos años antes había encabezado, volver a tener el favor real y tener a su hermano en la línea sucesoria de la corona como posible rey consorte de Castilla, pues nadie dudaba que Alfonso, al firmar el consentimiento de la boda estaba firmando quizás su propia sentencia de muerte.0 Y en esta tesitura solo un milagro podía variar el curso de las cosas. 

  Y el milagro…aconteció. Lo hizo el día dos de mayo, Don Pedro Girón fallecía en la localidad de Villarubia. La causa según el propio Palencia una infección de garganta, aunque la carta enviada al marqués de Villena comunicándole el fallecimiento de su hermano nos describe una supuración por los oídos, lo que nos hace pensar en una aguda septicemia. Se adujo por algunos al envenenamiento como causa de la muerte del hermano del Marqués. Tengamos en cuenta que el veneno más utilizado en aquella época era el arsénico, pero el relato de la agonía de Girón no concuerda con la sintomatología de la intoxicación por arsénico. También se utilizaban venenos naturales como el acónito y el beleño pero estas son plantas con efectos analgésicos que causan una muerte limpia en grandes dosis y tampoco concuerda con los síntomas del infortunado Maestre de Calatrava. Se describe en la carta al marqués que el mal comenzó en la garganta lo que nos hace pensar que efectivamente la causa de la muerte es una aguda infección de garganta que degeneró en septicemia, descartando, por tanto, el envenenamiento.

         Y así, por medio de la Providencia quedo liberada la infanta Isabel de aquel acordado matrimonio que tan desgraciada la hubiera hecho, pero la inmediata consecuencia del inesperado desenlace del plan de Pacheco fue simplemente la esperada. Engañados por todos por el marqués de Villena sólo quedaba resolver la afrenta en el campo de batalla, y así tras dos años de escaramuzas, la guerra va a poner su sombra en los campos de Castilla.

 

         Escrito en Florencia a 22 de Diciembre de 2024

         Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte X.

 

Sin dubda caballeros , mucho me pluguiera que el rigor de la batalla fuera hoy escusado , asi porque las muertes, de donde mayor enemiga recrece, se quitaran; como porque de la guerra nunca procede amistad ni concordia. Pero considerando la poca templanza , é menos acatamiento del Arzobispo de Toledo , é de los otros caballeros é Grandes que están en Olmedo contra mi servicio , é visto como quieren mostrar mas sobervia que obediencia, é mas presunción que cortesía, sin venir en conocimiento de sus yerros, que con tanta fealdad han ensayado , quiero contra mi grado dar lugar al rompimiento que hoy se espera”.

Arenga de Enrique IV a sus tropas instantes previos a la batalla de Olmedo.

Derrotado por la Providencia, que es enemigo imprevisto para la gente escasa de alma y sobrada de cálculo, Pacheco tardó más de lo acostumbrado en reaccionar. A partir del infausto mes de mayo de 1466 para la causa realista y durante varios meses se van a suceder diversos episodios militares de mayor o menor trascendencia pero que ya son continuos, pues son las armas las únicas que parecen poder dar fin al conflicto.

 

         Del bando nobiliario se va a descolgar también el conde Benavente, quien en privado se mofaba de las habilidades militares del Arzobispo Carrillo y había planeado el secuestro del Príncipe Alfonso junto a la marquesa de Villena. Si, la marquesa, leen bien. No se vayan a creer que era una consorte al uso, sino que era una mujer también implicada en las intrigas de su esposo. El lugar elegido era la localidad de Portillo, en Valladolid. Allí acudió Alfonso acompañado del Arzobispo de Toledo, que fue invitado a no entrar en la ciudad por Pedro de Velasco, el Conde de Haro y conminado a partir hacia Ávila. El Arzobispo Carrillo, en contra de su voluntad, enojado e iracundo, comprendió que el Conde también se había pasado al bando realista como puedo comprobar meses después en la batalla de Olmedo en la que el escudo de la casa de Haro luciría n el frente de batalla junto al del rey Enrique. Alfonso estuvo retenido varios días en Portillo, pero logró salir y poner rumbo a Avila donde le aguarda Carrillo. El objetivo era ya el de poder reinar solo y elegir su futuro. Carrillo había logrado una salida que complacía al joven Príncipe el matrimonio con la hija del Rey de Aragón, Doña Juana. El marqués de Villena era ya una figura desenmascarada para los partidarios de Alfonso y se hacía ineludible buscar una alianza que la fortaleciera y esa alianza solo estaba al este de Castilla.

 

         Pero por increíble que parezca, Don Juan Pacheco va a volver al lado rebelde. ¿Como fue eso posible?. Sencillo de explicar. La muerte de su hermano derribó como un castillo de naipes todo lo hábilmente planeado por el marqués, pero a Pacheco no le convencían las explicaciones de la supuesta muerte por causas naturales de su hermano y esas dudas las aprovechó bien su tío. El arzobispo de Toledo sabía que la guerra a campo abierto era ya inevitable e inminente. No podía esperar a la boda de Alfonso con la Infanta Juana de Aragón, pues ésta apenas contaba con doce años de edad y la única tabla de salvación eran las tropas del Marqués de Villena. La única forma de atraer a Pacheco de nuevo a la causa de Alfonso era la de hacerle ver que su hermano había muerto envenenado y que el asesino estaba en la corte de Enrique. Y así aconteció. Pero el recelo con Pacheco era evidente dentro del bando rebelde y en especial en Alfonso. Pacheco tenía al joven rey rodeado de informadores que vigilaban día y noche sus pasos. Carrillo era conocedor de ello, pero necesitaba las tropas del marqués. Y en este nudo de desconfianza mutua va a transcurrir este gris 1466 con un último intento de acuerdo entre ambos bandos. El Conde Plasencia en representación de Don Alfonso, el Marqués de Santillana en representación de Don Enrique y actuando como árbitro y juez Fray Alonso de Oropesa, padre prior de San Bartolomé de Lupiana, escribieron para la historia otra página más de las infructuosas negociaciones que durante los últimos años habían colmado el reino castellano.

 

         Alfonso acudió a Madrigal a fin de visitar a su madre. Pero Pacheco, conocedor de la desconfianza de Alfonso decidió sacarlo de la villa abulense con destino a Ocaña. Antes de llegar a su destino se detuvieron en Almorox. Allí, Carrillo, el Almirante Fadrique y Pacheco fueron informados de que el rey Enrique estaba en Olmedo junto con su esposa e hija con escasa guarnición y planearon el secuestro de la familia real. Bastaba una pequeña compañía de soldados para cumplir la misión y Carrillo se encaminó a Olmedo encabezándola. Sin embargo, el rey fue advertido y corrió rápidamente a Segovia a buscar refugio en el Alcazar y el arzobispo de Toledo tuvo que retroceder a Ávila ante el fracaso de la misión.

 

         Y mientras todo esto acontecía que ¿era de Isabel?. Conocedores ambos bandos de la importancia de la figura de una infanta de Castilla que había demostrado ya que camino de cumplir 16 años tenía una personalidad arrolladora y que ocupaba un puesto en la línea sucesoria a la corona que no era de desdeñar, intentaron contentarla. Cierto es que Alfonso no necesitaba comprar la lealtad de su hermana pues su vínculo fraterno era sin duda indestructible por más que se desenvolvieran en un mundo en que la lealtad siempre estaba en venta. Pero a Castilla había llegado por fin una Trastámara que ni compraba ni se vendía, y que en la fe y la justicia tenía los pilares sobre los que construir su vida. Enrique en cumplimiento del arbitrio de Medina del Campo permitió a Isabel tener casa propia en Segovia, lo que supuso por fin el poder liberarse de la incómoda presencia de la reina Juana. El 12 de Marzo de 1467 encontramos mediante documento firmado por el rey Enrique en Madrid, se hace donación a Isabel de la villa de Casarrubios del Monte, haciéndola efectiva dos días después Don Gonzalo Chacón tomado posesión de la misma en nombre de la Infanta. Además, Enrique obtuvo para Isabel, del Papa Paulo II, el privilegio de tener un altar portátil a fin de poder asistir a misa con doce personas. Ambos bandos son sabedores de que este año 1467 va a ser decisivo en el conflicto dinástico y no quieren perder una pieza muy importante en el tablero, la Infanta Isabel. Sin embargo, la pertenencia de la Infanta Isabel al bando realista era una simple cuestión posesoria pues Isabel estaría siempre junto a su hermano Alfonso. Pero Enrique y los Mendoza sabían que Isabel era una baza crucial a su favor….siempre y cuando estuviera bajo su custodia. El problema era que Pacheco y Carrillo también lo sabían, y así este año del señor de 1467 va a ser testigo de dos grandes mazazos para el rey Enrique. Pero todo a su tiempo…..

 

         El 30 de mayo de 1467, Alfonso hizo una entrada triunfal en Toledo, que se había levantado en armas contra Enrique. Las calles abarrotadas aplaudían al joven rey, acompañado del Arzobispo de Toledo, los Condes de Plasencia y Benavente (éste último otro redomado traidor) el Condestable Conde de Paredes, los condes de Castañeda, Osorno, Cifuentes, Ureña y Ribadeo, los obispos de Coria y Burgos, y por supuesto….Don Juan Pacheco el omnipresente marqués de Villena. Al día siguiente en la Catedral, abarrotada el joven Alfonso hacía su juramento militar ante un pueblo de Toledo que con fervor mostraba su partido por el bando rebelde.

 

         La sorpresa y estupefacción en el bando realista por el giro de la postura de Pacheco era evidente pues la guerra ahora se mostraba pareja ante el equilibrio de las fuerzas militares de ambos bandos. Entramos en el mes de junio de 1467, el fervoroso apoyo del pueblo de Toledo empuja los ánimos del ejército rebelde que encamina sus pasos hacia el norte camino a Ávila en busca del enfrentamiento directo con Enrique. Una vez reunido en Ávila todo el ejército se intenta tomar la villa burgalesa de Roa, perteneciente a Don Beltrán de la Cueva, pero el intento resulta baldío. Sin embargo, Olmedo y Valladolid también se alzaron contra Enrique, a la primera se dirigió Alfonso con su ejército donde fue recibido con entusiasmo por toda la población. Enrique y Beltrán de la Cueva temerosos de que la importante Valladolid también callera del bando rebelde intentaron cortar el paso a sus tropas ocupando el único puente accesible para cruzar el Duero camino a Valladolid, el puente de Tudela de Duero. Sin embargo, un campesino local condujo al ejército a un vado no lejano que podía cruzarse a pie y por el cual una avanzadilla del ejército de Alfonso pudo sorprender por su retaguardia a los desprevenidos soldados realistas que custodiaban el paso por el puente. Quedaba libre el camino así a Valladolid. Pero el ejército de Alfonso decidió acuartelarse en Olmedo. Estamos en el mes de agosto de 1467 y el destino, a veces tan irónico va a querer que esta localidad sea testigo, veintidós años después de una nueva batalla. Si en 1445 en olmedo se enfrentó el ejército castellano al navarro aragonés, esta vez la localidad de Olmedo va a ser testigo de la más cruenta batalla de esta guerra civil castellana.

 

         Ciertamente que la batalla no era esperada por el ejército rebelde pues la decisión de platearla surgió de manera rápida tras el apremio de los Mendoza y Don Beltrán de la Cueva al rey Enrique de coger por sorpresa al bando rebelde. Importante en la toma de esta rápida decisión fue la de convencer al Conde de Haro, Don Pedro Fernández de Velasco, de que apoyase la causa del rey Enrique y el hecho de que el Marqués de Villena se encontrase en Toledo. Se pretendía asestar un golpe de gracia y acabar con el dilema sucesorio en el campo de batalla. Los Mendoza reunieron su ejército en Cuellar a tan solo 4 kilómetros de Olmedo, el Conde Haro se encaminaba hacia allí con seiscientos lanceros y Beltrán de la Cueva cierra el ejército realista. Sobre Beltrán de la Cueva Prescott nos deleita con una deliciosa anécdota de la batalla…

 

         “Antes de que comenzara la acción, el arzobispo envió un mensaje a Beltrán de la Cueva, entonces elevado al título de duque de Albuquerque, avisándole para que no se aventurara en el campo de batalla, ya que no menos de cuarenta caballeros habían jurado darle muerte. El galante caballero, que en ésta como en otras ocasiones desarrolló una generosidad que de alguna manera disculpaba la parcialidad de su señor, devolvió el envío con una particular descripción de la ropa que intentaba llevar, caballeresco desafío que estuvo a punto de hacerle perder la vida”

         Los cuarenta caballeros no es que tuvieran nada en especial ni personal contra el Duque de Alburquerque a excepción de las doblas de oro que el Marqués de Villena había prometido a quien le atravesara el pecho con su espada. Como verá el lector, si bien Pacheco no pudo estar en la batalla no fue ello óbice para que su sempiterno odio a Don Beltrán de la Cueva alcanzar el campo de batalla en forma de medievales sicarios. Sin embargo, Beltrán de la Cueva era caballero hábil con la espada y de acrecentado valor en el combate, lo que le hizo salir con vida, pero no ileso.

         El 19 de agosto de 1467, cincuenta jinetes salieron de Olmedo al mando de García de Padilla el clavero de Calatrava (clavero es una dignidad de las órdenes militares que distingue al custodio de las llaves del Castillo, Convento Mayor y Archivo) a fin de vigilar los movimientos del ejército realista. Uno de los jinetes fue reconocido por Don Beltrán de la Cueva como antiguo compañero de armas y se solicitó parlamentar con él con la única finalidad de hacerle ver la superioridad del ejército realista. Tan convencidos estaban de la victoria que Don Beltrán de la Cueva tuvo la chulería de ofrecer al jinete 50.000 maravedís si se atrevían a presentar batalla en Olmedo. Y así fue. Informado el Arzobispo Carrillo de la inminente aparición del ejercito de Enrique no quiso resguardarse en la ciudad y el día 20 de agosto de 1467 salió a campo abierto al frente de su ejército. El príncipe ( o rey como prefiera el lector) Alfonso quedó en retaguardia, en la puerta del monasterio de Santo Domingo acompañado del Obispo de Coria y algunos caballeros. El arzobispo de Toledo destacaba por el manto escarlata con una blanca cruz bordada que llevaba sobre su coraza. Enfrente, el rey Enrique rodeado de treinta caballeros como guardia personal, encomendó la dirección táctica de la batalla a un caballero navarro Pierres de Peralta.

         Por difícil que resulte de creer el resultado de la batalla fue……que quedó inconclusa. Los historiadores y cronistas no reconocen como vencedor a ninguno de los dos bandos, aunque el arzobispo Carrillo reclamó junto a Alfonso la victoria en el propio campo de batalla una vez que vio como Enrique abandonaba la batalla. Si leemos las crónicas de Alfonso de Palencia y de Diego Enríquez y la relación de fuerzas y bajas de cada bando si podemos decir que, si hubiera que declarar un ganador ese hubiese sido el del bando del rey Enrique, sin embargo, su apresurada huida del campo de batalla fue un error no tanto militar como político, pues antes como ahora la propaganda en tiempos de guerra era un arma más de los ejércitos y a veces más efectiva que la más afilada de las espadas. Fue este el primero de los dos grandes errores que cometió Enrique en menos de un mes y que van a suponer un duro mazazo en sus expectativas de victoria en el conflicto sucesorio.

         ¿ Y cual fue el segundo? El segundo fue clamoroso. En su obsesión por buscar una salida pacífica al conflicto, Enrique volvió a mirar a Roma. Días después de la batalla de Olmedo, se dirigió a Medina del Campo, donde recibió al nuncio del Papa, Antonio de Veneris, seguro de que si había mandato expreso del Santo Padre de que cesara la rebelión, la liga nobiliaria caería de inmediato, pues el Arzobispo de Toledo o el Marqués de Villena (recién nombrado maestre de la Orden de Santiago) no harían llegar su ambición más arriba del cielo. Y mientras Enrique se frotaba las manos intentando camelar al enviado del Papa, Pacheco y Carrillo vieron que era ahora o nunca. La pieza más valiosa que le quedaba en el tablero a Enrique estaba desguarnecida. Isabel estaba en Segovia. Allí también estaba la Reina y pese a que Segovia y su alcázar estaban bien custodiados las guerras a veces no las deciden solo las armas. Pacheco, sabedor del recelo del caballero Pedrarias de Ávila (encargado de la defensa de la ciudad) para con el rey Enrique IV por haberle hecho preso en Madrid años antes, compró al caballero y en fugaz movimiento nocturno desde Olmedo, trasladó el ejército y entró en la ciudad. Era el 17 de septiembre de 1467. Isabel, no quiso refugiarse en el Alcazar como si hizo la reina. Aguardó a su hermano en su palacio de la ciudad. Así nos lo cuenta Diego Enriquez:

         “…pero la Infanta Doña Isabel no quiso ir con la Reyna , antes se quedó en el Palacio con sus Damas”

 

         Ese fue el día en el que Isabel volvió a ser plenamente libre. Y a partir de ese mes de septiembre de 1467, en el que las llamas del verano daban su último crepitar, la figura de Isabel va a emerger como la más importante de Castilla. Tenía solo dieciséis años.

         

 

 

         Escrito en Aranjuez a 29 de Diciembre de 2024

         Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte XI.

“Yo, confiando del Obispo de Segovia y Pedrarias Dávila, su hermano, la mi cibdad de Segovia e dexándoles por guarda della e de la Reyna, mi nuy cara e muy amada mujer, e de la Infanta, mi muy cara e muy amada hermana……ellos con gran ingratitud e desconocimiento, dieron e entregaron la dicha ciudad al marqués de Villena e al arzobispo de Toledo, e quisieran prender a la dicha Reyna, mi mujer, sy no se acogiera al mi alcazar de cicha cbdad”

 

         Extracto de la carta de Enrique IV a Rodrigo Pimentel, Conde de Benavente.

El 17 de septiembre de 1467 es una fecha clave en la vida de Isabel la Católica. Con tan sólo 16 años y desde ese mismo día, Isabel va a ser la dueña de su propio destino. Para sorpresa de muchos, va a emerger la figura de una mujer que, revestida de la apariencia de una simple Infanta de Castilla, va a ser un ejemplo de mujer moderna, capaz de tomar por sí misma no sólo sus propias decisiones, sino también, decisiones de buen gobierno. Este es un extremo inédito hasta entonces en Castilla y que debemos analizar con esmero paso a paso.

         Enrique IV cometió un error de ajedrecista principiante. Creyendo que llevaba el control de la partida dejó desguarnecida la figura más valiosa del tablero, y no sólo la más valiosa por su importancia cualitativa, si no también cuantitativa, porque tras más de tres años de conflicto sucesoria, Isabel era la única figura de entidad que tenía bajo su custodia. Este clamoroso error en mezcla de nuevo con la providencia será lo que en poco más de un año sitúe a Isabel en el centro de Castilla y de la Historia. Pero como dije al lector, paso a paso.

         Ese mismo día 17 de septiembre, Isabel, no se lo va a pensar ni un minuto. Liberada la ciudad y refugiada la reina Juana en el Alcazar, Isabel es por primera vez absolutamente libre en el aspecto personal desde que fuera traída de Arévalo años atrás por orden de su hermano. Y es a Arévalo donde se va a dirigir ese mismo día, a fin de estar en la compañía de su hermano Alfonso y de su madre con una parada intermedia en la localidad segoviana de Santa María Real de Nieva.

         Cierto es que la toma de la ciudad de Segovia fue conseguida con escasa lucha pues la habilidad del Marqués de Villena así lo propició, al comprar la voluntad de los defensores de la ciudad, Pedrarias Dávila, el Obispo de Segovia y Perucho de Monjaraz. Así mientras más de mil hombres de armas esperaban en la Plaza de San Miguel en lo alto de la ciudad las órdenes para defender Segovia de los sitiadores partidarios del rey Alfonso, los tres traidores abrieron un postigo de la propia casa del Obispo por el que entraron las tropas de Alfonso. La ciudad se rindió casi sin lucha y la reina Juana corrió a refugiarse en el Alcázar. Pedrarias Dávila guardaba un gran rencor contra Enrique IV pues años atrás lo había mandado encarcelar en Madrid donde sufrió además un intento de asesinato y guardaba contra el rey un encendido resentimiento que no dudó Pacheco en avivar hábilmente.

         El cronista Alfonso de Palencia así nos lo cuenta:

         “……pero bien pronto lo apaciguó todo Pedro Arias con auxilio de sus amigos y criados en armas, quedando ya por Don Alfonso las puertas y toda la ciudad, menos el Alcázar, donde la reina Doña Juana, que moraba en las casas del rey se refugió apenas oyó el tumulto. No así la hermana de Don Alfonso y segunda esperanza de estos reinos, la infanta Doña Isabel, la cual libre de todo temor, le recibió con alegre semblante, congratulándose gozosamente con él de que la fortuna les hubiese sido favorable y de que la divina Providencia les hubiera salvado del peligro de muerte”.

         El emotivo reencuentro entre ambos hermanos es fielmente descrito por el cronista quien ya califica a Isabel como segunda esperanza de estos reinos, pues a nadie escapaba que Alfonso tenía apenas trece años y que aun sin descendencia, si algo le sucediera la corona de Castilla sería para Isabel, una vez negada la legitimidad de Juana como hija de Enrique IV. La felicidad entre amos hermanos en Segovia contrataba con el dolor por el duro golpe sufrido por su hermano Enrique.

         La noticia abatió a Enrique, había perdido la ciudad más importante del reino, su mujer se encontraba sitiada en el Alcázar, el pendón real estaba en manos de Alfonso, Pacheco y Carrillo. En tan solo tres días, no solo moría ese verano de 1467 sino que también habían muerto las expectativas de Enrique de poner fin al conflicto de la sucesión. Sus acuerdos de ese mismo año con el rey de Inglaterra o con el propio Papa a fin de reforzar su posición internacional quedaban frustrados ante una imagen de ridículo que se empezaba a extender por todo el reino, pues que confianza se podía tener en un rey que era incapaz de defender a su reina y a su ciudad más valiosa. Como digo, el abatimiento del rey fue total y perdida Segovia decidió retirarse desde Medina del Campo donde se encontraba a la villa de Cuellar….y allí iba a recibir una visita inesperada.

         Pues sí, si hay un hecho notable en toda esta contienda es el continuo ánimo del marqués de Villena por mantenerla siempre encendida, pasado de un bando a otro sin el menor recato y siempre en provecho propio aun a costa del sufrimiento de la propia Corona y el pueblo. Pero mérito no hay que quitarla a Don Juan Pacheco, porque cambiar de bando continuamente suponía un esfuerzo de credibilidad notable y de un modo u otro al final ambos bandos siempre acababan confiando en las propuestas del marqués, por lo que de caballero sin honor y lealtad era evidente su condición tanto como de hábil estratega político. Creo que Nicolás Maquiavelo en su obra El Principito debió de retroceder su vista un poco más en el tiempo y fijarse en Don Juan Pacheco antes que en Fernando el Católico como figura inspiradora de su personaje, pues si alguien encarnó la filosofía del fin justifica los medios ese fue sin duda el Marqués de Villena. No es una figura a ensalzar desde el punto de vista moral, sin duda, pero si es una figura a resaltar desde el punto de vista histórico, pues su trascendencia en el devenir de los acontecimientos de Castilla es cardinal.

         Pues bien, estando Enrique llorando sus penas en Cuellar recibe un mensaje de un emisario del Marqués de Villena de que se dirija a la villa de Coca. Y allí se va a dirigir Enrique, tras discutir con todos sus allegados y partidarios en Cuellar que le desaconsejaban acudir a la misma. En Cuellar le va a recibir el Obispo de Sevilla quien le va a comunicar que Juan Pacheco, se encuentra en el Alcázar de Segovia y que allí le espera con las condiciones de un nuevo pacto en defensa de sus intereses. Y a Segovia, obediente se encamina Enrique. El cronista Diego Enríquez nos describe con acierto este ir y venir del triste monarca:

         “ De tal guisa, que con solas palabras de vana esperanza le hicieron andar por sus reynos, mas en son de peregrino, que como Rey e Señor”.

 

         Y que prometía ahora Pacheco. Pues bien, el 1 de octubre, en el Alcazar de Segovia y más concretamente en la iglesia mayor , reunidos el Marqués y el rey Enrique IV, acordaron la entrega del Alcázar de Segovia a la custodia de Don Juan Pacheco, quien nombró alcaide del mismo a Don Juan Daza, también acordaron que la Reina pasaría la custodia del Arzobispo de Sevilla en la fortaleza de Alahejos y el tesoro y las joyas reales se guardarían en el Alcázar de Madrid, siendo alcaide del mismo el desleal Perucho de Monjaraz. Todo ello por un plazo de seis meses tras los cuales todo sería restituido al monarca. Y estas extrañas capitulaciones ¿a cambio de que?. Pues el cronista omite esa información, lo cual es digno de tener en cuenta y nos hace pensar que lo ofrecido o pactado entre ambos no podía hacerse público. Enrique se retiró a Plasencia en espera de que se cumpliese lo prometido. Pero ¿que era lo prometido?. Tenga en cuenta el lector que estamos a finales de 1467. Isabel y Alfonso se encuentran juntos en Arévalo, ajenos a esta trama del marqués y disfrutando de un periodo de relativa tranquilidad junto a su enferma madre. Porqué este nuevo doble juego de Pacheco y a cambio de que es difícil de saber. Cierto es que, meses más tarde, la ciudad de Toledo que había sido leal a Alfonso misteriosamente se rebeló y se proclamó partidaria de Enrique y no menos cierto es que Pacheco no olvidaba la muerte de su hermano y culpaba al entorno de Isabel de la misma. Si ponemos en contexto todos estos hechos y los culminamos con la trágica muerte que meses después va a sorprender al Alfonso podemos tener una respuesta a la cuestión que nos planteamos. Lo acordado en la iglesia mayor de Segovia durante una conversación que duró varias horas bien podía ser el fin del conflicto sucesorio de la única forma posible que la desesperación y el agotamiento de Enrique podían concebir ya, la desaparición física del oponente. Ciertamente que esta drástica solución final no nos encaja con la personalidad de Enrique, que no olvidemos que era hermano de Alfonso por lo que cuesta creer que se hablara explícitamente de un asesinato, pero conociendo la habilidad de Pacheco no es difícil pensar que supo utilizar las palabras convenientes para enmascarar sus verdaderas intenciones. Y con Isabel, ¿Qué solución habría?. Otro asesinato resultaría demasiado evidente, así que un matrimonio que la alejara de la corte de Castilla parecía lo más conveniente. Y así aconteció, o mejor dicho así se intentó.

         Pero volvamos a Isabel, ya he relatado que nada más liberarse Segovia, ese mismo día monta a caballo rumbo a Arévalo y allí va a permanecer varios meses junto a su madre y junto a su hermano. Lo sabemos bien por la celebración del cumpleaños de Alfonso el 15 de noviembre de 1467. El joven rey cumplía 14 años. Iba a ser su último cumpleaños. Nadie esperaba el desenlace que estaba a punto de acontecer y ajenos e inocentes a todo, Isabel preparó a su hermano el cumpleaños que un rey merecía. Para ello encargó al poeta Gómez Manrique unos versos que se recitarían en una escenificación teatral el día del cumpleaños de Alfonso, estas piezas teatrales se conocían como momos. En concreto en esa pieza teatral terminó con unos versos en los que la propia Isabel elogiaba a su hermano

                                                                                     Excelente rey doceno

                                                                                     De los Alfonsos llamado

                                                                                     En este año catorceno

                                                                                     Dios te quiera hacer tan bueno

                                                                                     Que excedas a los pasados

                                                                                     En los triunfos y las victorias

                                                                                     Y en grandeza temporal

                                                                                     Tu reinado sea tal

                                                                                     Que merezcas ambas glorias

                                                                                     La terrena y celestial

 

         El otoño y el invierno van a transcurrir tranquilos para los dos hermanos en Arévalo. La aparente debilidad del rey marca un periodo de tranquilidad en Castilla, que sigue teniendo dos reyes, pero en los que no se producen hechos de armas relevantes. Era la calma que siempre precede a la tempestad. En los albores de la primavera Alfonso hace un generoso regalo a su hermana, la villa de Medina del Campo, mediante una donación que Isabel acepta de buen grado firmando en el documento “ Yo, la Infanta”, era el 14 de Marzo de 1468. Y mientras los dos jóvenes hermanos revivían su niñez en Arévalo junto a su madre, Pacheco preparaba en secreto junto a los partidarios de Enrique el fin de la cuestión castellana (digo en secreto puesto que formalmente Pacheco estaba junto a Carrillo, Alfonso e Isabel). Un hecho importante en este periodo es la intervención del Papa Paulo II. El sucesor de pedro envió dos cartas, una a cada bando, al rey Enrique le pedía fortaleza para aguantar los agravios de sus súbditos, así como Jesucristo padeció los de su propio pueblo. Más severo se mostró con los partidarios de Alfonso a los que advertía del riesgo de ser excomulgados puesto que a juicio del Santo Padre, solo Dios podía quitar y poner reyes y los rebeldes con su pretensión de querer derrocar al rey legítimo de Castilla no eran más que usurpadores del poder divino. Ante tan dura advertencia, el arzobispo Carrillo envió a Roma a dos hombres de su plena confianza, Pedro Fernández de Solís, abad de Párraces y al Comendador Fray Hernando de Arce, con el fin de apaciguar al Papa. El intento fue en vano. Se les prohibió durante varios días la entrada en Roma y se les advirtió que no se presentaran ante el Santo Padre como enviados del rey de Castilla pues tal condición Roma sólo se la reconocía a Enrique. Lo curioso viene a continuación. Tras unos días de tensa espera los enviados de Alfonso son recibidos por el Para quien no atiende las explicaciones de los representantes de Alfonso y les advierte 

“ Yo les mando que tornen presto a la obediencia de su verdadero Señor, e rey natural, e que se guarden de seguir mas al Príncipe porque Dios lo llamará presto….”.

Si el Para era un visionario, o tenía información divina o humana sobre lo que unas semanas le iba a acontecer al joven Alfonso no lo sabemos, pero que su vaticinio por escrito se cumplió es un hecho innegable. Macabra predicción que dejó mudos a los emisarios de Alfonso que volvieron a Castilla.

Pero no menos extraña es la revelación del cronista Diego Enriquez, quien al narrar la muerte de Alfonso dice expresamente:

“ Pero fue cosa de grand maravilla, que tres días antes de que muriese, fue divulgada su muerte por todo el reyno…..”

Estos dos asombrosos hechos, han pasado inadvertidos para los historiadores y a mi modesto juicio no debería de haber sido así pues ambos son dos hechos, en primer lugar, innegables pues ambos constan por escrito y en segundo lugar ambos hechos nos demuestran el vaticinio por adelantado de la muerte del joven Alfonso. ¿Casualidad?. Podemos decir que la advertencia papal si pudiera haber sido fruto de la casualidad, pero que Alfonso enfermera y tres días antes de su muerte se comunicara ésta a todo el reino es un hecho que nos advierte de que la muerte de Alfonso era algo planeado.

Vayamos a los hechos. Ya hemos visto que Pacheco andaba con su tradicional doble juego entre ambos bandos. El cronista Alfonso de Palencia nos menciona una reunión en Peñaranda entre Pacheco, el Conde de Plasencia, el Conde de Alba de Liste y el Conde de Alba de Tormes en la que se protestó en nombre del Arzobispo de Toledo por estar llegándose a acuerdos en contra de los intereses del príncipe Alfonso. Según Palencia, “esta protesta rasgó la densa niebla en la que todo estaba envuelto e hizo que cada uno emprendiese su camino”. Que Alfonso estaba siendo objeto de una traición desde su propio bando era, ni mas ni menos, lo que nos quería contar el cronista. También nos cuenta el brote de peste que azotaba la comarca de Arévalo por aquel principio de año de 1468 y que era intención del marqués el prolongar de manera artificial la estancia en Arévalo buscando que Alfonso enfermara y conseguir una muerte natural del Príncipe. No perdamos detalle del relato del cronista:

“ Cuando vió que toda la corrupción del aire era impotente para dañar a Don Alfonso, recurrió a la acción más eficaz del veneno, porque ya, según luego se conoció, trabajaba para la causa de Don Enrique. Juzgo yo autor de este crimen al citado Maestre (Pacheco), así por los indicios de su vida anterior, como principalmente por lo que voy a referir. Salió de Arévalo el rey junto a su hermana el 30 de junio, y llegó antes de anochecer a la aldea de Cardeñosa, a dos leguas de Ávila Entre los demás platos, presentaronle una trucha empanada, manjar a que era muy aficionado. Comió el desgraciado joven gran parte y al punto se sintió acometido de sueño pesado y se fue a costar sin mediar palabra. A mediodía del día siguiente, aun no se había levantado, contra su costumbre y entonces los de su cámara se acercaron al lecho, le llamaron, tocaron su cuerpo y viendo que no respondía, prorrumpieron en grandes clamores. A los gritos respondieron el Arzobispo de Toledo, el maestre de Santiago y el obispo de Coria con la desdichada hermana del enfermo y como no contestaba a las preguntas que se le hacían registraron su cuerpo y sólo en el sobaco izquierdo hallaron alguna sensibilidad dolorosa, aunque la glándula no estaba hinchada. Llamóse inmediatamente al médico, que admirado de la pérdida del uso de la palabra recurrió a la sangría, pero no salió la sangre ya coagulada. Además el entorpecimiento de la lengua y lo negro de la boca señales eran de un virus diferente de la pestilencia, y ni por las picaduras de las agujas en piernas y brazos, ni por los continuos sacudimientos de quienes le rodeaban pudo conocerse el menor indicio de hallarse atacado de ella”.

Que Alfonso muriera de peste como sostiene la versión oficial de la Historia es sencillamente falso. La peste presenta unos síntomas evidentes, fiebre, vómitos, dolor de cabeza, nauseas. Ninguna de esta sintomatología se apreció en Alfonso. El cuadro médico que describe Palencia se asemeja más a una reacción del cuerpo a un veneno neurotóxico, probablemente, cicuta. Que un joven de 14 años se acueste somnoliento y ya no despierte nos revela un envenenamiento que produjo que Alfonso estuviera varios días en coma antes de fallecer. La acusación del cronista Palencia al marqués de Villena es razonada, clara y directa y puesta en contexto con todos los indicios expuestos a lo largo de este capítulo nos llevan a la razonable conclusión que el joven Príncipe murió envenenado.

         Era el 5 de Julio de 1468. Alfonso, príncipe o rey de Castilla según se quiera otorgar cualesquiera de las dos condiciones, moría siendo un niño. Un niño que había sido utilizado durante más de tres años por unos y otros y que había encontrado la muerte. Todos lloraron esa noche su muerte. Todos menos Juan Pacheco, que cenó abundantemente según no cuenta el propio Alfonso de Palencia. Quedaba así aparentemente resuelto de momento el conflicto castellano, pues pocos veían en Isabel una mujer capaz de tomar las riendas del conflicto sucesorio y continuar cuestionando la legitimidad de Enrique. ¿Se equivocaban?. En parte si………

 

         Escrito en Aranjuez a 5 de Enero de 2025

         Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

 

Isabel, la Forja de una Reina. Parte XI

También, señora, vos suplico siempre se acuerde de mí, puesto que no tenéis persona en este mundo que tanto vos quiera como yo”

 

Extracto de carta escrita por el rey Enrique IV a su hermana Isabel.

 

La muerte de Alfonso, príncipe o rey, ponía un aparente final a más de tres años de zozobra en Castilla. Desde un punto de vista objetivo histórico y jurídico, cabe considerar el movimiento rebelde que encabezaba el infortunado joven como un intento de usurpación al trono. Si analizamos el derecho castellano del siglo XV, materializado fundamentalmente en las partidas de Alfonso X no encontramos en el ordenamiento jurídico fundamento alguna para derrocar a un rey. Así, en la ley quince, del Título I de la Primera Partida se establece que….  

 

El rey debe guardar las leyes a su hechura y a su forma, porque recibo poder y razón para hacer justicia; y si nos las guardase, vendría contra su hecho y las desataría y de ello le vendrían dos daños, uno desatar tan buena cosa, otro, que se tornaría comunal de todo el pueblo, y esto lo envilecería a sí mismo y se le tendría por de mal seso, sus mandamientos serían menospreciados”

 

Es decir, si un rey no respetase las leyes el castigo que establece el cuerpo legal castellano es un castigo más moral que real, puesto que las consecuencias de ello serían en principio la desacreditación pública del propio monarca y el envilecimiento de sus súbditos al considerar éstos que si el propio rey no respeta las leyes porque han de respetarlas ellos. Pero si seguimos estudiando el derecho castellano, más claramente vemos en la Segunda Partida, y concretamente en la ley nueve del Título II las cuatro causas por las que se puede acceder a la condición de soberano de Castilla

 

“ Es llamado rey verdaderamente a aquel que con derecho gana el señorío del reino, y puédese ganar por derecho de estas cuatro maneras: la primera es cuando por herencia hereda los reinos el hijo mayor, o alguno de los otros que son más cercanos parientes de los reyes al tiempo de su muerte, la segunda es cuando lo gana por conformidad de todos los del reino, que lo escogen por señor, no habiendo pariente que deba heredar el señorío del rey finado por derecho, la tercera razón es por casamiento y esto es cuando alguno casa con dueña que es heredera del reino, que aunque él no venga de linaje de reyes, puede llamarse rey, después que fuere casado con ella, la cuarta es por otorgamiento del papa o emperador cuando alguno de ellos hace reyes en aquellas tierras en que tiene derecho de hacerlo”.

 

Los cuatro supuestos son concretos, y su interpretación no deja margen alguno a la controversia. No existía en el derecho castellano ninguna causa legal para intitularse rey, distinta a la de ser el primogénito varón a la muerte del monarca o pariente más cercano a falta de este. Es decir, debieran de producirse dos hechos objetivos, el primero, la muerte del rey, el segundo, el parentesco. Es evidente que Enrique IV se encontraba vivo en el momento del levantamiento rebelde y por tanto no existía amparo legal en la pretensión de dicho bando. Las otras tres causas no merecen objeto de análisis puesto que los supuestos de hecho objetivos que requieren no son los que sucedieron en el concreto momento que nos ocupa. Curioso resulta leer la ley décima que contempla la figura de la tiranía, y en primer lugar califica de tirano al que por la fuerza se hace con un reino, por lo que en caso de haber triunfado el movimiento rebelde, la calificación legal de Alfonso hubiera sido la de tirano. Continúa la citada ley señalando que tirano puede serlo también el rey legítimo si usase mal de su poder, pero fuera de este calificativo moral, ninguna otra consecuencia legal se establecía para este comportamiento. Y aunque la hubiera, calificar a Enrique IV de tirano es históricamente un injusto desacierto. Que no fue un buen rey es algo fuera de toda duda, pero lo que aconteció en Castilla fue simplemente la utilización de un niño por parte de un hombre ebrio de ambición como lo fue Juan Pacheco, e Marqués de Villena.

 

Este análisis jurídico que hago no resulta baladí, pues si bien deslegitima desde el punto de vista legal la rebelión nobiliaria, sirve al contrario para amparar la subida al trono de Isabel de Trastámara que algunos historiadores nublados por absurdos sentimientos regionalistas han intentado calificar de usurpación. Pero esta cuestión la analizaré más adelante cuando relate la proclamación de Isabel.

 

Sentado todo lo anterior debemos seguir con el exacto relato de los hechos acaecidos a la muerte de Alfonso. Su cadáver fue llevado a Arévalo y allí se le dio cristiana sepultura en el monasterio de San Francisco, situado fuera de los muros de la ciudad. Isabel, fue conducida a Ávila en compañía del marqués de Villena y del Arzobispo de Toledo. Significativo es en este punto el comentario del cronista Alfonso de Palencia sobre la relación entre ambos personajes…

 

“El arzobispo de Toledo llevó en su compañía á la ilustre princesa Doña Isabel, legítima heredera del reino, y se dirigió á Ávila con el maestre de Santiago, en cuyo poder era ésta prenda muy suficiente para sus intrigas, porque el Arzobispo, poco activo en este punto y descuidado, abandonaba siempre todas las prerrogativas del poder á la guarda y discreción de su sobrino, dando así motivo á que se le creyese cómplice de las maldades perpetradas”.

 

Este acertado comentario del cronista nos sirve para entender ambas personalidades, si bien los dos eran personas que ambicionaban el poder, Carrillo lo ambicionaba dentro de unos márgenes morales que Pacheco simplemente despreciaba. Los comportamientos de ambos en los años venideros son van a desvelar a un arzobispo de Toledo que se acercará paulatinamente a Isabel en la misma medida que se aleja de Pacheco y esto es algo que se ha de reconocer pues equiparar a ambos y situarlos en el mismo listón de ambición resultaría no solo falso sino además injusto.

 

Pero volvamos a ese verano de 1468 que había visto en sus primeros días morir a uno de los dos reyes que hasta entonces existían en Castilla y que iba a finalizar con un hecho que pasaría a formar parte de la historia de Castilla y de España. Como dije, Isabel se encontraba en Ávila y allí junto a Pacheco y Carrillo, e  intentaba recabar la mayor información posible sobre las voluntades de las diversas ciudades. La tesitura era clara, había que saber que ciudades estaban dispuestas a reconocer a Isabel como reina de Castilla en continuación con su apoyo al bando rebelde y que ciudades, muerto Alfonso, querían volver a prestar obediencia al rey Enrique. Isabel tenía ya diecisiete años y si bien estaba junto a dos verdaderos animales políticos debemos de pensar en ella como una mujer que calculaba bien las decisiones y tenía su propio criterio y su voluntad de hacerlo valer. Ya lo había demostrado antes al rechazar su matrimonio con el rey de Portugal y en esta nueva encrucijada difícilmente podemos comparar a Isabel con su hermano Alfonso, firmando los documentos que Pacheco le ponía en la mesa sin mayor consideración. El ejercicio de calculo que tuvo lugar en Ávila fue un ejemplo de habilidad política. Comprobado que gran parte de las ciudades castellanas volvían al lado de Enrique, Isabel no quiso proclamarse reina y su objetivo era simplemente que se la declarara Princesa de Asturias y por tanto heredera legítima a la Corona de Castilla. Que la mayoría de las ciudades castellanas volvían al lado de Enrique es algo que se puede comprobar, pongo aquí como ejemplo una carta que Enrique, fechada en Madrid a quince de Julio de 1468 y enviada a la ciudad de Toledo desposeyendo de sus títulos de regidores de la ciudad a Pedro Guzmán, Pedro Martínez y Alonso de Villalobos…..

 

“….por lo qual los susodichos cayeron en las dichas penas en mis cartas contenidas et en otras penas et castigos,et han perdido et deben perder los dichos oficios et pertenesce á mí deproveer et facer merced dellos : et porque en lo tal á mí como Rey et Señor pertenesce proveer et lo puniret castigar, mi merced es deles privar et quitar, et por la presenteles privo et quito ios dichos oficios de regimientos, et revoco et dó por ningunos qualquier ó qualesquier títulos que cada uno de les dichos Per Afán de Ribera et Pero de Gusman et Pero Martines de Carrion et Alfonso de Villalobos….”

 

Pero Enrique no quería más guerra en Castilla y temeroso de que Pacheco se encontrase junto a Isabel, mandó a tres miembros del Consejo Real como emisarios a Ávila a fin de solicitar a Pacheco y Carillo que volvieran a la obediencia del rey. Fue el propio Marqués de Villena el que recibió a los tres representantes del rey y les contestó, que enviarían a la Corte un emisario con las condiciones de los nobles rebeldes. El elegido fue el Arzobispo de Sevilla, quien tras acudir a Ávila y entrevistarse con Isabel, Carrillo y Pacheco, traslado al rey la única condición de la rendición del bando nobiliario, que se jurase a Isabel como Princesa de Asturias. En el transcurso de estas conversaciones la ciudad de Burgos juró lealtad al rey, lo que supuso un gran respaldo para Enrique, quien recibió la visita del Marqués de Santillana en la corte que en ese momento se encontraba en Madrid. Para sorpresa de todos el rey parecía dispuesto a aceptar la pretensión de Carillo y Pacheco. Que Enrique era un hombre de voluntad quebradiza y débil es algo incuestionable y que más de tres años de conflicto habían acrecentado esta condición es algo que resulta lógico concluir. A ello hemos de añadir que la reina Juana se encontraba en Alahejos bajo la custodia del propio Arzobispo de Sevilla por lo que la decisión de nombrar a Isabel Princesa de Asturias y por tanto privar a su propia hija de la corona de Castilla resultaba menos difícil para Enrique pues durante los primeros años del conflicto sucesorio Juana de Portugal actuó con vehemencia en defensa del derecho al trono de su hija y condicionó muchas de las decisiones de Enrique en ese primer momento del conflicto. Que la voluntad de Enrique era esa lo demuestra el hecho de que el Marqués de Santillana saliera bramando de la Corte de Madrid como nos relata el cronista Diego de Enríquez

 

“Pasados algunos días después que el Marqués de Santillana, y el Obispo de Siguenza é sus hermanos fueron venidos á la Corte , vino el Arzobispo de Sevilla con el trato de los Perlados é caballeros , que estaban en Avila , enque le suplicaban , que pues el Príncipe Don Alonso su hermano era faliescido , quisiese en lugar de él jurar por Princesa heredera y sucesora de los reynos después de sus dias á la Infanta Doña Isabel su hermana. E puesto que aquello fuese muy molesta cosa para el Rey ; porque era contra su voluntad , como ya estaba harto de muchas congojas , é de poco reposo según su condición , é tenia grand gana de tornar  á su servicio al Maestre Don Juan Pacheco , para tener alvun descanso e reposo, pensando que de esta manera lo ternia , sin consultar cosa alguna de ello con los Mendozas, acepto de lo hacer: de que el Marqués de Santiliana, y el Obispo de Siguenza é los otros sus hermanos fueron muy descontentos, así por la mengua del Rey como por la perdición de su hija, que ellos tenían en rehenes : é ansí en son de muy enojados se partieron de Madrid para Guadalaxara”.

 

Y en este transcurrir de los hechos va a suceder un hecho muy curioso y relevante, que nos cuenta también el mismo cronista. Es la fuga de Alahejos de la Reina Juana, quien, se encontraba embarazada de siete meses ( de ahí que para algunos haya pasado a la historia como la reina adultera). La fuga fue facilitada por el propio sobrino del Arzobispo de Sevilla, llamado Pedro y autor material del adulterio de la reina. Pues sin rubor, la reina en una mula se desplazó hasta Buitrago donde se encontraba ya el marqués de Santillana junto a la hija de la reina que mantenía bajo su custodia. Pueden imaginarse la escena, digna de la mejor de las telenovelas. La aparición de la reina en Buitrago con el noble fin de ver a su hija, dejó al marqués de Santillana sin palabras al ver el estado de gestación de la mujer del rey que hasta entonces nadie conocía.

 

No resulta en este análisis, por tanto, difícil de entender la postura de Enrique IV. Agotado, engañado por su mujer y lejos de la presencia física de su hija la decisión de apartarla del trono en beneficio de su tía y madrina Isabel era más fácil de asimilar. ¿Cómo defender la legitima condición de heredera al trono de su hija por parte de quien había tardado años en, supuestamente, dejar embarazada al a la reina, cuando otro castellano por el contrario en unos meses había conseguido hacerlo y además, para más inri, de gemelos?. Sin embargo, el decantar de las principales ciudades de Castilla por el bando enriqueño algo de fuerza le daba aun para negociar, tengamos en cuenta además que el enfado de la familia Mendoza con el rey abría las puertas de nuevo al marqués de Villena para ser de nuevo el principal consejero de Enrique, por tanto, Isabel debía ser cauta.

 

Y lo fue. Lo primero que hizo el 20 de Julio fue nombrar a Gonzalo Chacón mayordomo y contador mayor de su casa, y lo hizo firmando el nombramiento intitulándose Princesa…

 

“ Isabel, por la gracia de Dios, Princesa legítima heredera subcesora en estos regnos de Castilla y León…….”.

 

El movimiento es calculado. Cuatro personas rodean a Isabel en Ávila, el arzobispo Carrillo es partidario del enfrentamiento directo con el rey, lo que supone la proclamación de Isabel como reina y la prolongación del conflicto. Chacón y Cárdenas muestran una postura más cuerda, acorde a la situación actual tras la pérdida de Toledo y Burgos y que se materializa en dejar reinar a Enrique y que se nombre Princesa de Asturias a Isabel. Y el marqués de Villena…….., pues Pacheco sólo pensaba en el poder y ve en Isabel a una jovencita que, si bien es difícil de convencer, puede ser víctima del engaño…..y en ello está, pues siendo rey Enrique y pacificado el reino sabe de sobra que buscará su brazo para apoyarse en él mientras viva.

 

 

Isabel toma la primera decisión que marcaría su inmensa obra política. El punto de partida es evitar continuar con el enfrentamiento civil. Las cartas de Gutierre de Cárdenas envía a distintas ciudades en las que Isabel las encabeza…”Es notorio y manifiesto yo ser legítima e derecha sucesora destos Regnos…..” no tienen el respaldo esperado. Lo más inteligente es aprovechar la debilidad emocional de su hermano y lograr el nombramiento como princesa heredera. Con eso bastaba.

 

Y Enrique ¿ de quien estaba rodeado en esos tensos momentos?. Huérfano del apoyo de los Mendoza se respaldó en el arzobispo de Sevilla y en su mayordomo Andrés Cabrera. Así nos lo relata el cronista Hernando del Pulgar, quien expone la postura de ambos favorable a la concordia con Isabel

 

“…porque cesare la división, cesarían los males quedella se esperaban, y él gozaría del futuro de la paz, y sería libre para todos los trabajos y gastos, y del poco reposo y quietud que su persona padecía”.

 

Enrique desoyendo otros consejos que le apremiaban a castigar duramente a los cabecillas de la rebelión decidió negociar y durante el mes de agosto se carteó personalmente con su hermana. Ambos bandos, conciliados por el marqués de Villena se reunieron el 17 de Agosto en la localidad de Castronuño. La reunión duró cinco días y poco se sabe de lla puesto que no han llegado documentos de la misma pero no debió d haber grandes acuerdos puesto que ambas partes se citaron para resolver de forma definitiva el conflicto en la venta de Guisando. Sería el 18 de septiembre de 1468. Isabel salió de Ávila y atravesando la paramera fijó su campamento en la localidad de Cebreros. Enrique desde Madrid se aposentó en la localidad de Cadalso. Guisando quedaba justo a mitad de camino de ambos.

 

Y así aconteció uno de los momentos más importantes de la Historia de España. Las Vistas de Guisando. Isabel, sabedora de la importancia de los detalles acudió a Guisando a lomos de una mula cuyas riendas portaba nada más y nada menos que el Arzobispo Carrillo. Quien era partidario de continuar la guerra ahora conducía la mula que transportaba a la futura princesa heredera de Castilla y ello no se realizó con la intención de humillar al Arzobispo, pues no era éste hombre que dejase tal extremo suceder, sino que se trataba de una demostración de Isabel de acreditar una férrea voluntad y decisión propia. Enrique la recibió muy cordial y cariñosamente, demasiado…..”mi hermana…mi princesa….”. Una carta en la manga guardaba….y Chacón lo intuyó……

 

Escrito en Aranjuez a 2 de Febrero de 2025.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Campos de Guisando

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte XII

 

 

          “Por quanto por algunas causas é rasones cumplideras A servicio de dicho señor Rey é de la dicha señora Infanta se fizo é firmó é selló por ellos otra escritura, en que se contienen algunas cosas de Jas aquí contenidas en diversa forma de como aquí se contiene., es asentado é concordado que la otra escritura non se aya de guardar nin usar della salvo solamente esta, la qual aya de quedar é quede firme é valedera para siempre jamas”.

 

         Extracto de la Concordia de Guisando.

 

         He decidido encabezar el artículo de hoy con este fragmento de la Concordia de Guisando que me parece especialmente interesante. La Concordia de Guisando o la Capitulación de Guisando como la define Tarsicio de Azcona fue firmada entre Isabel y su hermano Enrique el 18 de septiembre en la llamada venta de Guisando, que para que el lector se sitúe se correspondería con la explanada que hoy en día se extiende en esta localidad abulense frente al recinto donde se encuentran los famosos toros de Guisando. La gente, guiada por la inscripción que se encuentra grabada en la piedra del muro que guarda el recinto con los famosos verracos de piedra suele confundirse y pensar que la concordia se realizó en ese propio recinto y el que acuda a visitar el lugar pronto se dará cuenta del error, pues no es posible imaginar en esa pequeña parcela a la gran cantidad de personas que estuvieron presentes en dicho acto. Téngase en cuenta que Isabel acudió custodiada por doscientos lanceros al servicio del Arzobispo de Toledo y Enrique no gozó de menor custodia.

 

         Situados ya geográficamente, me detengo en el meritado párrafo de la Concordia pues del mismo se deduce que existía otro documento previo que contenía diversos acuerdos, que si bien en su gran mayoría debían de contener lo que definitivamente se plasmó en el documento que ha llegado a nuestros días, también debía contener otros extremos sobre los que finalmente no hubo consenso. El hecho no es baladí, pues refleja que existieron negociaciones previas entre ambos bandos y que las mismas fueron intensas. Sea como fuera, pues ese documento precedente no ha llegado a nuestras manos, lo cierto es que el verano de 1468 iba a morir dando paso al nacimiento de Isabel como princesa heredera. 

 

         Ambos bandos acudían a la negociación con exigencias irrenunciables y con otras que pudieran ser negociables. Isabel acudió arropada del Arzobispo Carrillo, de Gonzalo Chacón y de Gutierre de Cárdenas. Enrique por su parte, abandonado por la familia Mendoza, agraviada al conocer el deseo de Enrique de reconocer a Isabel como Princesa de Asturias y por tanto privar del derecho de sucesión al trono a Juana (que se encontraba en Buitrago bajo la custodia de los propios Mendoza) contaba con el respaldo de Alonso de Fonseca, Arzobispo de Sevilla y Andrés Cabrera, mayordomo y consejero real de facto, Don Álvaro de Estúñiga Conde de Plasencia y Don Rodrigo Alonso de Pimentel, Conde de Benavente. ¿Y el Marqués de Villena?, a la sazón, además, Maestre de la Orden de Santiago. ¿No se encontraba allí?. Por supuesto que sí. ¿Y en que bando estaba?. En los dos, por supuesto, porque, aunque formalmente se encontrara al lado de infanta Isabel, las ambiciones de Villena le llevaban a mantener una postura complaciente y negociadora con las dos partes. A Pacheco le interesaba un acuerdo, pero no a cualquier precio.

 

         Las posturas de ambos bandos merecen un detallado estudio al que voy a dedicar el capítulo de hoy dada la trascendencia histórica del hecho que estamos analizando, pues supone, sin duda alguna, el primus gradus, el inicio del camino, de Isabel a su futura coronación como reina de Castilla.

 

         Pues comencemos. Y lo haremos por el Marqués de Villena, ese tercero de Castilla, que siempre andaba, con pasmosa habilidad, entre dos aguas sin que, de momento, le costara la cabeza. ¿Que le interesaba a Pacheco una vez muerto Alfonso?. La muerte del hermano de Isabel había puesto un fin aparente al conflicto sucesorio en Castilla pues en la práctica ya solo había un rey. Un rey, sí, pero un rey muy débil de carácter, mermado por tres años de guerra en Castilla y el reciente descubrimiento de la infidelidad de su esposa con embarazo incluido. Ello ponía a Enrique en una situación negociadora muy desventajosa, que, además, había perdido el respaldo momentáneo de la poderosa familia Mendoza. Sin embargo, contaba con el reconocimiento de las principales ciudades castellanas y contaba con el ofrecimiento de paz que le mostraba el Marqués de Villena. Y este ofrecimiento, era sencillo. Reconocer a Isabel como Princesa de Asturias y por ende, legítima heredera al trono de Castilla con la única, que no gravosa condición, de aceptar el matrimonio que se le propusiese. Ello conllevaría en la práctica la paz definitiva al reino y el alejamiento de la corte de Castilla ya que, aunque princesa, Pacheco tenía en mente retomar el matrimonio de Isabel con Alfonso V de Portugal. Este escenario encumbraría a Don Juan Pacheco como el nuevo valido plenipotenciario del rey de castilla, un nuevo Álvaro de Luna. Las ansias de poder y venganza de Pacheco por la muerte de su hermano quedarían así colmadas.

 

         Y Enrique, como rey y hermano ¿ que deseaba?. Pues sencillamente quería la paz mental. El desgasta de los últimos años había sido desgarrador, su imagen de rey débil y cornudo le atormentaba y deseaba poner fin al conflicto de manera definitiva. La decisión de privar a su supuesta hija Juana del derecho sucesorio en detrimento de Isabel ya no era tan difícil de tomar, en primer lugar, porque ya lo había hecho antes al reconocer a Alfonso como príncipe de Asturias, y en segundo lugar porque la infidelidad de la reina y su embarazo dejaba ya pocas dudas sobre la paternidad de Juana. Como razoné en capítulos anteriores, es difícil sostener la legitimidad de Juana al trono de Castilla como hija de Enrique basándonos en una abrumadora prueba indiciaria. Su infértil y previo matrimonio con Blanca de Navarra, el súbito embarazo de Juana de Portugal tras varios años de matrimonio sin fruto alguno y la infidelidad e instantáneo embarazo de la reina en Alaejos, son hechos objetivos lo suficientemente contundentes como para constituir la meritada prueba indiciaria que nos lleve a la conclusión de que Juana no fue hija de Enrique y por tanto legítima heredera al trono de Castilla. Sino como se explica que un rey prive a su hija del derecho sucesorio, no una, sino dos veces. En esa posición no es difícil suponer que Enrique deseaba una solución rápida y sencilla, que pacificase el reino y que le devolviera la posibilidad de confiar la gobernanza del mismo a una persona capaz y que le inspirara confianza, aunque ésta fuera desleal e interesada y eso se lo ofrecía Pacheco. Y esa decisión fue la que tomo Enrique. ¿Podía haber tomado otra?. Sin duda alguna. Podía haber aceptado el ofrecimiento de la familia Mendoza, que consistía sencillamente en escarmentar a los rebeldes y reconocer a Juana como su legítima hija y heredera al trono de Castilla, expulsando eso sí, a la reina de la Corte previo divorcio de la misma. Hubiera transmitido al pueblo quizás una imagen de rey magnánimo confiado, que durante años había sido engañado en su excesiva bondad por su esposa y por unos pérfidos nobles ansiosos de poder. Ello hubiera supuesto seguramente algunos meses más de guerra, algunas ejecuciones públicas un tanto desagradables, pero podía haber supuesto una solución más digna para Enrique. Dos caminos, uno rápido y sencillo, el otro, largo y más tortuoso. Se escogió lo fácil y como diría Whingston Churchill siglos después afeando a Chamberlein sus pactos con Hitler  “ entre la indignidad y la guerra, escogisteis la indignidad…y tendréis la guerra”.

 

         Por último, Isabel. La joven infanta acudió a Guisando escoltada por más de doscientos lanceros que le proporcionó el Arzobispo de Toledo. Carrillo no era ajeno a los tejemanejes de su sobrino, Juan Pacheco y tenía sospecha o convencimiento de que la muerte de Alfonso había sido obra de un envenenamiento inducido por el Marqués de Villena. Y muerto un príncipe porque no acabar también con una infanta y despejar el camino de la sucesión. El arzobispo de Toledo era partidario de que, siguiendo con la lógica argumental que había tenido el movimiento de la rebelión nobiliaria desde su origen, Isabel se proclamase reina de Castilla. Y tenía sentido. Si tres años antes junto a las murallas de Ávila habiendo derrocado simbólicamente a un rey tirano, porque la situación ahora debía ser diferente existiendo un descendiente legítimo del rey Juan II. Los vicios y pecados imputados a Enrique no habían sido subsanados en estos tres años de conflicto civil así que la buena lógica ordenaba proclamar a Isabel como reina. Sin embargo, Isabel, bien aconsejada por Chacón y Cárdenas, y por el propio marqués de Villena,  mostró maneras de buena ajedrecista calculando bien no sólo sus movimientos sino las esperadas respuestas del contrario a los mismos. Sabedora de que las principales ciudades de Castilla estaban con Enrique, de que el marqués de Villena empezaba a convertirse en más enemigo que amigo y de que una guerra traería sólo mas desgracia a Castilla escogió una posición prudente. Exigiría de manera innegociable ser proclamada Princesa de Asturias, y por tanto, legítima heredera al trono de Castilla. Lo demás, se solventaría bien de mano de la providencia, bien con astucia política. Isabel era consciente de que la muerte de Pedro Girón había sido fruto de la mano de la providencia y que ese acontecer, junto con la pérdida de su querido hermano pequeño no significaba otra cosa que su divino designio para ser reina de Castilla.

 

         Expuestos aquí las posiciones de las tres partes vayamos a lo que finalmente se acordó. Lo haremos analizando el texto original. Y antes de ello se ha de significar que con  independencia de ambos bandos en Guisando se encontraba el Obispo de León, Antonio de Veneris y se encontraba en su calidad de nuncio apostólico, es decir, como representante del Papa Paulo II, a fin de dar solemnidad a lo allí acordado y la bendición papal del acuerdo, pues la discordia en Castilla no era asunto que dejara indiferente a Roma toda vez que en la península ibérica existía aun un reino musulmán con el evidente peligro que ello suponía para la Cristiandad, pues el reino nazarí de Granada era visto como una cabeza de playa para los musulmanes de África, que en cualquier momento podían invadir de nuevo la península, máxime en un periodo de enfrentamientos internos. Un último apunte, existen dudas sobre la fecha exacta de la Concordia de Guisando, si fue el 18 o el 19 de septiembre de 1468. La respuesta ha de ser que la Concordia de Guisando, como documento en sí, fue firmado el 18 de septiembre y los actos protocolarios de reconocimiento de los acuerdos se realizaron el lunes 19 de septiembre. Así se desprende de las ocho copias de la Concordia que han llegado a nuestros días y del acta notarial de los meritados actos del lunes 19 de septiembre, que la propia reina Isabel envió a la ciudad de Murcia en 1471 como apoyo documental a su exigencia a la ciudad de su reconocimiento como reina de Castilla. Vayamos al texto……

 

         

 “Las  cosas  concordadas e  asentadas  entre el  muy  alto e  muy  poderoso rey nuestro  señor  e la  muy  exçelente señora  infante  doña Ysabel  su  hermana son  las siguientes:

 

Primeramente  que por  cuanto  por  el  bien e  pas  e sosiego  destos  reynos, e  por atajar las guerras e males e divisiones que en ellos al presente hay, e se espera adelante, e  queriendo proveer  como  estos reynos  non  ayan de  quedar  nin queden  sin  legitimos subçesores  del linage  del  dicho señor  rey  e de  la  dicha señora  infante , e por segund la hedad en que ella esta puede luego mediante la graçia de Dios casar e aver generaçion, e por  el  gran  debdo e  amor  quel dicho  señor  con ella  tiene,  a  su  altesa plase  dar  su  consentimiento  e abtoridad  para  que sea  intitulada  e jurada  e  nombrada e  llamada  e  avida  e tenida  por  prinçesa e  su  primera heredera  e  subçesora en  estos  dichos reynos  e señorios despues de los dias del dicho señor rey segund lo qual es cosa conveniente e muy  nesçesaria para  el  bien común  de  los dichos  reynose  para la  pas  e sosiego  dellos que la dicha señora infante este conforme con el dicho señor rey y le obedesca e acate e sirva e siga como a su rey e señor e padre……”

 

        La primera estipulación del acuerdo es reveladora de la trascendencia del acuerdo, pues lo que primero se reconoce es la ilegitimidad de Juana como hija de Enrique al manifestar que el acuerdo surge con la finalidad no sólo de pacificar las tierras castellanas si no la de asegurar que el reino tenga legítimos sucesores a la muerte del propio Enrique. La dureza y claridad del acuerdo primero a llevado a algunos historiadores como Tarsicio de Azcona a considerar la Concordia de Guisando como una verdadera Capitulación del rey. Sin embargo, a mi juicio, lo que el rey hace, es un acto de sinceridad y es reconocer la evidencia de la ilegitimidad de su hija y por tanto privarla de facto de su indebido derecho sucesorio. Sentado lo cual, sólo queda reconocer a Isabel como princesa de Asturias y legítima heredera al trono de Castilla. La estipulación primera concluye con el reconocimiento de Enrique como legítimo rey, obligando a Isabel a jurarle lealtad y obediencia como tal. La frase es hábilmente introducida en el acuerdo por los partidarios de Enrique no como un mero formalismo, sino que tiene una verdadera y única intención como a continuación se expone

 

         “Por ende es acordado e asentado que la dicha señora  infante desde  oy  dia  de  la fecha  desta  escriptura en  dos dias primeros seguientes se aya de yr e vaya a juntar e andar e estar con el dicho señor rey en su corte a qualquier lugar donde su alteza estoviere , e con el muy reverendo padre don Alfonso de Fonseca, arçobispo  de  Sevilla, e  don  Ihoan Pacheco,  maestre de Santiago, e don Alvaro Stuñiga,conde  de  Plazençia, fasta  que  mediante la  graçia  de Dios  la  dicha señora  infante  sea casada. E otrosy que aya de servir e seguir e obedeçer e acatar, e sirva e siga e obedezca e  acate al  dicho  señor rey  como  a su  rey e  señor natural  de  todos los  dichos  reynos e  señoríos  e non  a  otra persona  alguna,  e aya  de  guardar e  guarde  la vida  e  persona e  real  estado del  dicho  señor rey  como  la suya  propia  en todos  los  dias de  su  vida del  dicho  señor rey,  e  asy mismo  aya  de trabajar  e  procurar e  trabage  e procure  con  todas sus fuerças  e  poder que  todas  las çibdades  e  villas e  lugares  destos dichos  reynos  sean  reducidas  a su  obediencia,  e  para  ello de  todas  las cartas  e  provisiones que  fueren menester….”

 

        En efecto. Concedido el reconocimiento a Isabel como legítima heredera al trono de Castilla a continuación se empieza a vislumbrar las limitaciones al importante reconocimiento realizado. Evidentemente Isabel es princesa, pero en el mismo acto también es cautiva. Y lo es por segunda vez. Si la primera vez lo fue en Segovia y en Aranda de la mano de su hermano y la reina Juana de Portugal, ahora lo va a volver a ser de Enrique y además bajo la estrecha vigilancia del marqués de Villena. Un cautiverio, aunque le termino correcto sería el de custodia, con una fecha de término, una fecha, si bien no concretada cronológicamente pero si concretada materialmente. La princesa sería libre una vez contrajera matrimonio.

 

         “Item es acordado e asentado que asy venida la dicha señora infante a la corte del dicho  señor rey,  segund  dicho es,  que  su alteza  dende  en adelante  aya  de guardar  e  guarde la vida e persona e real estado de la dicha señora ynfante como la suya propia, e que luego  en  el mismo  día  que  en  la dicha corte  entrare  aya de  ser  e sea  intitulada  e reçebida e  jurada  e llamada  por  prinçesa e  primera  heredera del  dicho  señor rey  e subsçesora  destos dichos  reynos  e señoríos  como  dicho es  asy  por el  dicho  señor rey como  por  los dichos  arçobispo  e  maestre  e conde  e  los otros  prelados  e grandes  que estovieren en la corte del dicho señor rey. E dentro de quarenta dias primerso siguientes desde  oy dicho  dia  aya de  ser  e sea  jurada  por los  otros  grandes del  reyno  e por  los procuradores  de las  igibdades  e  villas  e logares  e  hermandades dellos,  para  lo qual  los 

dichos  procuradores ayan  de  ser  e  sean luego  llamados  por  el  dicho señor  rey;  e  asy núsmo que luego desde entonçes para despues de los dias del dicho señor rey aya de ser e sea reçebida por señora e reyna destos  dichos  reynos e  señorios,  para lo  qual  todo  e cada   cosa   dello  el   dicho   señor  rey   por   la  presente   escriptura   da  e   otorga   su consentimiento  e abtoridad  e  quiere e  manda  que se  fagan  sobre ello  a  la dicha  señora  infante por  los  dichos perlados  e  cavalleros e  grandes  e procuradores  de  las dichas çibdades e villas e hermandades todos los juramentos e omenajes e solepnidades que en tal caso se requieran, e quel dicho señor rey aya de dar e de para ello todas las cartas e provisiones que  le  fueren pedida s por parte de la dicha señora infante con qualesquier vinculos  e firmesas  que  conplieren, e  asy  mismo su  alteza  aya de  procurar  qualesquier provisiones  e relaxaçiones  de qualesquier  juramentos  que fasta  aqui  ayan seydo  fechos sobre  la subçesion  de  los dichos  regnos,  de nuestro  Santo  Padre o  de  su legado,  que  fueren conplideras  para  seguridad de  la  dicha subçesion  de  la dicha  señora  ynfante con aprovaçion dello, e quel dicho legado faga luego todo lo que en esto puede faser….”

 

         Que la desconfianza era mutua es algo que rezuma el propio texto de la Concordia. Las continuas alusiones a guardar uno la vida del otro denotan un temor cierto entre ambas partes a un posible mutuo magnicidio. No era de extrañar, la verdad sea dicha, pues a todos constaba que el príncipe Alfonso había muerto envenenado y si bien resulta un tanto pueril dejar una advertencia en tal sentido por escrito creo que ambas partes querían dejar constancia de ello por escrito para que en el caso de que algo aconteciera sobre Enrique o Isabel el dedo acusador señalara al uno o al otro.

 

             

“ Ytem  que por  quanto  la dicha  señora  infante acatando  el  grande amor  que  tiene con el dicho señor rey, e el deseo que sienpre tovo e tiene de su serviçio, a su señoria plaze  de le  obedeçer  e acatar  como  a su  rey  e  señor  e padre,  e  dexarse e  apartarse  de todos otros caminos e cosas de quel dicho señor rey podiese reçebir deserviçio e enojo, e por  mano  de su  alteza  reçebre toda  merçed  como de  su  señor e  padre  e non  por  otras vias algunas e asy mismo al dicho señor rey plase de la aver e tener como a su hermana muy  amada e  como  a  fija e  su primera  heredera  e subçesora  en  estos dichos  regnos  e señorios despues de sus dias. Por lo qual al dicho señor rey plaze darle e asignarle, e por la presente escriptura le da e asigna por patrimonio con que pueda sostener e sostenga su  persona e  casa  e real  estado  durante la  vida  del dicho  señor  rey el  prinçipado  de Asturias de  Oviedo  e las  çibdades  de Avila  e  Huete e  Ubeda  e Alcaras  e  las villas  de Molina  e Medina  del  Campo e  Escalona con  sus fortalezas  e  alcaçares e  jurediçion  e  señorío  alto e  baxo  çevil e  criminal  e con  las  rentas e  otros  pechos e  derechos  de las  dichas çibdades e villas e de cada una dellas, e demas desto quel dicho señor rey aya de faser  e faga  dar  e entregar  e  de e  entregue  realmente e  con  efecto a  la  dicha señora infante o a su çierto mandado la tenençia e posesion de todas las dichas cibdades e villas e  de  cada una  dellas  con todo  lo  suso dicho  a  su costa  el  dicho señor  rey.  E que  le  mandara dar  e  dara cartas  de  renunçiaçion de  todas  e qualesquier  merçedes  de vasallos, juridiçiones  e  salinas e  maravedis  e pan  e  vino e  otras  cosas qualesquier,  asi  de juro como  de  por vida,  que  estan situados  e  dados a  todas  e qualesquier  personas  en las  dichas çibdades e villas e en sus tierras desde el día de Santa Crus de setienbre del año que  paso de  mill  e quatrocientos  e  sesenta e  quatro  años en  que  estos movimientos  se començaron.  E sy  por  ventura la  dicha  villa de  Escalona  non se  le  diere que  le  aya  de dar  e de  Çibdad  Real o  la  villa de  Olmedo  o Tordesillas  qualquier  dellas, segund  fuere visto e acordado por el arçobispo de Sevilla e maestre de Santiago e conde de Plaseniçia con la dicha señora ynfante. E asy mismo quel dicho señor rey aya de dar e de a la dicha señora  ynfante  las ochoçientas  setenta  mill maravedis  de  merçed que  tenia  situadas en Soria y en Sant Vicent de la Barquera e en el serviçio e montadgo e en Casarruvios, e lo que esta por situar  dellos  que lo  situen  allende Ebro  como  le estava  apuntado;  e que  la  entrega de  las  dichas çibdades  e  villas e  de  cada una  dellas  se haya  de  faser e  faga  a  la dicha  señora ynfante  dentro  de treynta  dias  primeros seguientes  desde  oy de  la  fecha  desta escriptura e sy alguna o aIgunas dellas non se entregaron dentro deste dicho tienpo quel  dicho  señor rey  sea  obligado a  dar  e entregar  e  de e  entregue  a la  dicha  señora infante  equivalençia dellas  a  vista e  determinaçion  de los  dichos  arçobispo e  maestre  e conde o  de  qualquier dellos  que  estovieren presentes  con  el dicho  señor  rey e  acontentamiento  de la  dicha  señora infante  dentro  de quinse  días  primeros seguientes  e que  los dichos  arçobispo  e maestre  e  conde, o  los  que  dellos  estovieren presentes  al declarar  de la  dicha  equivalençia, fagan  juramento  e pleito  e  omenage de  la  faser justamente e como vieren que segun Dios e sus conçiençias la deven faser.

Iten que  las  mercedes e  cartas  e provisiones  del  dicho señor  rey  de las  dichas çibdades e villas e cada una dellas se ayan de dar e entregar e den e entreguen a la dicha señora  infante desde  el  día que  su  señoria se  juntare  con el  dicho  señor rey  en  tres días primeros siguientes…..”.

 

        La Concordia fue generosa en el aspecto económico con Isabel sin lugar a dudas. Por primera vez, Isabel tenía a su disposición un patrimonio y rentas que no sólo la habilitaban a tener casa propia, sino una corte propia con todo lo que ello suponía. Esta fue sin duda la segunda gran ventaja para Isabel de este acuerdo. Aunque, a decir verdad, el arbitraje que se establecía en favor de Pacheco o el Conde Benavente en caso de no serle entregadas a la princesa las concretas villas reflejadas en la Concordia, suponían siempre una dependencia material del marqués de Villena, con todo lo que ello suponía, pues pedir algo a Pacheco siempre exigía contraprestación mayor. Sin embargo, ambos aspectos fueron un logro importante y crucial para Isabel, pues su reconocimiento como princesa de Asturias y su independencia económica fueron ya hechos consumados y derechos que no pudieron arrebatársela pese a que, como veremos en capítulos posteriores, se intentó privar a Isabel de ellos.

 

         “Iten  es  acordado e  asentado  que la  dicha  señora ynfante,  mediante  la graiçia  de  Dios aya  de  casar e  case  con quien  el  dicho señor  rey  acordare e  determinara,  de voluntad  de  la dicha  señora Infanta,  e de  acuerdo  e consejo  de  los dichos  arçobispo  e maestre  e  conde e  non  con  otra  persona alguna,  e  dentro del  tienpo  que fuere  acordado  e determinado con la dicha señora ynfante por los dichos arçobispo e maestre e conde.

 

        Estamos ante la cláusula capital del documento. La obligación de contraer matrimonio por parte de Isabel. Enrique pretendía alejar a Isabel de Castilla mediante el matrimonio. El elegido era nuevamente el rey de Portugal. Isabel sería princesa, sí, pero no estaría en Castilla. De esta forma evitaría que el único heredero al trono de Castilla que pudiera arrebatarla la condición de rey pudiera ser utilizado por la arisca nobleza castellana en contra suya como años antes lo fue el infortunado Alfonso. Sin embargo, la redacción de la cláusula es bastante torpe desde un punto de vista jurídico, pues, en primer lugar, el plazo para contraer matrimonio exigía el acuerdo con Isabel por parte del Arzobispo de Sevilla, Juan Pacheco y el Conde de Plasencia, es decir, no sólo era que, si Isabel no estaba de acuerdo con la fecha propuesta, la cláusula quedaría vacía de contenido, sino que también cabía posibilidad de que quien no estuviera de acuerdo fuera cualquiera de los otros tres. No se nombraba árbitro que dirimiera esa posible discordia con lo que Isabel simplemente le bastaba con mostrar su disconformidad con la fecha del enlace. Pero el error técnico jurídico en la redacción más grave y al que se aferraría Isabel es la elección del candidato para el matrimonio. Bien se podía haber redactado el párrafo reflejando que el marido de Isabel sería elegido directamente por el rey, o por el consenso de los tres (Arzobispo de Sevilla, Maestre de ´Santiago y Conde de Plasencia) pero al recoger expresamente la frase “de voluntad de la dicha señora Infanta”, quedaba claro como así va a suceder de manera inmediatamente, que Isabel no se casaría con quien no le agradara. Isabel demostró aquí estar hábilmente asesorada al encabezar la Concordia con su incuestionable nombramiento como heredera legítima al trono de Castilla y cedió a la obligación de contraer matrimonio pero lo hizo no dejando la elección del pretendiente en exclusivas y ajenas manos.

 

“Iten por  quanto  al dicho  señor  rey e  comumnente  en todos  estos  regnos e  señorios  es publico  e  manifiesto que  la  reyna doña  Juana  de un  año  a esta  parte  non ha  usado linpiamente de su persona como cunple a la honra del dicho señor rey nin suya, e asy  mismo el  dicho  señor rey  es  informado que  non  fue nin  esta  legítimamente casado  con ella, por las quales rasones e causas a serviçio de Dios e descargo de la conçiençia del  dicho señor  rey  e  al  bien comun  de  los dichos  reynos  cunple que  sea  fecho divorçio  e  apartamiento del  dicho  casamiento, e  que  la dicha  reyna  se aya  de  yr e  vaya  fuera destos dichos  regnos,  e al  dicho  señor rey  plase  que todo  ello  se faga,  cunpla  e esecute  asy; por ende es acordado e asentado quel dicho señor rey aya de dar e de luego forma e orden  por todas  las  vias  e  maneras que  podiere  como el  dicho  divorçio se  faga,  e la  dicha  reyna se  vaya  fuera destos  dichos  reynos e  señorios,  en manera  que  dentro de  quatro  meses primeros  seguientes  desde oy  dicho  dia todo  ello  sea fecho  e  cunplido e  esecutado  asy realmente  e  con efeto,  para  lo qual  mejor  faser e  conplir  el dicho  señor  rey aya de dar e de luego sus cartas e provisiones para los perlados e grandes e çibdades e villas e logares del regno por las quales les notifica lo suso dicho, e lo manda conplir e esecutar  asy, e  sy  alguno o  algunos  lo quisieran  enbargar  o contradeçir  o  resistir en  qualquier  manera, quel  dicho  señor rey  con  mano armada  aya  de proçeder  e  proçeda luego  contra  las personas  e  bienes dellos  segundo  que por  os  dichos ariçobispo  e  maestre e conde fuere acordado, e non aya de çesar nin gese dello fasta que todo ello sea asi conplido e esecutado……”

 

        

 

        Que el nombramiento de Isabel como Princesa de Asturias fue incuestionable en este documento no sólo deviene de su expresa proclamación, sino también del explícito reconocimiento de la ilegitimidad del matrimonio del rey y Juana de Portugal. Es decir, nulo el matrimonio entre Juana y Enrique, la supuesta hija de ambos carecería de derecho al trono de Castilla. Era una fórmula más suave que la de reconocer directamente que Juana no era hija natural de Enrique sino fruto de la infidelidad de su esposa con un tercero (la historia adjudicó al Duque de Alburquerque, Don Beltrán de la Cueva ese indigno honor, aunque no existe más prueba que el hecho de que era el noble que más visitaba a la reina). Si el lector acude a los capítulos anteriores encontrará el argumentario en orden a la explicación de la nulidad del segundo matrimonio de Enrique y que sustancialmente se sostiene en que la sentencia de Divorcio dictada el 11 de mayo de 1453 por Luis Acuña, Arcediano de Alcarazén que anulaba el matrimonio entre Enrique y su primera esposa Blanca de Navarra, por falta de consumación del mismo, nunca fue confirmada por el Papa, por tanto el segundo matrimonio de Enrique celebrado con Juana de Portugal, requería uno doble bula, una por el divorcio y otra de parentesco ya que Enrique y Juana eran primos. En las capitulaciones matrimoniales y acta de matrimonio de Enrique y Juana no se adjunta dicha bula como era costumbre en el derecho castellano. Existe una copia (Real Academia de la Historia) de una bula fechada en diciembre de 1453 en la que se facultaba al arzobispo de Toledo a conceder la dispensa para el matrimonio de Enrique, pero ningún documento ha llegado hasta nosotros en tal sentido, por lo que cabe sospechar que dicha bula pudo redactarse una vez celebrado el matrimonio. En cualquier caso, si acudimos al derecho castellano, vemos que las Partidas de Alfonso X el Sabio contemplan la posibilidad de considerar legítimo al hijo habido del matrimonio nulo. Veamos la Partida IV

 

Ley 1: Legítimo hijo tanto quiero decir como el que es hecho según ley, y aquellos deben ser llamados legítimos los que nacen de

padre y de madre que son casados verdaderamente, según manda la santa iglesia. Y aun si acaeciese que entre algunos de los que se

casasen manifiestamente en el seno de la iglesia hubiese tal impedimento por el que el casamiento se debiese partir, los hijos que

hiciesen antes que supiesen que había entre ellos tal impedimento serían legítimos

 

        Por tanto, el reconocimiento de la invalidez del matrimonio, podía ser causa insuficiente para deslegitimar a Juana de su derecho al trono de Castilla. Juana debía además de ser fruto del adulterio. Pero aquí debemos tener en cuenta el principio del derecho de que la ley especial es preferente en su aplicación a la ley general. Es decir, debemos acudir a la ley que regula específicamente la sucesión al trono, pues en las Partidas una cosa es reconocer legítimo un hijo de un matrimonio nulo y otra cosa es reconocer legítimo un hijo de un matrimonio real. Y así sucede en la Partidas. Concretamente en la Partida II que expresamente establece la legitimidad del matrimonio para otorgar la condición de herederos al trono a los hijos

 

         “El señorío del reino se hereda por línea derecha, por tanto, cuando no hay hijo varón, hereda la hija mayor, si el mayor muriese antes de heredar, le sucederán sus hijos o hijas del legítimo matrimonio”.

 

         Considero, por tanto, que el expreso reconocimiento de la invalidez del matrimonio, suponía de manera automática la exclusión del derecho sucesorio de Juana de manera inapelable. Pero si no fuera suficientemente duro para Juana de Portugal lo anteriormente expuesto no se pierdan lo que a continuación refleja la Concordia y que hizo que el historiador Tarsicio de Azcona que considerara a la Concordia como una verdadera capitulación de Enrique ante Isabel.

 

         “Iten  es asentado  e  concordado que  porque  la dicha  reyna  non pueda  levar  nin lieve  su  fija consigo  fuera  de los  dichos  regnos quel  dicho  señor rey  aya  de trabajar  e  procurar, e  trabaje  e procure  con  todas sus  fuerças como ella sea trayda a poder de su alteza dentro de dos meses primeros seguientes, para que se aya de disponer e disponga della  lo  que  por  el dicho  señor  rey fuere  ordenado  con acuerdo  e  consentimiento  de la  dicha señora ynfante e de los dichos arçobispo e maestre e conde”.

 

         Como se expuso anteriormente, Enrique quiso que su esposa estuviera presente en Guisando. Sin embargo, el descubrimiento pocos días antes de que la reina estaba embarazada de un plebeyo no sólo desbarata esa posibilidad, sino que supone una afrenta moral cuya respuesta queda plasmada en la dureza de las condiciones para con la reina. No sólo es venganza personal de Enrique, es una petición de Isabel. Que la reina sea expulsada de la corte, que se tramite su divorcio supone eliminar del tablero una figura importante, un apoyo del rey en sus pretensiones. No olvidemos que unos pocos años la reina fue apoderada por el propio rey para negociar las condiciones del matrimonio con Alfonso V de Portugal. Ahora la reina, dejará de serlo y se perdería esa peligrosa conexión portuguesa que tanto preocupaba al bando isabelino en caso de reanudación del conflicto militar. La cláusula era, sin duda un tanto más para apuntar en favor de Isabel.

 

         Y que consideración merece la orden de apartar a la reina de su hija. ¿Simple crueldad? No creo. Considero que Enrique quiere la custodia de la niña como garantía personal frente a Isabel en caso de no cumplir con la verdadera y única obligación que para ella se establece en la Concordia de Guisando, el matrimonio. ¿Y en que se materializa esa garantía?. Pues como he apuntado anteriormente en la concordia lo que se considera ilegítimo por parte de Enrique es el matrimonio, pero no su hija. Por lo que si Isabel no cumpliera con su parte, Juana estaría en la Corte con su padre y podría decretarse la nulidad d elo acordado en Guisando y proclamar a Juana legítima heredera. Ya vimos que el derecho castellano es interpretable y que apoyo legal siempre es fácil encontrar en cualquier rcuerpo legal si se es buen abogado.

 

         Curiosa también, es la amenaza que se contiene en la estipulación a todos los nobles que no cumplan con la orden de expulsión del reino de Juana. Claramente dirigida a la familia Mendoza, bajo cuya custodia en Buitrago se encontraban Juana y su hija. Firme y autoritario como rara vez en su reinado se mostrana esta vez Enrique. Injusto, sin duda con quien durante muchos años mostró con él una noble lealtad.

 

         “Iten es acordado e asentado que por seguridad quel dicho señor rey jurara e fara jurar  a la  dicha  señora infante  por  prinçesa e  su  primera heredera  destos  regnos e  señorios,  e le  dara  e fara  dar  e  entregar  el patrimonio  de  suso declarado,  e  trabajara e  procurara  con todas  sus  fuerças que  sea  fecho el  dicho  divorçio e  apartamiento  del casamiento de entres e la dicha reyna doña Juana e que ella se vaya e salga fuera destos regnos  e  señorios como  dicho  es, de  oy  de la  fecha  destos capitulos  fasta  ocho dias  primeros  seguientes aya  de  entregar e  entregue  el alcaçar  e  fortalesa de  la  villa de  Madrid con todo el tesoro que en ella esta en poder de los dichos arzobispo de Sevilla e conde  de Plazençia,  para  que  ge  lo ayan  de  tener e  tengan  por prendas  dello  por tienpo  de  un año  primero  seguiente desde  oy  dia de  la  fecha desta  escriptura  a tal  pacto  e postura  e  condiçion que  si  el dicho  señor  rey dentro  deste  dicho año  non  fisiere e  conpliere  todo lo  suso  dicho en  este  capitulo contenido  e  cada cosa  e  parte dello  que  luego como  el  dicho año  pasare  los dichos  arçobispo  e conde  ayan  de  entregar e  entreguen  la dicha  fortalesa  e alcaçar  de  Madrid con  todo  lo que  en  ella esta  a  la dicha  señora  ynfante o  a  su çierto  mandado,  pero que  conpliendo  el dicho  señor  rey lo  suso  dicho, que los dichos arzobispo e conde luego ayan de tomar e tornen el dicho aleagar e fortalesa  de Madrid  con  todo lo  que  en ella  reçibieron  al dicho  señor  rey o  a  su çierto  mandado libremente; de lo qual todo los dichos arçobispo e conde ayan de faser e fagan juramento e pleito e omenage asy al dicho señor rey como a la dicha señora infante al tienpo que lo reçibieren.Iten al dicho señor rey plase que si su altesa non guardara a la señora ynfante las cosas  suso  dichas e  cada  una dellas e  fuere  o veniere  contra  ello, que  los  dichos arçobispo  e  maestre e  conde  e cada  uno  dellos se  ayan  de apartar  e  aparten del  dicho  señor rey,  e  se ayan  de  juntar e  junten  con la  dicha  señora infante,  e  la sirvan  e  sigan contra el dicho señor rey, e esten con ella,  e  fagan conplir  e  esecutar todo  lo  suso dicho  e  cada cosa  dello,  para lo  qual  el dicho  señor  rey por  la  presente escriptura  les  de liçençia  e  abtoridad. E  asy  mismo la  dicha  señora infante  ruega  e manda  a  los dichos  arzobispo e maestre e conde e a cada uno dellos que si su señoria non fisiere e cunpliere con  el dicho  señor  rey las  cosas  suso dichas  en  esta escriptura  contenidas  o cada  una  dellas que  a  ella incunben  de  faser e  guardar  e conplir,  que  asy mismo  ellos  e cada  uno  dellos aya de servir e seguir al dicho señor rey contra ella e ge lo fagan asy todo tener e guardar e conplir realmente e con efecto. De lo qual todo los dichos arzobispo e maestre e  conde ayan  de  dar  e  den seguridad  de  escriptura, asy  al  dicho señor  rey  como a  la  dicha señora ynfante de lo asy faser e conplir.Iten es acordado e asentado quel dicho señor rey e la dicha señora ynfante e cada uno  dellos  de aqui  adelante  ayan de  guardar  e guarden  las  vidas, personas,  casas  e estados,  dignidades  e bienes  de  los dichos  arzobispo  e maestre  e  conde e  de  cada uno  dellos,  e cada  e  quando supieren  o  sintieron que  se  fabla o  trata  de su  mal  o daño  lo  estorvaran por  todas  las vias  e  maneras que  podieren,  e lo  mas  prestamente que  puedan  ge lo  revelaran  e faran  saber  por sus  personas  o por  sus cartas o çiertos mensageros; e asy  mismo  que los  dichos  arzobispo e  maestre  e conde  e  cada uno  dellos  ayan de  guardar  e guarden  las  vidas, personas  e  reales estados  del  dicho señor  rey  e de  la  dicha señora  infante,  e serviran  e  seguiran al  dicho  señor rey  bien  e leal  e  verdaderamente como  a su  rey  e señor  natural,  e a  la  dicha señora  infante  como a  prinçesa  e primera  heredera  e subçesora  destos  dichos regnos  e  señorios e  do  quiera que  sopieren  o sintieron que se fabla o trata de su daño o deservicio lo estorvaran e arredraran por todas las  vias  que podieren  e  ge lo  revelaran  e faran  saber  por sy  mismos  o por  sus  letras o  mensageros lo mas presto que puedan.Iten  por  quanto por  algunas  cabsas e  rasones  conplideras a  serviçio  del dicho  señor  rey e  de  la dicha señora ynfante se fiso e firmo e sello por ellos otra escriptura en que se contienen algunas cosas de las aqui contenidas en diversa forma de como aqui se contiene, es asentado e concordado que la otra escriptura non se aya de guardar nin usar della salvo solamente  esta,  la qual  aya  de quedar  e  quede firme  e  valedera para  siempre  jamás…..” 

 

Firmado yo el Rey Yo la Princesa.

 

        Concluye la Concordia con las garantías personales para Isabel el rey y el Arzobispo, Conde y Maestre del cumplimiento y protección de sus vidas y bienes. En especial, la verdadera garantía se establece en beneficio de Isabel, a la que se entrega el Alcazar de Madrid junto con su tesoro en caso de que el rey no cumpliera con alguna de las estipulaciones contenidas en el acuerdo. Si leemos atentamente el resto de garantías, las establecidas en beneficio del rey y de los tres árbitros son mera retórica, pues en ningún bien o repercusión trascendente se materializa el posible incumplimiento por parte de Isabel de lo acordado en Guisando.

 

        En resumen, una vez analizado todo el documento cabe concluir sin ninguna duda, que la Concordia de Guisando fue, el inicio del camino de Isabel hacia el trono de Castilla, pues supone una gran victoria política frente a su hermano. Se logra su nombramiento como Princesa de Asturias y legítima heredera al trono de Castilla, en segundo lugar, se reconoce ilegítimo el matrimonio de Enrique y Juana y por tanto se priva del derecho sucesoria a la supuesta hija de ambos. En tercer lugar, se dota A Isabel de un patrimonio suficiente para poder establecer y mantener su propia Corte. Isabel por el contrario acepta contraer matrimonio, pero en unas condiciones en las que difícilmente puede mantenerse la imposición del pretendiente, pues los término de lo acordado adolecen de una gran imprecisión jurídica.

 

        La Concordia de Guisando, es sin duda la primera muestra de la inmensa habilidad política que Isabel va a demostrar a lo largo de su vida. No sólo logra evitar la continuación de una contienda civil con incierto resultado para ella, sino que construye un camino hacia el trono de Castilla limpio de oponentes. Tenía sólo 17 años, pero era ya una mujer, que se consideraba destinada por Dios a una misión y era una mujer que se empezaba a rodear de personas, leales, capaces y con gran visión política.

 

        Voy a concluir mi artículo con la exposición del contenido del acta notarial que recoge los actos celebrados en Guisando el 19 de septiembre de 1468. Como dije anteriormente la Concordia de Guisando, como documento en sí fue firmado el 18 de septiembre, pero los actos solemnes que ponían en escena lo allí acordado se celebraron al día siguiente. Este  documento nos  informa  como los  notarios  Fernando de  Arze  y Juan  Brisyon  levantaron acta  de  lo ocurrido   “en el campo ques cerca de los Toros de Guisando.  En  el Acta  notarial  se nos  refiere  cómo estuvieron  reunidos  Enrique IV  y  la “Infante  doña  Ysabel” (sic);  contando  con la  asistencia  de los  arzobispos  de Toledo  (Alonso  Carrillo) y  Sevilla  (Alfonso de Fonseca); el Maestre de Santiago (Juan Pacheco); los condes de Plasencia (Álvaro de Stuñiga), Benavente (Rodrigo Alonso Pimentel), Miranda, (Diego López de Stuñiga)  y Osorno  (Gabriel  Manrique); los  obispos  de Burgos  (Luis  de Acuña)  y  Coria (Iñigo  Manrique);  junto con  el  Adelantado Pedro  López  de Padilla,  Gómez  Marique, Doctor pedro González de Ávila y otros caballeros que no se mencionan; se procedió en dicho  acto  a resolver  las  cuestiones que  los  habían congregado:  conseguir  la paz  del  Reino, reconocer  a  Enrique IV  como  rey legítimo  de  Castilla y  proclamar  a la  infanta  Isabel como  princesa  heredera de  León  y Castilla.  Los  hechos que  se  consignan en  el  documento notarial se sucedieron de la siguiente forma:

 

Acto  primero:  Intervención del  nuncio  y legado    del Papa  Paulo  II, Antonio  Jacobo  de Veneris,  Obispo  de León, que actuaba con plenos poderes como si fuera el Romano Pontífice para lograr la “paz e concordia” en el Reino de Castilla. Para ello  su objetivo  era  doble, el  reconocimiento  de Enrique  IV  como rey  legítimo  de Castilla  y  de su  hermana  Isabel como  “princesa  primera legítima  heredera  del dicho  señor  rey”, para  lo  cual era  absolutamente  necesario dejar  sin  efecto alguno   los juramentos prestados por los presentes y los ausentes en años anteriores.

 

Acto  segundo:  La infanta  Isabel  y todos  los  presentes prestaron  obediencia  a Enrique  IV  y le  juraron  como su  rey  y señor  natural;  el cual  por  su “çierta  çiençia  e  poderío real absoluto”,  delegó  en el  consejero  real doctor  Garci  López de  Madrid,  para que  la  recibiera, perdonándolos  en  su nombre,  tanto  los daños  como  las ofensas recibidas.

 

Acto tercero: A  continuación  el rey  Enrique  IV, seguido  de  altos eclesiásticos  y  de los  nobles  castellanos presentes,  nombró  e intituló  a  la Infanta  Isabel  “princesa rimogénita e legityma heredera” de león y Castilla. Este nombramiento fue seguido del juramento  prestado  sobre los  Santos  Evangelios. “E  fizieron  omenaje una  e  dos e  tres  veces segund la  forma  e costumbre  de  España”, es  decir,  a fuero  de  España; el  rey  en manos  del  maestre de  Santiago,  y los  demás  que estaban  presentes  “dándose unos  a  otros las  manos”.

 

Acto cuarto: Llevados a cabo el reconocimiento de Enrique IV como Rey y el de la infanta Isabel como Princesa heredera por los presentes, intervino de nuevo el nuncio Veneris,  aprobando y  confirmando  con su  autoridad  en nombre  del  Papa todos  estos  actos,  para   que   “perpetuamente   se  guarden   e   sean  guardadas”   los   juramentos  y homenajes que se hicieron, y con ello asegurar la paz y la concordia del Reino. A  continuación  los notarios  Fernando  de Arze  y  Juan Brisyon  procedieron  a incorporar  los  nombre de  los  testigos: el  conde  de Ribadeo  (Pedro  de Villandrando),  Alonso  Stuñiga, hijo  del  conde de  Palsencia;  Gómez de  Miranda,  prior de  Osuna  y Gonzalo  Chacón,  comendador de  Montiel. 

 

Dejo a la imaginación del lector la recreación de dicho acto, pero sin duda debió de ser un grandioso espectáculo para los allí congregados.

 

 

Escrito en Aranjuez y Guisando a 16 de febrero de 2025

 

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

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Castillo de Buitrago de Lozoya

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte XIII

“…..Y como quiera que, pensando en las grandes guerras que después de la muerte del rey, mi hermano, habrían de seguirse en estos reinos si yo tomare el título de Reina y Soberana de ellos, según me es notorio que podría hacer, acordé con más consejo asentar tratos de paz y concordia con mi hermano, el señor rey Don Enrique, para así evitar los daños y males que de la discordia podrían resultar…”

 

         Extracto de la carta leída en Guisando por la Princesa Isabel y dirigida al arzobispo de Toledo Alfonso Carrillo el 18 de septiembre de 1468.

 

Si uno lee las biografías de Isabel la Católica podrá darse cuenta que inmediatamente después de relatar, con mayor o menor detalle, la Concordia de Guisando, los distintos autores se disponen a contar el siguiente episodio, la fuga de Ocaña. Sin embargo, a mi juicio, la historia merece ser contada con detalle, pues además de enriquecer el conocimiento del lector, pretende que los hechos que se suceden durante la vida de Isabel sean analizados en su verdadero contexto. Si queremos juzgar los acontecimientos acaecidos en Castilla hace cinco siglos debemos tener claras dos premisas, la primera, quitarnos las gafas del siglo XXI y ponernos las del siglo XV, pues nuestros parámetros morales de hoy nada tienen que ver con los de aquellos días, y en segundo lugar, debemos conocer los mayores detalles de todo lo acaecido.

 

         Como relataba en el capítulo anterior, la Concordia de Guisando es el primer acto político de entidad en el camino de Isabel la Católica hacía su proclamación como reina de Castilla. Y ese paso lo dio de una forma mesurada e inteligente pese a contar solo con diecisiete años de edad. El extracto de la Crónica de Alfonso de Palencia que encabeza este artículo que hoy estoy escribiendo nos muestra a una Isabel, cauta pero sabedora de su derecho al trono, una Isabel que renuncia a la legítima pelea que pudiera haber llevado a cabo por ser proclamada Reina en beneficio de que hubiese un reinado de paz en la maltrecha Castilla. Isabel no quería que las tierras castellanas siguieran regándose de sangre durante más tiempo. Por ello juró lealtad a su hermano como rey y ordenó que le jurasen a él todos cuantos habían defendido hasta entonces la causa de su hermano Alfonso.

 

         Sentado lo anterior, y como suele suceder después de un acuerdo de paz que resuelve un conflicto armada resulta inevitable, en orden a que se produzca una paz duradera, conceder una amnistía real y efectiva. Para ello, Enrique, pocos días después, concretamente el 23 de septiembre de 1468 dicta una Cédula en la que perdona a todos los caballeros y ciudades que se alzaron en nombre de Alfonso contra él. La gracia real, lógicamente, también contenía una seria advertencia de expropiación de todos los bienes de aquellos que no se avinieran a acogerse al perdón real.

 

         “…e agora sabed, que la muy ilustre Princesa Doña Isabel, mi muy cara y muy amada hermana se vino para mi, e yo la juré e mandé jurar por Princesa e primogénita destos reinos después de mis días, e ella me suplicó que a mi plugiese de reconciliar a mi a los Duques, Condes y Caballeros que fasta aquí no me avian venido a faser la dicha obediencia…….porque vos mando que del dia questa mi carta fuese leida e notificada e publicada con trompetas en la mia corte y fuere afija en lugar público della fasta quince días primeros siguientes los de allende los puertos e los de Andalucia y el reino de Murcia fasta treinta días primeros siguientes vengades por vuestras personas o enviedes vuestros procuradores con poderes bastantes a darme la dicha obediencia e jurar d eme obedecer e seguir como a vuestro Rey y seños natural……sopena de caer por ello en mal caso e de confiscación de todos vuestros bienes y tierras e vasallos e villas e fortalezas e oficios e mercedes que de mi tengades por cualquier manera…..”.

 

         Parece claro que Enrique se vino arriba nada más firmar en Guisando. Así se deduce del tono autoritario del perdón real. Si nos ponemos en contexto, resulta en cierto modo lógico, pues nada más firmar el acuerdo tanto Enrique como Isabel se dirigieron en primer lugar a la localidad de Casarrubios del Monte, acompañados de Juan Pacheco, mientras que el Arzobispo de Toledo se marchó a Yepes. Esta disposición de las figuras en el tablero hacía sentirse cómodo a Enrique, pues por un lado era consciente de que la paz podía al fin instalarse en Castilla y por otro lado tenía de nuevo bajo su custodia a la Princesa y tenía también de nuevo a su lado a Juan Pacheco, quien parecía esta vez el encargado de convencer a la joven Isabel de aceptar lo mejor para el reino. Lo mejor para el reino era casar a Isabel, y casarla con alguien que la alejara de la Corte. Como dije el elegido era el rey Alfonso V de Portugal, pero la jugada de Pacheco iba más allá de un solo matrimonio, pues, en mente tenía un segundo matrimonio, pues pretendía además casar a la infortunada Juana con el hijo del rey de Portugal. De este modo la unión de las Coronas de Castilla y Portugal quedaba doblemente asegurada, pasase lo que pasase. Entendemos ahora el tono un tanto eufórico de la Cedula del Rey.

 

         Pero veamos los movimientos de otras piezas del tablero. Tras la Concordia de Guisando va a entrar en escena un personaje que parecía ya ser llamado a un rol secundario, la reina Juana. La reina Juana había huido de Alaejos para acudir a Buitrago don de su hija Juana se encontraba bajo la tutela de la familia Mendoza. Sabido es que Juana de Portugal era, además de una belleza, una mujer con mucho carácter. Tuvo una hija para ser reina de Castilla no para estar fuera de la Corte, alejada de su madre, y despojada del trono que presuntamente le correspondía. Si Juana era hija o no de Enrique bien lo sabía su madre, pero aunque fuera fruto del adulterio, en el siglo XV no existía prueba de paternidad así que la mentira quedaba entre Juana y Dios. Lo que no contaba Juana es que una jovencita, que había nacido para ser una simple infanta se hubiera hecho con el derecho al trono de Castilla sin lanzar una sola flecha. Con una simple negociación política. Simple en el sentido no de sencilla sino en el sentido de la facilidad aparente que en lapso temporal supuso la labor política de Isabel, Villena, Carrillo y Chacón en Guisando.

 

         La exigencia de Isabel en la negociación para apartar a Juana y a su hija no solo del derecho al trono de Castilla sino también de la propia tierra castellana refleja la férrea voluntad de Isabel de que el camino al trono de Castilla que se extendía dependiera solo de los años que Dios quisiera guardar a su hermano y no de ninguna oposición con mayor o menor apoyo legal que utilizara a la mal llamada la Beltraneja como en su día se utilizó a su hermano Alfonso. Isabel era consciente de que su hermano no fue más que un pobre niño utilizado por Pacheco en su afán de recuperar el trono de facto que siempre ansió para él y veía en la pequeña Juana otro juguete a utilizar en manos de Pacheco si eso le proporcionaba lo que deseaba. Por ello se establecía un plazo muy corto para la presentación del divorcio y para la expulsión de Juana del reino de Castilla. Pero la portuguesa ya he dicho que era mujer fuerte y así lo demostró. Y lo hizo ráìdo. Apenás un mes después, el 24 de Octubre de 1468, el Conde de Tendilla, Don Iñigo López de Mendoza, en su calidad de administrador de los bienes de la niña Juana, formuló en Buitrago una apelación ante el Papa Paulo II contra el nombramiento de Isabel como Princesa de Asturias. Este, es un hecho poco conocido, pero no por ello menos importante. La apelación, desde un punto de vista jurídico y para mí como abogado está, formalmente, muy bien trabajada y denota una gran destreza jurídica en su autoría, pues la exposición de hechos y su hilado con las leyes vigentes en aquel momento constituyeron un fuerte respaldo legal a las pretensiones de la joven niña. Si le pondría un primer pero formalista, pues en mi opinión, la apelación debió de presentarse primero, ante el propio rey y no saltarse la instancia regia para acudir directamente al Papa.

 

         Analicemos un poco la apelación pues como dije es bastante interesante. El original se encuentra en el archivo de Simancas.

 

         

Yo don Iñigo Lopes de Mendosa, Conde de Tendilla, señor de Sangarro, tutor administrador que soy de los bienes y derecho é acción de lo que de yuso se fará mención de la muy esclarecida señora Princesa doña Johana, primogénita heredera destos regnos de Castilla y de León, fija del muy alto é muy poderoso Príncipe Rey don Enrique, nuestro Señor y de la excelente Reina doña Johana su mujer en nombre de la dicha señora Princesa é de todos los caballeros é Perlados é Ricos-omes de todas las tierras E estados destos regnos é de las cibdabes é villas é logares dellos é de todas las otras personas de qualquier ley, preeminencia ó dignidad que sean que á este acto é apelación se quieran llegar, y de cada uno dellos vos digo é denuncio é fago saber.

 

Queda claro en el encabezamiento del escrito de apelación, que Don Iñigo de Mendoza, actuaba como tutor de la princesa Juana a la que consideraba la legítima heredera del reino de Castilla, y que la pretensión de la apelación a la Santa Sede no tenía otro objetivo que el reconocimiento del derecho dinástico de su tutelada. Pero lo significativo de este párrafo es que la apelación no se presenta únicamente en representación de la pequeña Juana sino en nombre de todos los nobles y caballeros y ciudades y villas de Castilla. Es decir, el Conde de Tendilla plantea la apelación como una usurpación ilegítima del derecho a la sucesión de Juana que por extensión perjudica a todo el Reino de Castilla y, por tanto, es la propia Castilla la que merece la restitución del derecho que a su juicio ha sido vulnerado en Guisando. La estrategia procesal de extender un conflicto aparentemente individual a todo un reino es una decisión inteligente desde un punto de vista jurídico pues dota al proceso de una entidad mayor de la que en principio podría esperarse, pues no se plantea dilucidar un amera cuestión personal sino una verdadera cuestión de estado. De todas formas no olvidemos que la cuestión castellana era un asunto que importaba y mucho al Papa. Castilla afrontaba la última cruzada de la Cristiandad pues en la península aun resistía el reino nazarí de Granada, y la existencia de este reino preocupaba al Papa pues si bien, debilitado en los últimos años era una peligrosa punta de lanza para cualquier posible invasión de los pueblos norteafricanos a la península y por extensión al resto de reinos cristianos limítrofes.

 

Sentado lo anterior, y tras enumerar a los firmantes de la Concordia de Guisando (Pacheco, Carrillo, Conde de Benavente, Arzobispo de Sevilla y Conde de Plasencia) el Conde de Tendilla pasa a fundamentar su escrito de apelación…..

 

“lo primero por todas las causas é razones de nulidad é agravio y iniquidad y injusticia que detodo lo ansí fecho é mandado y acordado, procesado y jurado, se coligen ó puedan colegir en qualquier manera las quales é cada una dellas he aquí en el dicho por dichas é alegadas é espresadas é las digo é alego para justificación desta apelación: lo otro porque segundes notorio é por tal lo alegó la dicha señora Princesa mi parte como fija legítima del dicho señor Rey, fué ávida ante mucho tiempo éal tiempo desunacimiento ávida é recebida por Princesa é primogénita heredera destos regnos después de sus dias del dicho señor Rey, é por tal fué jurada por el dicho señor Rey é obedecida e jurada por los dichos señores Maestre de Santiago é Arzobispo de Toledo  Arzobispo de Sevilla é Conde de Plasencia en concordia é por todos los otros caballeros é Perlados y Ricos-ornes é por todos los tres estados destos dichos regnos, cibdades,villas é logares, procuradores dellas”

 

El Conde de Tendilla presenta un primer antecedente de hecho en su apelación que no es otro que el innegable hecho que quien jura a Isabel como legítima Princesa de Asturias, años antes hizo el mismo juramento con Juana. Y este hecho es incuestionable pues así aconteció. No olvidemos sin embargo que el mismo día que el Marqués de Villena jura a Juana como Princesa, acude a un notario de Madrid a fin de manifestar que dicho juramento lo ha realizado bajo coacción. Es el único de los cuatro protagonistas que podría respaldar su innegable cambio de opinión. Sin embrago, la teoría de los actos propios “ non venire contra factum propium”, es una teoría fácilmente desmontable ante un tribunal pues dicha teoría establece como requisito que la incompatibilidad entre las conductas no sea fruto de error o desconocimiento, es decir, que uno bien puede desdecirse de lo hecho o jurado, si alega que lo hizo en la creencia de que los hechos en los que sustentaba su conducta eran ciertos. Es decir, que si bien Pacheco tenía legalmente documentada y justificada su contradicción, los demás bien podían alegar que juraron a Juana como Princesa en la creencia de que era hija natural de Enrique, pues no debemos olvidar que el juramento de Juana como Princesa se hizo apenas tres meses después de su nacimiento, y que los acontecimientos y revelaciones posteriores les llevaron a la convicción de que Juana no era hija legítima de Enrique y por tanto no tenía derecho a la sucesión. Esta primera cuestión fáctica, impecable en su exposición en la apelación, es, sin embargo, un argumento de hecho que adolecía de bastante inconsistencia.

 

Continúa el escrito de apelación del Conde Tendilla ahondando ya en razonamientos de matizado cariz jurídico…..

 

“É lo otro porque la dicha elección é nombramiento é juramento de primogenitura fecho á la dicha señora Infante doña Isabel, fué fecho contra toda forma é orden de derecho é leyes é costumbres é fueros é derechos destos regnos é sin acuerdo  consentimiento de los caballeros é Perlados destos regnos é de los tres estados dellos é de las cibdades é villas é logares é procuradores dellos,ante fué é es fecho eu contradicion dé los mas dellos: lo otro porque todo ello fué fecho exabruto é sin deliberación é sin conocimiento de causa en perjuicio de la dicha señora Princesa, mi parte sin ella ser llamada, oida, vensida segund debían: lo otro porque pues segund es notorio é por tal lo alegó la dicha señora Princesa, mi parte fué é es fija legítima del dicho señor Rey e de legitimo matrimonio nacida  aprobado por el nuestro muy santo padre Pió de notable memoria é recordación é por el nuestro muy santo padre Paulo segundo….”

 

Los argumentos utilizados por el Conde en este segundo apartado de la apelación sí que son, al contrario que los utilizados en el encabezamiento de la apelación, argumentos de cierto peso jurídico. En primer lugar, alude al evidente defecto de forma de proclamación de la Infanta, pues el mismo no se produce en Cortes convocadas a tal efecto como explícitamente establecía el derecho y las costumbres castellanas. Enrique e Isabel eran conocedores de este defecto formal por eso en el propio acuerdo de Guisando se establecía que con carácter inmediato habrían de convocarse las Cortes a fin de subsanar ese defecto formal y así aconteció pues el inmediato traslado de Isabel y Enrique a Ocaña tenía como misión principal la meritada subsanación. De hecho, tan solo cinco días después de la Concordia de Guisando, Enrique envió cédulas a todas las ciudades del Reino convocándolas a Cortes en Ocaña a fin de jurar como Princesa de Asturias a Isabel y tratar los distintos asuntos que llevaran a la pacificación definitiva del reino. Los procuradores de las distintas ciudades no se reunieron en Ocaña hasta el mes de marzo de 1469 lo que provocó que durante varios meses acontecieran en Castilla varios movimientos que intranquilizaron al ya de por sí inestable Enrique. Y el más sonado de esos movimientos fue esta apelación. Si bien es cierto que en Guisando se llevaron a cabo unos acuerdos que en esencia suponían una capitulación de Enrique ante Isabel, no es memos cierto que dicho acuerdo debía ser ratificado n Cortes bajo pena de nulidad. Todos eran conscientes de ello y por eso se convocaran las Cortes y por eso se presentó la apelación a Roma de forma súbita. Ambas partes sabían que el nombramiento de Isabel en Guisando sería sólo papel si las Cortes de Castilla no lo ratificaban. Por eso, el Conde de Tendilla se saltó el paso de presentar la apelación ante el propio rey. Pues sabía que el rey dilataría la tramitación de dicha apelación a su antojo de manera que la misma se hiciese una vez jurada en Corte Isabel. Sin embargo, puestos a respetar formalismos, los mismos habían de ser para todos y el Codde de Tendilla sabía que su apelación podía ser tachada de nulidad puesto que se hacía saltándose la primera instancia. Por ello justifica este salto en su escrito aludiendo a que temía por la vida de la reina y su hija dado el odio que en la Corte se la tenía. Argumento éste un tanto endeble pues difícil parecía que el rey o Isabel pudieran atentar contra la vida de la niña o su madre.

 

“E por quanto la persona del dicho señor Rey Rey nin de la dicha señora Infante doña Isabel nin de los otros caballeros non se puede buenamente, a ver por estar en remoto logar, é aunque por el ádito é acceso a su persona para poder apelar non es tuto nin seguro á la dicha señora Princesa nin sus tutores é administradores é procuradores.nuncios é mensageros, segundel grand odio y enemistad capital con que han tratado é tratan á la dicha señora Princesa é á la señora Reina su madre”

 

Que los actos de Guisando no pueden considerarse una proclamación conforme al derecho castellano es algo jurídicamente inapelable, pero que la subsanación de ese defecto se llevó a cabo con posterioridad es un hecho cierto, por lo que la apelación, basada en este simple defecto de forma no podía ser estimada, máxime cuando la propia apelación se había presentado, asimismo, saltándose la instancia debida en primer lugar. La ratificación del nombramiento de Juana como Princesa y la validez del matrimonio entre Enrique y Juana, junto con la exaltación de Juana como hija legítima de los reyes castellanos son puestos de manifiesto en el escrito de apelación como hechos ciertos fuera de toda duda y ratificados en su momento por el propio Papa. Pero además el Conde de Tendilla introduce un hecho, que a mi juicio es el que mayor calado jurídico tenía la apelación y es el que el acuerdo de Guisando es tomado inaudita parte, es decir, se toma sin que se escuche si quiera a la perjudicada. Ni la Reina ni su hija estuvieron presentes en los acuerdos de Guisando a fin de cuando menos poder escucharlas a fin de que alegasen o manifestasen lo que en su derecho considerasen oportuno. Bien es cierto que Enrique quiso que su mujer estuviera presente en Guisando, pero cuando tuvo conocimiento del avanzado estado de adúltera gestación de su esposa, lógicamente declinó esta formalidad, pues si bien hubiera solventado esta causa de nulidad de la Concordia, más valía afrontar una cuestión jurídica que el bochorno de un rey cornudo sentándose a negociar su sucesión.

 

“otrosí en el dicho nombre suplico é requiero al dicho señor Rey é á la dicha señora doña Isabelv. átodos los otros caballeros é Perlados é Ricos-ornes destos regnos é á lodos los otros tres estados dellqs é á las cibdades é villas é logares destos regnos é á los procuradores dellos, que de aquí adelante pendient esta dicha apelación, en per juicio della non atiendan nin inoven cosa alguna cerca del dicho principado é derecho de primogenitura á lo aprobar nin retificar nin jurar nin faser otro acto alguno, sinon protesto que todo ello sea ninguno y de ningund valor como atentado pendient la tal apelación”

 

Advierte el Conde de Tendilla en este párrafo de la apelación que todos los actos que pudieran realizar el rey y la Princesa Isabel mientras se tramitara la misma serían sospechosos de nulidad. Esta advertencia fue claramente desoída por ambos, pues, en conclusión si jurídicamente nos encontramos ante un documento muy bien redactado, pues hay que reconocer que Juana tuvo un buen abogado defendiendo su causa, no podemos soslayar que la realidad era más poderosa que el derecho y no era otra que la de que Juana no era hija legítima del rey Enrique. Fuese jurada antes en Cortes todos los formalismos legales y títulos que pudiese tener la pequeña no podían desvirtuar una realidad, que, si podía estar apoyada años atrás con habladurías e integras cortesanas varias, en aquel momento y dado el flagrante adulterio de la reina Juana, era una realidad evidente. Juana no era hija del rey y por tanto Isabel, era, conforme al derecho castellano su legítima sucesora. La concordia de Guisando, fue, simplemente un acuerdo para no prolongar la guerra civil que había desangrada Castilla durante varios años y las Cortes de Ocaña del año siguiente solventaron los defectos de forma que pudiesen quedar pendientes en orden a legalizar formalmente el derecho sucesoria de Isabel de Trastamara. Es cierto, que, internacionalizar el conflicto, fue una hábil decisión de la familia Mendoza, pues era la única forma de poder mantener un hilo de esperanza en el derecho hereditario de la pequeña Juana, pues de haber abandonado, madre e hija Castilla, el camino hubiese quedado limpio y expedito para Isabel.

 

Esta apelación fue fechada y publicada el 28 de octubre de 1460 en diversos municipios cercanos a la villa de Ocaña como Colmenar de Oreja o Chinchón, y el resultado de la misma queda claro en la crónica de Diego Enríquez, que concluye la reseña sobre esta apelación con la siguiente frase 

 

“E puesto que la Princesa Doña Isabel supo todo aquello , túvolo por cosa vana”.

 

Isabel, daba por amortizadas a Juana y a su hija, pues, la claridad en el acuerdo de Guisando sobre su divorcio y expulsión de Castilla no dejaba al rey otro camino que cumplirlo o exponerse a que, roto el acuerdo, volviese la guerra a Castilla. Pero a estas alturas, un hecho cierto era que ninguno de los dos bandos, ni el del Enrique ni el de Isabel, se fiaban uno del otro. En ese mes de octubre de 1468 ambos parten hacia la villa de Ocaña, en la cual van a residir unos meses en espera de la celebración de Cortes que formalicen el nombramiento de Isabel como Princesa de Asturias. No olvidemos aquí un dato importante, la villa de Ocaña pertenecía al maestrazgo de la Orden de Santiago, y el Maestre de dicha Orden era Juan Pacheco. El Marqués de Villena jugaba el partido en casa.

 

Volvamos a nuestra imaginaria partida de ajedrez. Una de las piezas del tablero va a realizar un extraño movimiento. Se aleja de la Princesa, no mucho, a la cercana localidad de Yepes, es Alfonso Carrillo, el arzobispo de Toledo, y desde allí, va a entablar conversaciones con el rey de Aragón, Juan II, que van a culminar en un poder, que el propio Príncipe Fernando va a otorgar al hijo del Arzobispo de Toledo, Troilo Carrillo, para “tratar, platicar y concluir sus esponsales con la princesa Isabel de Castilla y León”. Isabel, se había comprometido en Guisando a casarse, pero no a casarse con un pretendiente impuesto por el rey, sino que como expuse en el capítulo anterior se exigía un triple consenso a la hora de elegir el pretendiente, y ese triple consenso era algo imposible. Y ambos lo sabía, o al menos lo intuían. Isabel eligió pronto pretendiente y lo hizo sin conocerle. No podemos aquí inventarnos una preciosa historia de amor, un romance que acaba en idílica boda. La elección fue una pura decisión política. Una hábil decisión, es cierto, pero basada simplemente en la estrategia política de Isabel y su entorno.

 

Y el otro bando, el del rey Enrique y el Marqués Villena. También se movió rápido. Volvamos al cronista Diego Enríquez que nos cuenta lo primero que acordó el bando realista nada más llegar a Ocaña….

 

“E asi concertadas las vistas para un lugar que se dice el Villarejo , que es de la Orden de Santliago , salid el Maestre , y el Arzobispo de Sevilla y el Conde de Plasencia: de la otra parte vinieron el Obispo de Siguenza é Don Pedro de Velasco: y juntados, fue acordado entre ellos que la hija del Rey casase con el Príncipe de Portugal, é la Princesa Doña Isabel con el Rey de Portugal, que estaba viudo , condicionalmente qui si el Rey de Portugal no oviese hijo varón en la Princesa Doña Isabel, y el Príncipe no oviese en la Señora Doña Juana, hija del Rey , que ellos subcediesen en los reynos. E acordado aquesto entre ellos determinaron , que para la conclusión de todo aquesto el Rey en persona oviese de ir a verse con el Rey de Portugal, é que la Reyna Doña Juana fuese con él á las vistas…”.

 

Isabel, quería casarse con el futuro rey de Aragón, no había más pretendiente para ella, pese a que le había sido ofrecido el matrimonio con el hijo del rey de Francia, Luis XI y Enrique pretendía una doble boda luso-castellana, una boda, que alejaría a Isabel de Castilla, dignificaría a su presunta hija Juana y hasta incluso salvaría su matrimonio. Esta era la hábil jugada que pretendía Pacheco realizar en Ocaña.

 

Así dispuestas las piezas en el tablero cada movimiento debía ser meditado y siempre previniendo el futuro movimiento del adversario. Así lo hacen os buenos jugadores de ajedrez, y en esta partida el tablero, que parecía en manos de Juan Pacheco, pronto va a voltearse en favor de Isabel. La gran audacia política demostrada en Guisando va a tener su continuidad los meses siguientes en Ocaña, dando lugar a un acontecimiento que cambiaría la Historia de Castilla, de España y la Historia Universal.

 

 

Escrito en Aranjuez a 28 de febrero de 2025.

 

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

Palacio de los Cárdenas en Ocaña (Toledo)

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte XIV

“Al senyor mi primo, el rey de Cicilia. Senyor primo: pues que el condestable va allá, no es menester que yo escriva, sino pedir hos perdón por la respuesta sea tan tarde. Y por qué se retardó, él os dirá a Vuestra Merced. Suplico que le deys fe y a mi mandéis lo que quisiedes que haga agora, pues lo tengo que hazer. Y la razón que más me suele para hoy, dél la sabréis, porque no es para scrivir. De la mano que fará lo que mandares. La princesa”

 

         

Carta de Isabel la Católica a Fernando de Aragón escrita en Ocaña en febrero de 1469.

 

Dejamos en el capítulo anterior, un tablero de ajedrez con una situación apasionante. Ambos bandos desplegando sus movimientos con una arrojada determinación. Sin embargo, uno de los jugadores tenía bien previstos los movimientos de su adversario y éste jugador era el bando de Isabel la Católica. El rey, Enrique IV y su valido “de facto”, Don Juan Pacheco, a la sazón Marqués de Villena y Maestre de la Orden de Alcántara habían planeado una doble boda hispano-portuguesa, que, de un solo movimiento, alejara a Isabel de Castilla, y dignificara la figura de la supuesta hija del rey Juana, mal llamada la Beltraneja. Pero este planteamiento estaba basado en minusvalorar la figura, no solo de Isabel, sino también de su más íntimo y cercano circulo. Grave error. Isabel, no sólo no era una simple niña adolescente fácil de convencer una vez prometido formalmente el trono de Castilla en Guisando, sino que estaba rodeada de personas que manifestaban una doble lealtad, la personal a Isabel y la de la defensa de los intereses del reino de Castilla. Vamos a analizar en este capítulo lo que sucedió en los meses inmediatos a la firma de la Concordia de Guisando, y más concretamente desde finales de septiembre de 1468 a comienzos de marzo de 1469, porque es en estos poca más de cinco meses donde se va a fraguar el matrimonio.

 

Una vez firmado el acuerdo en Guisando entre Isabel y Enrique, la Corte se desplazó hasta la localidad toledana de Ocaña. La elección de esta ciudad fue hecha sin duda alguna por Juan Pacheco, pues la villa pertenecía a la Orden de Santiago y por tanto Pacheco, como Maestre de dicha Orden, tenía la facultad de someter a su arbitrio las negociaciones que allí pudiesen llevarse a cabo. Si acudimos a los textos históricos, el más detallado y cercano a los hechos verdaderamente acaecidos en estos meses es la crónica de Alfonso de Palencia. Tengamos en cuenta además que Palencia era persona muy cercana en aquellos momentos al círculo íntimo de la Princesa por lo que los hechos narrados en su crónica merecen una especial consideración. El cronista coincide con su contemporáneo y homólogo Diego Enríquez en señalar, como primer hecho crucial tras la concordia de Guisando, de una reunión celebrada en Colmenar de Oreja, presidida por Juan Pacheco y a la que asistieron el Arzobispo de Sevilla, el Conde Plasencia, el Obispo de Sigüenza y el Conde de Haro. Todos ellos acordaron una doble boda hispano-portugesa, la de la Princesa Isabel con el rey de Portugal y la de Juana, la supuesta hija del rey Enrique con el Príncipe de Portugal. Nos cuenta Alfonso de Palencia, como el Conde de Tendilla, tutor de Juana, la mal llamada la Beltraneja, enterado de dicha reunión clavó durante la noche en la puerta de la Iglesia su escrito de apelación contra el nombramiento de Isabel como Princesa de Asturias. Relata el cronista, la escasa importancia que el Maestre de Santiago dio al hecho lo que nos da cierta idea de la seguridad en si mismo que tenía al sentirse dominador de la situación y en una preferente posición negociadora.

 

         Sin embargo, conocida por Isabel la propuesta, todos los textos históricos coinciden al afirmar que la negativa de Isabel a la propuesta de matrimonio con el rey de Portugal fue categórica.

 

         Diego Enríquez nos lo relata así:

 

         “E puesto que aquestas cosas asi pendían yy se concertaban , la Princesa Doña Isabel jamás tuvo proposito, ni voluntad de casarse con el Rey de Portugal, n ipara esto jamás quiso dar su consentimiento ; pero ni por eso el Rey ni el Marques dexaron de lo insistir. Y el Maestre escribió' al Rey de Portugal, que debia de enviar sus Embajadores, pensando que en aqueste medio tiempo pudieran convencerá la Princesa que viniese en ello”.

 

         El también cronista Hernando del Pulgar nos resume la actitud de Isabel en una bonita frase

 

         “La Princesa, consideradas esas cosas y como el rey, su hermano, dilataba de cumplir lo que con ella había asentado, y que procuraba con todas sus fuerzas de la casar con el Rey de Portugal., estaba puesta en gran cuidado, especialmente porque era aquejada de todas partes para la conclusión de su casamiento: en lo cual ella deliberó de privarse de toda voluntad, y mirar solamente aquello que, a honra suya, y paz de estos reynos cumpliese”.

 

         Pero como mencioné antes, la crónica más rica en detalles de los primeros hechos acaecidos en la Corte en Ocaña es la de Alfonso de Palencia, que comienza a relatarnos de que manera más atropellada se quería casar a la Princesa a todo costa…..

 

         “Pocos días después de la concordia ajustada en Guisando, pidieron su mano para el rey de Portugal D. Alfonso sus embajadores al efecto enviados, el arzobispo de Lisboa, D. Alfonso Noguera y otros nobles portugueses, que, siguiendo e1 parecer de su Soberano, creían cosa ligera la conclusión de las negociaciones”.

 

         Llama la atención la escasa consideración que se tenía hacia Isabel, pues, parecía que todos la consideraban una niña fácil de convencer una vez le había sido concedido su título de Princesa de Asturias. Pero Isabel de Trastámara distaba mucho de ser una princesita al uso. La muerte de su hermano Alfonso, además de desgarrarla por dentro, la había llevado a la plena convicción espiritual de que su muerte era voluntad de Dios y que no tenía otro significado que convertirla en reina de Castilla por designio divino. Esta alusión a la providencia va a ser recurrente en distintos momentos de la vida de Isabel la Católica, pero todo a su momento…..

 

         Hagamos un pequeño alto en el análisis de las crónicas de la época para centrarnos en un pequeño análisis que hoy llamaríamos geoestratégico. En le península ibérica existían tres grandes reinos cristianos, Castilla, Aragón y Portugal. Portugal, desde el matrimonio del rey Enrique IV de Castilla con Juana, hermana del rey de Portugal había obtenido una lógica y notable influencia en la política castellana, que ahora se pretendía afianzar y perpetuar con la antes aludida doble alianza matrimonial. El reino aragonés había permanecido expectante durante los años del conflicto sucesorio en Castilla, si bien había mantenido conversaciones más cercanas con el bando rebelde y principalmente con el Arzobispo de Toledo, Alfonso Carrillo. Sin embargo, esta aparente neutralidad aragonesa se va a romper de manera inmediata tras los acuerdos de Guisando. Aragón desde hacía décadas tenía a Francia como su principal enemigo, pues pugnaba por la posesión de distintos terrenos limítrofes a ambos reinos, principalmente el Rosellón. ¿Y que hecho motivó este cambio de actitud? Pues uno muy sencillo. El rey de Francia propuso el matrimonio de la Princesa Isabel con su hermano Carlos a la sazón Duque de Berry y de Guiana, ello suponía que le territorio del reino de Aragón quedaba sujeto por una pinza que de un extremo tenía a Castilla y del otro a Francia. El peligro era evidente y el continuo conflicto por el Rosellón y el perenne dolor de cabeza que suponían también los condados catalanes hizo que el rey de Aragón, Juan II reaccionase presto. Su hijo Fernando, de edad similar a la de la Princesa de Castilla era la solución perfecta………Y así aconteció. Veamos cómo.

 

         Llegada la embajada del rey de Portugal a Castilla ésta se aposentó en la localidad madrileña de Ciempozuelos. Allí permaneció la comitiva durante veinte días. Y en esta veintena de días, Isabel no retrocedió un paso. Su decisión de no casarse con el rey de Portugal, por segunda vez, era firme y decidida. Así nos lo narra el cronista Diego Enríquez, que hace una alusión al refranero español que cimenta la confianza que siempre tuvo Isabel la Católica en la Providencia….

 

Pero desque la Princesa Doña Isabel supo que venían sobre aquello, envió á descir al Rey , que le suplicaba que no entendiese de casalla con el Rey de Portugal, ni se lo mandase; porque ella en ninguna manera entendía de lo hacer, ni consentir en ello. De que el Rey no solamente quedó alterado é sentido , mas enteramente ganoso de llevar á conclusión su proposito comenzado de favorecer é ayudar á su hija , para dexalie la subcesiqn de los reynos. Mas bien podemos aqui decir , é traer á proposito aquel antiguo proverbio , que dice : Proponen los hombres, e Dios dispone lo que quiere ; porque quanto el Rey y el Maestre trabajaban con diligencia por desheredar á esta Señora , tanto la divinal providencia disponía, y ordenaba lo contrario, para que ella subcediese, según se mostró por la obra, quando el Rey pasó de esta vida”.

 

Quedaban así en evidencia las verdaderas intenciones de Pacheco y el rey en Guisando, Isabel sería reina, sí, pero primero de Portugal, luego… ya se vería Una vez alejada de Castilla y sin partidarios que defendieran su casusa todo podía acontecer en un reino gobernado de facto por alguien como Juan Pacheco. Isabel sería reina de Portugal o no sería nada, ese era el órdago lanzado por los realistas. Ni más ni menos. Diego Enríquez ya adelantaba que tras la negativa de Isabel a casarse con el rey de Portugal su decisión fue intentar volver a legitimar a su presunta hija en la sucesión al trono castellano. Pero otros jugadores entran en escena. Sucedió que en aquellos meses a caballo entre 1468 y 1469 diversas ciudades de Andalucía se negaron a jurar fidelidad al rey lo que aprovecharon los moros del reino de Granada para atacar las ciudades de Baeza y Úbeda. Ante esta tesitura El rey, junto con Juan Pacheco, el arzobispo de Sevilla y el Obispo de Sigüenza decidieron abandonar Ocaña y cabalgar rápidamente al sur de Castilla a fin de pacificar las ciudades. Pero antes de partir dos intervenciones eran necesarias. La primera, despachar a la representación portuguesa que tan convencida e ilusionada había venido a Castilla segura del éxito de su empresa. Era necesario despedirla dejando una puerta abierta, una pequeña mentira que no desairara de nuevo al rey de Portugal. Las palabras exactas no han trascendido hasta nosotros pero algo dulcificado si debió de ser el trance pues como nos narra Alfonso de Palencia…..

 

“…y entonces el Rey, el Maestre y los otros personajes del inicuo partido, poseídos de grave temor, se reunieron con los embajadores portugueses á orillas del Tajo, y en breves palabras les refirieron las muchas dificultades surgidas dejándoles entrever algunas esperanzas para porvenir, á fin de que no marchasen tristes y desconfiados de todo futuro arreglo, é indicando que deberían tentarse menos ^ precipitados y más blandos medios para aplacar á la Princesa, enemiga por carácter de la violencia”.

 

Era como un “os pedimos disculpas, pero no os preocupéis que nosotros nos encargamos y vamos a hacer entrar en razón a esta muchacha que la pobre es un poco cabezona”.

 

Y la segunda intervención era algo más relacionada con el aspecto moral que con el material. Enrique partió de Ocaña dejando allí a Isabel, pero haciéndola jurar que ninguna decisión sobre su matrimonio debería tomar en su ausencia. Isabel, dio cumplida promesa a su iluso hermano y Enrique, a uña de caballo, partió hacia Andalucía. Podemos juzgar a Isabel y decir que mintió a su hermano y juró en falso. Sin duda alguna, pero ya expuse antes que Isabel consideraba su camino al trono un designio de la Providencia y en ese itinere a veces era necesario quebrantar algunos principios morales. Isabel iba camino de cumplir 18 años, no era una arpía ambiciosa pero tampoco era una mojigata. Era una mujer decidida, adelantada a su tiempo, de carácter, personalidad y buen juicio innegables.

 

Quiero hacer un pequeño alto en la narración a fin de reflejar un hecho, que investigando entre los soportes documentales me ha llamado gratamente la atención. Estamos relatando años de división en el reino castellano. Años de traición, engaño y muerte, pero hay episodios que nos congratulan a veces con algunos personajes de la época. La lealtad y el honor, pese a lo que podamos pensar eran virtudes que abundaban entre los castellanos de ambos bandos. Aquí un ejemplo de un hombre valiente. Hablamos del Condestable de la ciudad de Jaén (recordemos que el Condestable era la figura que representaba al rey en ausencia de este en cada ciudad y por tanto dirigía al ejército e impartí la justicia en nombre del rey), su nombre era Miguel Lucas de Yranzo. Pues bien como ya he narrado Enrique tuvo que salir apresuradamente de Ocaña a fin de pacificar algunas ciudades andaluzas. Al llegar a Jaén, Enrique va acompañado del Obispo de Sigüenza y de Don Rodrigo de Ulloa. Rodrigo de Ulloa era un noble muy cercano a Enrique IV, su título era el de Señor de la Mota y Villavieco pero fue persona también cercana a Isabel la Católica y de hecho pasará a la historia por ser el hombre que cabalgó de Madrid a Segovia a fin de comunicar en persona el fallecimiento de su hermano Enrique a Isabel en 1474. Pues bien, esta cercanía a los dos bandos fue interpretada así por el Condestable de Jaén. Nos lo cuenta Diego Enríquez en su crónica de Enrique IV….

 

“…é el Rey se fué de Jahen: donde llegado , el Condestable le salió á rescebir con mucha gente de á caballo. E al tiempo de la entrada de la cibdad él se puso de la parte de adentro , y en entrando el Rey, dixo al Obispo de Siguenza que iba junto con él: Entrad vos , leal Perlado , merecedor de mucha honra , que vos y vuestro linaje servistes siempre , é seguistes al Rey mi Señor como noble, é de limpia sangre: y en pós del dexó entrar á los del Consejo , é á los criados é continos servidores del Rey. E como Rodrigo de Ulloa fuese , para entrar, púsole el quento de la lanza á los pechos, dísciendole: Teneos vos allá fuera , Rodrigo de Ulloa; que la cibdad de Jahen no suele acoger á los traydores , sino á los que fueron leales al Rey mi Señor: é asi mesmo avergonzadamente le mando dar con la puerta en el rostro , é dexallo fuera”.

 

Hombres de lealtad y honor, una cualidad de los caballeros castellanos  que muchos años más tardes sorprendería y causaría la admiración del Emperador Carlos I. Pero volvamos a nuestra historia…..

 

Enrique después de Jaén se dirigió a Córdoba y allí recibió junto a Juan Pacheco la visita del embajador del rey Luis XI de Francia, el Cardenal Atrabatensis. Castilla en aquel momento era aliada de Inglaterra y no de Francia, sin embargo, de esa reunión salió el acuerdo de amistad con Francia rompiendo la relación amistosa y gratamente comercial (la lana castellana era objeto muy codiciado por los mercaderes ingleses). El motivo de esta ruptura no era otro que el acuerdo al que habían llegado el Marqués de Villena el rey Enrique y el embajador del rey Luis XI de Francia de casar a Isabel con el hermano del rey francés. Era la segunda oferta de matrimonio para Isabel.

 

El hecho de que Isabel permaneciese sola en Ocaña bajo un juramento al rey de no tratar el asunto de su matrimonio es un error mayúsculo de Enrique y del Marqués de Villena. El cronista Alfonso de Palencia nos da su opinión de que el error fue intencionado, es decir, se hizo el juramento a la Princesa, sabedores de que ella no lo cumpliría, siendo éste incumplimiento por tanto causa para romper lo acordado en guisando y negar la Princesa el juramento en Cortes prometido. Pudiera haber sido así ciertamente. El plan del bando realista tras Guisando era la ya aludida doble boda hispanoportuguesa, pero la férrea negativa de Isabel vino al traste con ello. Quedó claro que en Guisando Enrique y Pacheco minusvaloraron a Isabel, presuponiendo que aquella jovencita unan vez nombrada Princesa aceptaría cualquier cosa propuesta con inmediatez. De ese error no cabe hoy duda alguna. Y tampoco creo que del siguiente. Abandonar la Corte en Ocaña haciendo jurar en falso a la Princesa con el fin tener una justa causa para romper lo acordado en Guisando era una torpeza si verdaderamente sabían que Alfonso Carrillo, el arzobispo de Toledo estaba tratando el matrimonio de Isabel con el hijo del rey de Aragón. No me cabe concebir que un estratega político de la talla de Juan Pacheco partiera de Ocaña dejando sola a la Princesa para acordar libremente su matrimonio con el Príncipe de Aragón a sus espaldas. Que se hizo el juramento a la Princesa sabedor de que lo incumpliría y que con ello romperían la Concordia de Guisando es algo que encaja perfectamente con las habilidades de Juan Pacheco, pero que en aquel momento no se sabía de los tratos de Carrillo con el rey de Aragón o si se sabían no se les dio la relevancia debida es un hecho cierto también. No cabe imaginar que Pacheco dejara sola a Isabel en Ocaña, estando Carrillo en la localidad cercana de Yepes (para que el lector se haga una idea Alfonso de Palencia señala que dichas localidades distan solo seis mil pasos) sabedor de que se estaba fraguando el matrimonio con el Príncipe de Aragón y que dicho matrimonio conllevaría a una guerra civil en Castilla pues siendo Isabel Princesa de Castilla y de Aragón no quedaría a Enrique otra salida que pedir ayuda a Portugal en defensa de su propio trono, pues, roto lo acordado en Guisando, Isabel reclamaría la Corona de Castilla para sí respaldada por Aragón. Pienso, que Enrique y Pacheco partieron de Ocaña sin conocer verdaderamente las negociaciones para el acuerdo matrimonial de Isabel y Fernando y se dieron cuenta de su error en Córdoba, de ahí la inesperada ruptura del acuerdo de amistad con Inglaterra y el acuerdo matrimonial con el embajador francés.

 

Efectivamente, dejar sola a Isabel en Ocaña fue un manifiesto error de Enrique. Isabel, en continua comunicación con el Arzobispo de Toledo a través de su fiel servidor Gutierre de Cárdenas va a aceptar la propuesta matrimonial con Fernando. Quien fue el ideólogo de este matrimonio si el propio Arzobispo de Toledo o el rey Juan II de Aragón, no lo sabemos a ciencia cierta si bien podemos intuir que fue Alfonso Carrillo el proponente pues no debemos olvidar que en los primeros momentos de la rebelión nobiliaria y una vez proclamada Alfonso rey de Castilla en la llamada farsa de Ávila ya hubo acuerdos entre Carrillo y el rey de Aragón a fin de salvaguardar su vida y bienes por lo que la comunicación en ambas direcciones era fluida. Si sabemos que de Aragón parte, el 1 de noviembre de 1468 hacia Ocaña, el hombre de confianza del rey Juan II, Pierres de Peralta y lo hace con dos cartas credenciales, hecho este curioso y revelador de que en Aragón no se sabía muy bien con quien negociar el matrimonio de los Príncipes. Una de las cartas dirigida al Marques de Villena, la otra dirigida al a familia Mendoza, ambas con plenos poderes para organizar la boda y anexadas de dos pergaminos en blanco con la firma del Príncipe Fernando a fin de que se añadiesen las firmas de los que estuviesen de acuerdo con dicho enlace. Ambas cartas lo único que tienen en común a parte del propósito del enlace entre Isabel y Fernando es que las dos cartas contienen el nombre del Arzobispo de Toledo, Alfonso Carrillo por lo que no cabe duda de que si la historia debe reconocer a un inspirador de este matrimonio éste no fue otro que Carrillo. La propuesta contaba además con la bendición papal, pues en Ocaña se encontraba también el legado pontificio de ahí que en las comunicaciones que Peralta enviaba al rey de Aragón se manifestase “Majestat, de lo spiritual nada nos falta. El legado es en todo”. Queda claro, por tanto, que Pacheco y el rey no dieron la importancia que realmente tenían a las conversaciones entre Isabel y el rey de Aragón. ¿Por qué no lo hicieron?. Bueno pues porque en política muchas veces, no se valora bien al adversario y en aquella Castilla del siglo XV que una mujer no obedeciese a su rey era algo difícil de digerir y por tanto conducía a errores de cálculo. Alfonso de Palencia nos da fe del error del Marqués de Villena y señala como causa su ciega ambición de poder

 

“Antes del juramento y de la partida de Enrique, había dado ya la Princesa su consentimento secreto para aquél enlace; pero no constándole esto con certeza al Maestre, aunque lo recelaba, creyó que las tentativas á que la Princesa se atreviese quebrantarían sus derechos y que el trastorno de las cosas había de proporcionarle ocasión de ejercer amplia tiranía”.

 

Y el error fue mayúsculo, como atestiguó con posterioridad la Historia. Aquel otoño-invierno a caballo entre 1468 y 1469 vio nacer el matrimonio que uniría los reinos de Castilla y Aragón y justo es reconocer a los padres de tan insigne unión, Juan II rey de Aragón y Alfonso Carrillo, Arzobispo de Toledo. Una última prueba de la paternidad del matrimonio es el poder, escrito en latín, que Fernando otorga al hijo de Alfonso Carrillo, Troilo para realizar en su nombre todos los trámites que considere necesarios para llevar a cabo el matrimonio con la Princesa Isabel y que se conserva en los archivos del Conde de Miranda.

 

Si al principio de este capítulo me refería al cronista Alfonso de Palencia como el más fiable a la hora de conocer todos los detalles de lo acontecido en Castilla en estos pocos meses es porque Palencia, además de ser cronista, fue también protagonista de los hechos, pues el Arzobispo de Toledo le encomendó ir a Aragón a fin de recabar la dote prometida a Isabel, que consistía en la suma de 20.000 florines de oro y un collar de perlas y piedras preciosas

 

“De la entrega del collar y del pago de aquella suma se creía depender únicamente la ratificación de la palabra entre los Príncipes empeñada por lo cual el Arzobispo me encomendó el cargo de marchar á aquel reino y tratar de vencer las dificultades que para ello hubiese”.

 

El matrimonio estaba acordado, y la primera prueba documental de dicho acuerdo la tenemos en la Declaración Jurada que el 3 de febrero de 1469 hacen en Yepes Alfonso Carrillo y el Condestable Pierres de Peralta, también hoy conservada en el archivo del Conde de Miranda

 

“A quántos las presentes verán é oirán sea manifiesto, como nos don Alonso Carrillo, Arzobispo de Toledo, Primado de las Espaynas é chanceller mayor de Castilla, e bien así yo Pierres de Peralta, Condestable de Navarra é mayordomo mayor de la magestad del señor Rey Daragon é Navarra, como legítimos procuradores de la sobredicha magestad y del serenísimo Rey de Cicilia, su primogénito avientes poder bastante para prometer, otorgar é firmar de parte de sus señorías todas é qualesquier cosas que por la serenísima Princesa doña Isabel, primogénita y heredera de los reinos de Castilla y de León fueren demandadas á nosotros en é por razón é causa que entre el dicho serenísimo Rey de Cicilia y la serenísima Princesa doña Isabel por gracia de nuestro Señor se espera contraer matrimonio; el qual poder é procura es en la forma siguiente…”

 

 

         Apenas cinco meses después de la Concordia de Guisando, Isabel había conseguido ser Princesa de Castilla y de Aragón. Podía haber sido reina de Portugal e incluso de Francia, pero como dije antes, la muerte de su hermano Alfonso le hizo ver que debía ser reina de Castilla por voluntad de Dios .El acuerdo estaba consumado, faltaba ahora ver, ponderar y defenderse de la segura reacción del rey Enrique y Juan Pacheco……

 

 

 

         

 

 

Escrito en Aranjuez a 16 de Marzo de 2025.

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

Villa de Cervera

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte XV

“…Nos Don Fernando, por la gracia de Dios, Rey de Cicilia, con el serenísimo señor Rey é padre nuestro muy honrado en el dicho reino de Cicilia conregientes é conrenantes en todos sus renos é tierras, primogénito é gobernador general, Príncipe de Girona, Duch de Monblant, Conde de Rivagorza, Señor de la ciudat de Balaguer atendido que mediante la gracia de nuestro Señor, esperamos contraer matrimonio con la serenísima Princesa doña Isabel, primogénita heredera de los renos de Castilla………. é debemos dar é otorgar de derecho, para que vos el dicho don Alonso Carrillo, Arzobispo de Toledo é vos el dicho Condestable mosen Pierres de Peralta, procuradores nuestros, por nos e en nombre nuestro poda des ensemble é vos sea lícito prometer, ofrecer é dar tales seguredades é firmezas, quales por la dicha serenísima Princesa doña Isabel ó por otro en nombre della vos sean o fueren demandadas……”

 

Extracto del acuerdo firmado en Yepes el 3 de febrero de 1469 entre el representante de Fernando de Aragón, Pierre de Peralta, y el Arzobispo Carrillo en orden al cumplimiento de las promesas matrimoniales efectuadas a la Princesa Isabel

Los hechos históricos han de ser analizados con la mayor objetividad posible. Hemos de desprendernos de nuestra ideología, nuestros parámetros morales e incluso de nuestra propia medida de lo sentimientos. Ello debe de ser así porque un primer error que se comete al enjuiciar la historia es el de usar nuestros parámetros morales o ideológicos actuales para valorar hechos que sucedieron hace más de quinientos años, y eso nos conducirá a un análisis erróneo.

 

         Cuando hablamos de los Reyes Católicos muchas personas tienen la imagen de un matrimonio idílico, fraguado en las brasas del amor entre dos jóvenes príncipes, y, sin embargo, todo aconteció muy lejos de esa visión romántica. Fernando de Aragón e Isabel de Castilla se casaron por mero interés político, ni más ni menos. El acuerdo matrimonial como expuse en el capítulo anterior tuvo su autoría ideológica en el rey Aragón, Juan II y del Arzobispo de Toledo Alfonso Carrillo y fue fruto de la necesidad política de ambos contrayentes. Por parte de Aragón lo que se pretendía mediante este matrimonio era poner fin al evidente peligro que por ambos lados acechaban sus fronteras desde hacía décadas. Al norte, la poderosa Francia en reclamación continua de sus territorios limítrofes suponía un dilatado desgaste al reino aragonés, al oeste, el reino castellano había demostrado años antes apoyando la revuelta de los condados catalanes, que también podía ser un factor de riesgo en la estabilidad política de Aragón. Que mejor solución para cercenar ambos peligros que una boda entre los príncipes herederos de Aragón y de Castilla, que, por un lado, convirtiera a Castilla en un firme aliado de la Corona Aragonesa y, por otro lado, supusiese la formación del más poderoso estado peninsular, capaz, no sólo de plantar cara a Francia, si no de vencerla en la disputa de los territorios del Rosellón. Para Juan II de Aragón, el conflicto sucesorio en Castilla que durante años había observado con gran expectación, se había convertido en una gran oportunidad política con el nombramiento de Isabel como Princesa heredera, pues esto permitía una alianza matrimonial con las ventajas antes expuestas.

 

         ¿Y para Castilla? O, mejor dicho, para Isabel. Pues para Isabel el matrimonio con Fernando de Aragón era la mejor de las tres opciones posibles que se le plantearon en Ocaña. No había más. Tras la Concordia de Guisando, Isabel se veía obligada a contraer matrimonio de una forma inminente, no podía dilatarlo más en el tiempo. Las propuestas matrimoniales con el Rey de Portugal y el Duque de Guyena, suponían un dorado exilio a Portugal o a Francia para Isabel y no estaba dispuesta a alejarse de Castilla. Sin embargo, la propuesta matrimonial con Fernando de Aragón era no sólo la mejor de las tres con gran diferencia, pues suponía, por un lado, el cumplir con lo acordado en Guisando con Enrique y por otro, la formación de una poderosa alianza capaz de plantar cara a la amenaza portuguesa que para Isabel suponía la todavía reina de Castilla Juana, y su hija pues conocido era ya a principios de 1469 que Enrique no iba a cumplir con lo acordado en Guisando en lo referente al divorcio con su esposa y la expulsión de ésta y de su hija del territorio castellano. La decisión, era sencilla, estaba tomada pero para llevarla a cabo hacía falta algo más….y allí de nuevo surgió la Providencia.

 

         La Providencia, sí, ese fenómeno al que durante toda su vida aludió, Isabel la Católica, apareció en aquel frio invierno y posterior primavera toledana de 1469. Llámenlo, suerte, destino, azar, baraca, karma….. lo que el lector prefiera, pero es evidente que, otra vez, en la vida de aquella joven que iba camino de cumplir dieciocho años algo de nuevo intervino para afianzar su camino al trono castellano y a todo lo que vendría después.

 

         El matrimonio entre Isabel y Fernando, fue, por tanto, únicamente un matrimonio fruto de la simple necesidad política de ambos, pero eso no significa que esa unión conyugal no haya sido el matrimonio más trascendente de la Historia Universal. Obviar este extremo es cercenar a la Historia su parte más importante…. la realidad objetiva de los hechos acontecidos.

 

         Pero como decía, la Providencia o el azar, se presentaron en este tablero de ajedrez que era la Corona de Castilla. Algunas ciudades de Andalucía se mostraron en abierta rebelión contra el rey Enrique IV, además, los moros del reino de Granada aprovecharon para atacar algunas ciudades…. Andalucía ardía…y Enrique y su más próximo consejero, el Marqués de Villena, midieron mal. Cometieron un error que no tendría ya remedio…. dejaron sola a Isabel en Ocaña. Si, la hicieron jurar que no tomaría decisión alguna en lo referente a su matrimonio mientras en rey estuviera lejos de la Corte y seguramente Pacheco, suponía que Isabel no cumpliría con este juramento lo que habilitaría a Enrique para romper con tolo lo acordado en Guisando y reponer a su supuesta hija en la sucesión al trono de Castilla. Seguramente esta era lo que el hábil Marqués de Villena, o Maestre da la Orden de Santiago como prefiera el lector, había urdido para eliminar del tablero a esa jovencita arrogante que había desechado el matrimonio con el rey de Portugal que tan seguro daban por hecho tanto el propio Pacheco como el monarca luso. Pero minusvaloraron a la Princesa, seguramente por ese machismo medieval diríamos que en aquel tiempo, universal en el que no cabía contemplar que una mujer, por muy Princesa que fuera, se atreviera a desobedecer el mandato de un rey, pero Isabel, no sólo fue una Princesa que confrontó con un rey, sino también, como veremos más adelante, fue una reina que desafió a su propio rey en más de una ocasión. De ahí uno de los aspectos de la trascendencia histórica de Isabel de Trastamara, pues nos encontramos ante la primera mujer en la historia de Castilla que proclamará sus derechos como reina propietaria por encima de la figura del rey varón.

 

Pero cada cosa a su tiempo. Estamos en pleno invierno de 1469, El rey se encuentra en la Corte azorado por el levantamiento de algunas ciudades de Andalucía e Isabel, ve la ocasión y se mueve con presteza. El arzobispo de Toledo, se encuentra cerca, en Yepes y a través de Gutierre de Cardenas se comunica a diario con la Princesa. El acuerdo con Pedro de Peralta es rápido, tras un primer esbozo de las capitulaciones matrimoniales realizado el 7 de enero, se firma el 3 de febrero en Yepes la jura entre Alfonso Carrillo  y el emisario aragonés quien cabalga de vuelta con los documentos firmados por el prelado castellano. Va camino de Cervera (Lérida) donde Fernando se encuentra acuartelado pasando el invierno. Pensemos que de Yepes a Cervera hay casi 580 kilómetros, que en aquel entonces debían de recorrerse a caballo. Teniendo en cuenta que normalmente se pueden recorrer a caballo entre 20 o 30 kilómetros al día y si nos fijamos en el archivo documental, veremos que el acuerdo anteriormente meritado de Yepes es de 3 de febrero y las capitulaciones matrimoniales que ahora vamos a analizar son de 7 de marzo, es decir, que transcurrieron sólo 32 días, lo que nos lleva a la conclusión de la premura del emisario aragonés en cumplir con su encargo y de concluir con el acuerdo matrimonial antes de que Enrique y Pacheco pudieran mover ficha.

 

         Y así aconteció. Prueba de la ajenidad del rey a la negociación secreta entre el arzobispo de Toledo y el emisario aragonés lo encontramos en la cédula de 8 de febrero de 1469 que el rey Enrique IV dicta en Ocaña el 8 de febrero de 1469, en ella insta a la ciudad de Burgos a que preste ayuda a Rodrigo Pimentel, Conde de Benavente, en la toma de la ciudad de Villalba, o la Cédula de 14 de febrero, también dictada en Ocaña prohibiendo fundir la moneda para acuñar otra de menor ley. Vemos, por tanto, a un rey, confiado en someter a su hermana a aceptar el matrimonio que se la ofrezca y preocupado en apaciguar los distintos incendios que en uno y otro lugar del reino se sucedían. Pero Castilla estaba impregnada de un hálito de desobediencia al rey. Su figura pusilánime en manos de Villena de nuevo, no era tolerada en diversas ciudades del reino, que ansiaban un gobernante que mirase por los intereses de los castellanos y no por enriquecer a sus cercanos. Para sofocar estas pequeñas rebeliones, Enrique dicta una última Cédula en Ocaña, el 30 de Abril, en ella se faculta a Beltrán de la Cueva, Duque de Alburquerque, Rodrigo Pimentel, Conde de Benavente y a Don Pedro de Velasco a que en nombre del rey acudan a cuentas ciudades y villas se rebelen contra el monarca a fin de restaurar el orden…..

 

         “.., é por la presente les encomiendo, que puedan reducir á mi Servicio é obidencia todas e quálesquier cibdades é villas é logares é castillos é fortalesas é otros quálesquier caballeros personas que están fuera de mí obidencia, é les perdonar é remitir todos é quálesquier yerros é culpas é crímenes é escesos que ayan cometido de qualquier calidad que sean, del caso mayor al menor inclusive,aunque sea crimen de lesa magestatis ó otro qualquier, e para que los puedan en mi nombre é por tal abtoridad seguraré confirmar sus privilegios é franquesas é libertades fe esenciones y sus personas é casas é estados…”

 

         Queda claro, que la primavera de 1469, era una primavera convulsa  y que esta zozobra en el reino fue hábilmente aprovechada por Isabel para concertar a espaldas del rey su matrimonio con Fernando. 

 

         Resulta difícil pensar, que un hombre tan políticamente capaz como el Marqués de Villena que tenía a su servicio una extensa red de informadores, no tuvo conocimiento de las negociaciones o si lo tuvo no le concedió la trascendencia que tenían. A mi juicio, Pacheco no estaba al tanto del asunto, por lo menos en Mayo de 1469 cuando decide salir de la Corte en Ocaña a fin de acompañar al rey en su viaje a Andalucía a fin de pacificar diversas ciudades. Si Pacheco hubiera sido conocedor del acuerdo matrimonial entre los príncipes no hubiera abandonado la Corte, salvo que en su mente estuviera, como expuse anteriormente, utilizar el anuncio de la boda como un casus beli contra Isabel, pero ello significaría ir a la guerra civil en Castilla, y ahora Isabel contaría con un poderoso aliado en Aragón. No era Pacheco jugador de partidas de resultado incierto pero su error de cálculo y el de Enrique quedarían de manifiesto en los meses siguientes.

 

         El cronista Alfonso de Palencia nos cuenta la salida del rey de Ocaña con preciso detalle…

 

         “Por último, el Rey salió de Ocaña el 7 de Mayo y entró en Sevilla el 19 de Agosto, precedido de gran multitud de ciudadanos, entre aclamaciones, públicos regocijos y las acostumbradas ceremonias del clero”.

 

         Pocos días después de la partida del rey, marchó Isabel de Ocaña. Fueron días intensos en los que aprovechando la ausencia del monarca y de Pacheco, se intensificaron los contactos entre Carrillo y la Princesa. Gutierre de Cardenas entraba de noche en Ocaña, burlando la vigilancia de las sirvientas de la Corte, todas a sueldo de Pacheco e informaba a la Princesa de los avances en las negociaciones y detalles de la boda.

 

         Pero nos habíamos quedado en marzo de 1469, aún no había muerto el invierno y el representante de Fernando, Pierre de Peralta llega a Cervera a comunicarle el sí de Isabel, y lo hace con una carta manuscrita por la propia Isabel.

 

         Al senyor mi primo, el rey de Sicilia:

 

Senyor primo: pues que el condestable va allá, no es menester que yo más escriva, sino pedir hos perdon por la respuesta ser tan tarde. 

Y porqué se detardó, él lo dirá a Vuestra Merced. Suplicos que les deys fe y a mi mandéis lo que quisieres que haga agora, pues lo tengo de hazer. Y la razón que más que suele para ello, hoy del la sabréys, porque no es para scrivir. De la mano que fará li que mandardes

 

La princesa.

 

         La boda estaba ya acordada formalmente y el siguiente paso era formalizar las capitulaciones matrimoniales. Y así el 7 de marzo de 1469 tras revisar y negociar el borrador de las capitulaciones hecho en Ocaña en enero, se firman, por el propio Fernando y por el noble castellano Gómez Manrique en nombre de Isabel, las capitulaciones matrimoniales definitivas.

 

         De la lectura de las capitulaciones matrimoniales queda claro que las mismas fueron redactadas con gran beneficio para Isabel, lo que nos denota que existía gran premura en Aragón por formalizar el acuerdo y aprovechar este prometedor matrimonio. Algunos historiadores afirman que esta aparente benevolencia en la aceptación de las pretensiones de Isabel en el contrato matrimonial fue debida a la situación de debilidad de la Corona de Aragón por las revueltas catalanas, pero este hecho, que no podemos negar que sea cierto pues los condados catalanes siempre fueron un dolor de cabeza para la Corona de Aragón, no pienso que fuera de tal calado como para ceder en tan ventajosas condiciones a las pretensiones de Isabel. Considero que Juan II de Aragón vio la histórica oportunidad de unir ambos reinos y vista la desdicha del infortunado Alfonso prefirió un rápido acuerdo. Una vez celebrada la boda ya habría tiempo de mejorar lo acordado, pues Fernando era un muchacho joven pero que ha había demostrado sobradamente su valor en el campo de batalla y al que su padre veía bien capaz de negociar posteriormente una relajación de las pretensiones de Isabel.

 

         Las capitulaciones se encuentran guardadas en el Archivo de Simancas pero es un documento de tal trascendencia que merece ser analizado.

 

         Nos Don Fernando por la gracia de Dios Rey de Sicilia, con el Serenísmo  Rey Padre nuestro, muy honrado en el dicho Reyno de Sicilia, conregientes y conregnantes e en todos sus Reynos e tierras, Primogénito Gobernador general, Principe de Girona, Duc de Monblanc, conde de Ribagorza, señor de la ciudad de Balaguer: por razón e causa de que entre nos e la Serenissima Doña Isabel princesa primogénita heredera de los Reynos e Señoríos de Cstilla é Leon se espera  por gracia de Dios nuestro Señor contraher matrimonio: assimesmo por quanto en los tiempos de los tales matrimonios los Reyes e principes que suceder esperan por esta via en los Reynos e siquier Señoríos es costumbre jurar lo acordado e apuntado entre las partes, los infraescritos capítulos y cada cosa y parte de aquellos con todos los convenios e condiciones en ellos e cada uno de ellos contenidos de tener, observar e guardar é cumplir según y en la manera que yazen y son escritos prometemos e juramos. 

 

Primeramente que como Católico Rey e Señor seremos devoto é obediente a los mandamientos é exhortaciones de la Santa Sede apostólica é de los Sumos Pontífices della é que tendremos por encomendados los prelados é personas eclesiásticas é religiosas con aquel honor é acatamiento que se debe a la Santa Iglesia e a la libertad eclesiástica.

 

Item que con toda filial obediencia, devocion e reverencia trataremos al Señor Rey Don Enrique su hermano e assí como a Señor Padre. 

 

Item que tendremos e mantendremos en maternal honra é acatamiento con quanta veneracion pudieremos a la Señora Reyna Doña Isabel madre de la dicha serenísima princesa, e que como a madre nuestra propia la trataremos e le cobraremos todas sus cibdades, villas, fortalezas e lugares que le son ocupados e avremos por encomendados todos los suyos como si fuesen propios nuestros.

 

El encabezado de las capitulaciones contiene una declaración de obediencia a la Iglesia Católica, que si bien cabe tacharse de protocolaria no es menos cierto que tiene también una clara intención de dulcificar las relaciones que en aquel momento estaban más que ásperas entre el Papa Paulo II e Isabel, pues como es sabido el sumo pontífice había elegido al bando de Enrique en el conflicto sucesoria castellano. 

 

La mención a la obediencia hacia el rey de Castilla debe de entenderse como un intento de apaciguar la segura cólera del monarca al conocer el anuncio del enlace entre los príncipes, pues elegidos otros candidatos por parte del rey y de Pacheco, resultaba evidente que el matrimonio con Fernando de Aragón sería un duro golpe para el rey de Castilla de ahí que encabezar las capitulaciones con el reconocimiento de la obediencia debida al rey castellano era una forma de pedir una aceptación tácita del futuro enlace. 

 

No sorprende tampoco la mención al respeto de la figura y bienes de la madre de Isabel, pues la Princesa había vivido en carnes propias la difícil vida en Arévalo debido al incumplimiento de Enrique de las disposiciones testamentarias de su padre en orden al mantenimiento de las necesidades económicas de los infantes Alfonso e Isabel y de la reina viuda de Castilla. Isabel no quería que su madre sufriera nuevas estrecheces y menos esta vez de la mano de su futuro esposo.

 

Item que observaremos é faremos observar e administrar buena justicia en todos essos dichos Reynos e Señoríos de Castilla e León, asi en la Corte como en todas las obras cibdades, villas e lugares dellos, e que con toda clemencia trataremos e oyremos los que a nos recurrieren por justicia según deue bueno e Cathólico Rey, e que auremos por encomendados piadosamente a los pobres e miserables personas.

 

Item que por consolacion de los pueblos e los ombres dellos, que nos les daremos sus audiencias e los trataremos así en la dicha justicia con todo amor e clemencia que se deue de buen Rey a sus vasallos.

 

 Item que observaremos e guardaremos los establecimientos e loables consuetudines, leyes, fueros e privilegios dessos dichos Reynos e Señoríos a todas las cibdades, villas e lugares dellos según acostumbran de facer los Reyes quando toman los regimientos de aquellos.

 

 Item que trataremos bien e con todo amor, affection e honra a todos los caualleros grandes e pequeños e otros qualesquiere dessos Reynos según deue e sespera de buen Rey fazer con sus vasallos.

 

Item que obseruaremos e guardaremos la paz fecha entre el dicho Señor Rey Don Enrrique su hermano y ella, e que permitiremos e daremos lugar que su alteza reyne pacificamente por todos los dias de su vida sin nengun empacho, cumpliendo su señoria todo lo que a ella prometido tiene en la capitulacion de la dicha paz.

 

Nueva mención para el rey Enrique en el que se le promete un reinado pacífico y se alude al cumplimiento de lo acordado en Guisando. Se intenta de nuevo que el rey acepte el acuerdo matrimonial garantizándole su legitimidad como monarca con este nuevo expreso reconocimiento. Ciertamente para Isabel era fácil aludir a lo prometido en la Capitulación de Guisando, pues en ella simplemente se comprometía a reconocer a Enrique como rey legítimo de Castilla, renunciando así a proclamarse reina de Castilla a diferencia de como había hecho su malogrado hermano, y también se comprometía a casarse, lo cual estaba llevando a efecto. Quedaba pues en la mano del rey, el cumplir con lo acordado en Guisando, y lo más espinoso era la expulsión de Castilla de Juana, la todavía reina castellana.

 

Item que guardaremos e conservaremos en el consejo del regimiento dessos dichos Reynos y en otras sus preheminencias, honores e prerogativas al Ilustre reuerendo señor Arzobispo de Toledo, primado de las Españas, chanciller mayor de Castilla, nuestro muy caro e muy amado tio; e al Arzobispo de Sevilla e a los ilustres e magnificos señores Maestre de Santiago, Conde de Plasencia, que fueron principales en la buena conclusion de la dicha paz, y en jurar a la dicha serenissima princessa Doña Isabel por heredera e successora dellos, e al obispo de Burgos, e a los otros grandes, caualleros e señores que se conformaren al servicio suyo e nuestro, e que nos les faremos algun enojo real ni  personal sin causa e sin expreso consentimiento e voluntad della.

 

Que las capitulaciones buscaban ser aceptados por todos los estamentos de Castilla era evidente. Cumplimentado el rey, quedaba contentar a clero y nobleza y las menciones específicas a los más insignes representantes de ambos estamentos en el contrato matrimonial evidenciaban esta intención.

 

Item que iremos personalmente a essos dichos Reynos a residir e estar en ellos con la dicha serenissima princessa, y que no partiremos ni salliremos dellos sin voluntad suya e consejo, y que no la sacaremos de los dichos Reynos sin consentimiento suyo e voluntad. 

 

Item que dandonos Dios alguna generacion assi fijo commo fija, segun no menos se deue esperar, que nunca los apartaremos della, ni los sacaremos dessos dichos Reynos: mayormente el primogenito o primogenita que della ouieremos.

 

 Item que no enagenaremos ni faremos merced de nenguna cibdad, villa o fortaleza dessos dichos Reynos ni de juro ni de otra cosa qualquier pertenesciente a la Corona Real, sin consentimiento e voluntad de la dicha serenissima princessa: e que faziendose en qualquiera manera lo contrario, se haya por ninguno.

 

Pasamos ahora a l aparte de las capitulaciones en las que queda claro la prevalencia de las pretensiones de Isabel. Los reyes residirán en Castilla así como sus futuros descendientes. No podrá el rey abandonar Castilla sin el permiso de la reina ( por primera vez en la historia de Castilla una reina prohíbe al rey abandonar el reino sin su permiso). Además se tacha de nulidad cualquier disposición de bienes o ciudades castellanas hecha sin el expreso consentimiento de la Reina.

 

 Item que en todos los privilegios, cartas e otras qualesquier escrituras que se ovieren de escribir, fazer y embiar assi por ella como por nos, juntamente se ayan de firmar e firmen por manera que todas vayan firmadas por mano a dos, e que en la intitulacion dessos dichos Reynos e Señorios nos y ella juntamente nos ayamos de intitular, e assi mesmo en los otros Reynos e dominios que nos acá tenemos e tendremos.

 

Que Isabel no iba a ser una simple reina consorte ya le quedó claro a todo el mundo aquel 7 de marzo de 1469. Isabel exigía la firma de ambos en cualquier documento que necesitara la signatura real y exigía la intitulación conjunta de ambos en cualesquiera de los reinos que se tenían o que se tendrán, expresión esta última aclaratoria de la ambición que latía en la celebración del matrimonio y que pensamos que tenía como destino el reino nazarí de Granada.

 

Item que non pondremos algunos en consejo dessos dichos Reynos saluo castellanos y naturales de aquellos sin consentimiento e determinada deliberacion de la dicha serenissima princessa. 

 

Item que daremos lugar que la dicha serenissima princessa aya de recebir e reciba y tome por si todos los juramentos y pleyto-omenages de todas e qualesquiere cibdades villas e lugares corregidores o pesquisidores o otros oficiales salvo naturales de aquellos e que ella dirá e determinará.

 

Item que non daremos tenencia de fortaleza alguna en los dichos Reynos e Señoríos salvo a los naturales e a quien la dicha serenissima princessa determinará e en ellas poner quiera a servicio de ambos dos y bien  de los Reynos. 

 

Item que cada y quando la dicha serenissima princessa quisiere fazer merced de qualquiere villa o lugar de juroo de otras qualesquier cosas, que lo pueda ella fazer sin embargo alguno, e que la tal merced nos la guardaremos como si nos mesmo la fizieremos, e que auiendo ella fecho merced alguna o dado su palabra e fee sobre ello, o quiere de dar e diere de aqui adelante, que nos la guardaremmos e la cumpliremos como ella mesma.  

 

Quedaba claro que en Castilla quien reinaba era Isabel. Sus decisiones debían ser respetadas por Fernando y la clara salvaguarda de que todos los nombramientos de autoridades y regidores deberían recaer sobre castellanos alejaba a Fernando toda posibilidad de inmiscuirse a través de terceros en el desarrollo político de Castilla. Isabel había observado muchos años siendo niña la manipulación de su hermano Enrique en la Corte de Segovia por parte de nobleza y clero y su idea del buen gobierno distaba mucho de la dejadez de Enrique.

 

. Item que en las vacationes de los Arzobispados, Maestrazgos, Obispados, Priorados, Abadias e Beneficios supplicaremmos comunmente a voluntad suya della, segun mejor parecerá  cumplir al servicio de Dios e bien de las iglesias y salud de las animas de todos y honor de los dichos reinos, e los que seran postulados para ello sean letrados. 

 

Item que non quitaremos las mercedes fasta el dia de oy assi de cibdades, villas e lugares e fortalezas como de juro[s] e otras qualesquier cosas, a qualquier cauallero e otras qualesquier personas eclesiasticas siquier seculares fechas de lo que el serenissimo Rey nuestro padre tenia, o otro qualquier pariente suyo o nuestro o servidor en essos dichos Reynos e Señorios, y que non faremos alguna innouacion sobre todo ni parte dello por qualquier razon ni causa sin consentimiento e determinada voluntad de la dicha serenissima princesa: mas que les guardaremos y mantendremos aquellas.

 

 Item que por qual injuria quel dicho señor Rey nuestro padre ouiese o qualquier de los suyos recebido en otros tiempos en esos dichos Reynos, e assimesmo otro qualquier enojo o odio que dicho Señor Rey nuestro padre e no o otro qualquier de los suyos o nuestros ouiesse contra qualquier persona dessos dichos Reynos, no faremos por ello alguna innouacion contre estos tales: mas que por seruicio de Dios y contemplacion de la dicha serenissima princesa perdonamos a todos, segun fizo nuestro Señor en el bueno y saludable exemplo de nosotros

 

Los futuros contrayentes pretenden aquietar cualquier duda que pudiera existir dentro de la iglesia y nobleza en orden a los privilegios ya concedidos por Enrique, pues sus mercedes habían sido más que generosas en su reinado, y tanto Fernando como Isabel no querían ganarse enemigo alguno antes de concertar su matrimonio.

 

Item que conservaremos todos sus criados e criadas de dicha serenissima princessa en qualquier honra, estado e oficio que estan cerca della; e los conseruaremos, amaremos e acataremos como faze ella mesma, e dexaremos todas las tenencias de qualquier cibdad, villa o lugar suyo a quien ella las tiene dadas, e assimesmo todos los officios de las dichas cibdades, villas e lugares segun agora las tienen o tendrán por ordenanza suya de aqui adelante. Item que non faremos algun movimiento en essos dichos Reynos por qualquier causa ni razón que sea sin su consentimiento e determinado consejo della. 

 

Hasta el más nimio d elos detalles de la vida cotidiana quedaba en manos de Isabel. El servicio y los oficios también serían por ella designados en Castilla.

 

Item que despues que avremos a una con la dicha serenissima princessa los dichos Reynos e Señorios de Castilla e Leon a nuestro poder, que seamos obligados de fazer la guerra a los moros enemigos de la santa fee catholica, como  han fecho e fizieron los otros catholicos Reyes predecessores, e succeyendo en los dichos Reynos, que seamos tenido[s] de pagar y que pagaremos las tenencias de las forzalezas de la frontera de los moros como los otros Reyes han fecho y está en costumbre.

 

Item que no tomaremos empresa alguna de guerra o confederacion de paz  con Rey ni Señor comarcano alguno ni con cauallero o Señor dessos dichos Reynos, ecclesiastico ni secular, sin voluntad e sabiduria de la dicha serenissima princessa y determinado consejo, porque mejor se pueda fazer e fagan todas las cosas a seruicio de Dios nuestro Señor, honor de amos a ambos dos y bien de los Reynos.

 

 Isabel acuerda que el enemigo ahora es el reino nazarí de Granada y que ninguna otra guerra ha de hacerse sin su consentimiento. Esta cláusula de las capitulaciones es la que desvirtúa la opinión antes mencionada de algunos historiadores de que la premura en aceptar las duras condiciones de Isabel se debía a la debilidad militar de la Corona de Aragón. De ser cierto esto, Fernando y su padre nunca hubieran aceptado que el posible auxilio castellano en los conflictos de Aragón dependiera de la sola voluntad de Isabel. En mi opinión, reitero que la aceptación con premura de las condiciones de Isabel respondía al deseo de cerrar una gran alianza política con vistas a un futuro próximo y no a una debilidad militar o política aragonesa que simplemente no existía o si existía pero no era de tal calado que condicionase una rendición a las peticiones de una princesa en una situación algo complicada.

 

Et nos don ferrando sobredicho Rey, allende de los lugares que las reinas de aragon han e suelen tener por camaras suyas a saber en Aragon, Borja y Magallon, en Valenci], Elche e Crevillente y en Sicilia, Zaragoza e Catania, por aquesto de que la dicha serenissima princessa Doña Isabel en concluyéndose el dicho matrimonio esperamos recebir, que son todos  los sobredichos Reynos e Señorios de Castilla e Leon y lotro restante para mandar, gouernar, regir e señorear a una con ella como dicho es, con voluntad e consentimiento del dicho Serenissimo Rey nuestro padre añadimos en crexe y amejoramiento a ella en cada uno de los dichos Reynos y en los otros Reynos e Señorios quel dicho Señor Rey nuestro padre e nos tenemos y assi bien en los principados otros sendos lugares, solo que las cabezas de los tales Reynos, principados e Señorios no sean, quales ella sabra escojer e demandar para que ella en vida suya los possea, tenga e señoree en ellos y en qualquier dellos y pueda tomar e tome como señora dellos todas las rentas e derechos con todas las otras jurisdicciones altas, medianas e vaxas, y saque alcaydes y meta otros  qualesquier oficiales, salvo que los tales que ovieren de ser puesto por ella sean naturales y no extrangeros de aquellos.

 

E aunque de nos ordenasse Dios nuestro Señor ante que no della despues de consumido el matrimonio, y aunque no ouiessemos criazon della, lo qual no plegue a Dios, que los tenga e posea ella salvo que despues de los dias della todos aquellos assi los del crex6 y amejoramiento como los otros tornen a nos o a nuestros herederos a quien de derecho vinieren.

 

E demas desto si por aventura se fallare que la Reyna Doña María nuestra tia, muger del Rey Don Alfonso de Aragón de gloriosa memoria nuestro tio, toviesse en su tiempo mas destos logares o otros mandos e preheminencias o señorios: o la Reyna Doña Johana mi Señora madre, cuyas animas Dios aya, en los dichos Reynos e Señorios, que aquellos sean, luego quel matromonio fuere contrahydo, dados y entregados a una con todo lo sobredicho a la dicha serenissima princessa Doña Isabel como a esposa nuestra e muger que por entonces sera. E assimesmo prometemos e damos a la dicha serenissima princessa en crex, arras e amejoramiento encima de todo lo sobredicho tanto quanto la dicha Reyna Doña Maria ovo del dicho Rey Don Alfonso en crex e amejoramiento sobre el dote quella truxo o le fue prometido. E mas dentro de quatro meses contaderos después del matrimonio sobredicho ser contrahydo e surtido a su debido effecto entre nos y la dicha  serenissima princessa que por entonces sera ya nuestra esposa e muger, que nos les embiaremos cient mil florines de oro para mantenimiento de su honor y estado e otras necesidades que sobrevengan, y en adelante como a su estado Real pertenesciere la mantendremos e daremos lo que cumple.

 

La generosidad de Fernando queda también patente en la espléndida dote ofrecida a Isabel. A esta dote hay que añadirle la suma de 20.000 florines de oro y un collar de oro y piedras preciosas cuya curiosa historia contaré en el capítulo siguiente.

 

Item que si los fechos en Castilla vinieren en rotura, lo qual no quiera Dios, luego yremos en persona para alla con quatro mil lanzas pagadas para mientre la rotura durare, e quel dinero para pagar las dichas quatro mil lanzas levaremos con nos: e que seamos tenidos siempre que durare la rotura en essos dichos Reynos, de tener pagadas quatro mil lanzas de lo nuestro mesmo. E bien assi si en este medio la voluntad de la dicha serenissima princessa fuere, o embiare por nos o en qualquier otra manera que la necessidad lo requiriere, que luego y de fecho tiraremos para ella.

 

He aquí una clara advertencia a los posibles enemigos de Isabel en Castilla. Una vez prometida la paz y el reconocimiento a Enrique, nobles y clero de todos sus cargos y prebendas, Fernando advierte de la segura ayuda militar que prestaría en caso de guerra civil en Castilla.

 

Item que a las doncellas que con ella viven e bivirán daremos sus casamientos como a cada una dellas se requeriá e segun que en cada una fuere, a voluntad e contentamiento de la dicha serenissima princessa.

 

La última cláusula de las capitulaciones va referida a las damas de compañía de la princesa a las que se les asignará marido o se complacerá en su elegido conforme al permiso de la reina.

 

Las capitulaciones de Cervera fueron firmadas por Fernando de Aragón y por su padre el rey Juan II y pueden considerarse como el documento fundacional de lo que sería posteriormente la nación española.

 

Escrito en Aranjuez a 29 de marzo de 2025.

 

Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

 

El rey Juan II de Aragón

Isabel la Católica. La forja de una Reina. Parte XVI.

“Muy alto Príncipe y muy poderoso Rey y Señor. Bien sabe vuestra señoría como después que el muy ilustre Rey don Alonso, hermano de vuestra señoría y mió pasó desta presente vida, y algunos de los Grandes, Perlados y caballeros que lo avian servido y seguido, quedaron en mi servicio en la cibdad de Avila, y yo podiera continuar el título y posesión que el dicho Rey don Alonso mi hermano ante de su muerte avia conseguido: pero por el muy grande y verdadero amor que yo siempre ove y tengo á vuestro servicio y real persona y al bien y paz y sosiego, destos vuestros regnos y señoríos, y sentiendo que vuestra alteza deseaba que las guerras y escándalos y peligrosos movimientos y muchas turbaciones se pacificasen y acordadamente se compusiesen, quise posponer todo lo que parescia aparejo de mi sublimación y mayor señorío y poderío por condescender á la vountad y disposición de vuestra excelencia…..”

 

Carta de Isabel a su hermano Enrique, fechada el 8 de septiembre de 1469 en Valladolid.

Como he venido contando en los capítulos anteriores, Isabel, en 1469 era, simplemente, la novia de Europa. Portugal, Inglaterra, Francia y Aragón veían en la joven princesa castellana una ocasión ideal para acrecentar sus dominios y al mismo tiempo alejar a viejos enemigos. Concluidos los acuerdos en Guisando y trasladada la Corte a Ocaña, la primera opción barajada por el rey y su en aquel entonces mano derecha, Juan Pacheco, Marqués de Villena y Maestre de la Orden de Santiago, fue la boda con el rey de Portugal. Subestimó Pacheco a Isabel en aquella ocasión, pues confiado estaba en que aquella impertinente niña, una vez nombrada Princesa de Asturias acataría el matrimonio que se le propusiese. Y las opciones que barajaban el rey y Pacheco pasaban todas por un exilio encubierto de Isabel. La querían fuera de Castilla. No querían que aquella jovencita fuese de nuevo utilizada en contra del monarca como lo había sido años antes su malogrado hermano.

Los primeros en llevarse calabazas fueron los emisarios portugueses, que tras varias semanas alojados en la localidad de Ciempozuelos, fueron despedidos por el Marqués, con buenas palabras y falsas promesas de que era cuestión de poco tiempo de acabar de convencer a la Princesa de la conveniencia del matrimonio. Portugal era un reino en clara expansión, que había sabido inteligentemente alejarse de conflictos con otras naciones europeas y había puesto su vista en expandirse a través de la navegación. Unir los reinos de Portugal y Castilla supondría conseguir la unión peninsular más importante y un reino capaz de plantar cara de igual a igual a Francia e Inglaterra. Para Enrique, la unión con los portugueses suponía, por un lado, eliminar del tablero castellano a Isabel, que una vez casada, marcharía rumbo a Lisboa, y por otro lado, supondría tener un importante aliado con el que enfrentarse al vecino reino de Aragón en caso de surgir nuevas disputas. No olvidemos que en la memoria de castellanos y aragoneses aún estaba reciente el conflicto entre amos reinos con motivo de la rebelión en los condados catalanes y la mediación del rey de Francia para acabar con el conflicto entre ambos reinos peninsulares. De tal modo que Enrique, contando con Portugal, tenía una fortaleza militar, económica y política superior a la aragonesa y esa posición de fortaleza supondría una posición preeminente en la negociación de cualquier conflicto posterior.

Pero la férrea postura de Isabel desbarató lo planes del monarca y Pacheco. ¿Tuvo Isabel esa fortaleza en su negativa sólo por propia convicción o había algo más?. Sin lugar a dudas, sí. Que el rey de Portugal podía, por edad, ser el padre de Isabel, era ya más que suficiente motivo de rechazo, pero resulta evidente, que una vez en Ocaña, lago sucedió en aquellos meses que vieron morir a 1468 y nacer a 1469. Un dato a tener en cuenta. El arzobispo Carrillo, después de acompañar a Isabel a Guisando decide no permanecer junto a ella en Ocaña y marchar a la cercana localidad de Yepes.¿Un desaire por no querer haberse proclamado reina? Como le había aconsejado camino de Guisando. No, todo lo contrario. El traslado a Yepes del Arzobispo de Toledo fue una inteligente maniobra de Carrillo, pues conocía la red de espías e informadores que Juan Pacheco tenía en Ocaña (no olvidemos que la villa toledana pertenecía al maestrazgo de Santiago) y necesitaba alejarse de Ocaña para poder concertar el matrimonio de Isabel. ¿Con quien?. Con Fernando de Aragón, por supuesto. No había habido nunca otro pretendiente para Isabel en la mente de Carrillo. Y aquí debemos tener en cuenta el acontecimiento que fundamenta esta elección y que no es otro que la muerte de su hermano Alfonso. La muerte del joven rey o príncipe como refiera el lector, hace que sea su hermana la que ocupe lógicamente su lugar, y esto despierta, como hemos visto la codicia política de los principales reyes de Europa. Y entre todos ellos, el más inteligente y con diferencia era, sin duda, Juan II de Aragón. Las relaciones con Carrillo eran, además, muy estrechas por lo que el acuerdo era fácil. Sólo así se explica la rapidez en la firma de las capitulaciones de Cervera. Isabel necesitaba un marido y Aragón necesitaba un aliado de garantías en la defensa de sus dominios frente al invasor francés y la eterna rebeldía de los condados catalanes.

El matrimonio de Isabel y Fernando fue, sin duda, un matrimonio concertado en la simple necesidad política de ambos. Y la necesidad acuciaba a ambos, de ahí la presteza en las negociaciones y en el acuerdo.

Pero, ¿Cómo es posible que alguien como Juan Pacheco no fuera consciente de este acuerdo hasta que ya fue demasiado tarde para impedirlo?. Como es posible que aquello aconteciera ajeno al conocimiento del hombre más influyente en la política castellana en los últimos 20 años. Sin duda alguna por la enorme habilidad política de dos viejos zorros como Juan II de Aragón y Alfonso Carrillo. Es conocido que el embajador aragonés viajó a Ocaña y que una de las proposiciones que había hecho con anterioridad fue personal al propio Marqués de Villena al ofrecerle el matrimonio del Príncipe Fernando con propia su hija. Maniobra de distracción. Posiblemente. Este ofrecimiento, hecho al Marqués, probablemente a finales de 1468, justificaría la presencia de Pierres de Peralta en Ocaña y permitiría las secretas negociaciones entre Ocaña y Yepes de principios de 1469 que culminaron con la firma en Cervera de las ya analizadas capitulaciones matrimoniales.

Otro dato a tener en cuenta, la rebelión de algunas ciudades de Andalucía y en especial de Sevilla, encabezadas por el Duque de Medina en contra del rey y en favor de Isabel, motivaron que Enrique y Pacheco salieran de Ocaña el 7 de Mayo de 1469 (así lo constata el cronista Alfonso de Palencia). Es decir, más de un mes después de firmado el acuerdo matrimonial entre Isabel y Fernando, resulta evidente que, al menos Enrique, era ajeno al acuerdo. De otro modo no cabe explicar, que por muy grave que fuera la revuelta sevillana, el rey abandonara la Corte, dejando sola a Isabel, bajo sólo la custodia de un simple juramento. Desconocimiento o torpeza, o lo que es peor la mezcla de ambas cosas, fue lo que aprovechó Isabel sin pensarlo dos veces para salir a mediados de mayo rumbo a Arévalo, con la excusa de las honras por el aniversario de la muerte de su hermano Alfonso. Es decir, a la semana siguiente de la partida de Enrique Isabel pone rumbo a Arévalo, pero no se dirige a la localidad abulense sólo a honrar la memoria de su hermano, si no que sus pasos sólo tienen un destino y es el de realizar los preparativos de su boda con Fernando. Se habla de la fuga de Ocaña, pero más bien cabe pensar que a Enrique no se le fugó su hermana, sino que más bien regaló a su más valiosa prenda. Creo, que tanto el rey como Pacheco subestimaron por segunda vez a la joven Isabel y si bien conocían que Fernando era una opción para ella no eran conscientes de las secretas negociaciones llevadas a cabo por Carrillo.

Una prueba de la ajenidad de Enrique a lo que se urdía a sus espaldas la tenemos en una propia carta del monarca que el 7 de junio de 1469 dirige a Abenzelim Abenayar, Infante de Almería en el que le agradece sus servicios al prestarle cerca de cuatrocientos jinetes a fin de reforzar su comitiva y le da cuenta de los asuntos del reino, sin hacer mención en momento alguno a su hermana. La carta denota un tono tranquilo en el que Enrique se deleita con el recibimiento de la ciudad de Córdoba y el apaciguamiento de las ciudades andaluzas al jurarle lealtad el Duque de Medina Sidonia. Enrique llegó a Córdoba el 27 de mayo y allí permanecería varios días (la carta es fechada el 7 de Junio).

Otro hecho acontecido a tener en cuenta. El cronista Alfonso de Palencia nos lo narra con gran detalle. Descartada la opción portuguesa, la siguiente opción va a ser la francesa, y es precisamente en la ciudad de Córdoba donde se encuentra el rey donde es recibido en audiencia el Cardenal de Arrás, embajador del rey de Francia. La descripción que del emisario francés nos hace el cronista Alfonso de Palencia es digna de detenernos en ella un instante……

 “Era cabeza de esta embajada Guillermo, cardenal presbítero  de Arrás, sujeto de gran experiencia y no menos doctrina; pero al mismo tiempo de tan petulante arrogancia, que creía poder trastornarlo todo á su antojo con su altanero lenguaje, para lo cual le favorecían la dignidad del capelo y su elevada estatura….”

El embajador francés viaja a Castilla con una sola misión. Concertar el matrimonio de Isabel con el Carlos de Valois, Duque de Berry y la sazón hermano del rey de Francia, Luis XI. Para los franceses la jugada estaba clara. La presencia de una joven heredera al trono castellano suponía una posibilidad de cercar a su enemigo del sur, la Corona de Aragón con la que llevaba disputando varios años la posesión de los condados del Rosellón y la Cerdaña. Además, el rey de Francia podía de esta manera alejar a su díscolo hermano del territorio francés pues ya había sido el causante en años anteriores de dos enfrentamientos armados contra el propio rey. Carlos de Valois era el hermano del rey, pero también era un traidor a su propio hermano de ahí que la ocasión de quitarle de en medio y de conseguir un férreo aliado en la península con la que asegurar sus dominios del sur merecían el envío de uno de sus mejores embajadores.

Y todo se precipitó en ese mes de mayo de 1469. Las calabazas que meses antes había dado Isabel a los emisarios portugueses obligaron al rey y a Pacheco a buscar un segundo pretendiente y este era el Duque de Berry. La reunión con el Cardenal de Arrás según nos cuenta el también cronista Diego de Enríquez se produjo en la capilla de los reyes de la iglesia mayor de Córdoba…..

“E después de ávido su acuerdo é deliberación con el Maestre Don Juan Pacheco, por cuyo querer se guiaba el Rey en todas las cosas , especialmente en aquello; porque el Maestre era enteramente del Rey de Francia, é á su respeóto era venida aquella embajada , fue acordado de aceptar la hermandad de Francia , é dexar la confederación del Rey de Inglaterra , é publicar guerra con los Ingleses…”.

El acuerdo llevado a cabo en Córdoba por Pacheco y el rey con el embajador de Francia, por tanto, no sólo se refería al mero enlace matrimonial sino a la ruptura de relaciones con Inglaterra, eterno enemigo de Francia. Ello significaba que era un pacto de gran repercusión internacional y quizás cabría de considerarlo un tanto innecesario, pues las relaciones entre Castilla e Inglaterra en el siglo XV eran excelentes, sobre todo en el aspecto comercial, pues la lana castellana era objeto codiciado en tierras inglesas y este matrimonio, así anunciado, suponía de facto, no sólo el perder un aliado comercial de gran importancia si no el ganarse un peligroso enemigo de una manera un tanto innecesaria. ¿Y que llevó a Enrique y a Pacheco a este error…….?.

Un movimiento de ajedrez. La salida de Isabel de Ocaña. Como dije anteriormente la visión romántica de la historia nos habla de la fuga de Ocaña, pero Isabel partió de Ocaña a plena luz del día y montando al paso su caballo. No hubo ninguna fuga de Ocaña. Isabel había jurado a su hermano no tratar su casamiento hasta la vuelta del rey, y sí, Isabel incumplió su juramento, por supuesto. Esto es un hecho constatado e irrefutable. Nos sigue contando el mismo cronista…

Entretanto que las cosas asi pendían y se ordenaban , mas al querer del Maestre , que á la honra ni provecho del Rey, la Princesa Doña Isabel su hermana se partid de la villa de Ocaña, donde el Rey la avia rogado, que esperase su tornada de Andalucía……..”

“Notificada su partida al Rey , quedó muy alterado contra ella ; porque sintió que todavía se quería casar con el Rey de Sicilia , Príncipe de Aragón , de quien estaba sospechoso por la enemiga que estaba entre el Rey de Aragón su padre y él sobre lo del Principadgo de Cataluña: é tenia rescelo que aquel casamiento sería cabsa de mayores enconvinientes é peligros de su vida”.

Aquí tenemos el momento en que Enrique y Pacheco son conscientes de su grave error de cálculo, y el error además les sorprende fuera de la Corte. Como dije anteriormente habían subestimado a Isabel, no considerándola capaz de haber acordado un matrimonio a espaldas del rey, incumpliendo lo acordado en Guisando. Pero aquella joven, que acababa de cumplir dieciocho años les había planteado un movimiento que no esperaban. Había salido de la Corte sin su consentimiento y rumbo a Arévalo. Pero además de Isabel, mas piezas del tablero se habían movido ese mes de mayo El Arzobispo Carrillo había salido también rumbo a Alcalá de Henares y desde Aragón, un noble aragonés de extrema confianza del rey Juan II, llamado Pedro de la Cavallería, había salido rumbo a Castilla a fin de entrevistarse con la familia Mendoza y pedirle su apoyo al matrimonio entre Isabel y Fernando. 

Cuesta imaginar a un personaje tan frío y calculador como el Marqués de Villena tuviera que afrontar que una jovencita y su propio tío le hubieran dado tan soberana lección de estrategia política. Y así fue, el todopoderoso Maestre de la Orden de Santiago, mano derecha e izquierda del rey Enrique IV no había sido capaz de valorar adecuadamente al enemigo que tenía enfrente, un enemigo encarnado en una joven princesa que tras de sí contaba con dos fieles y leales consejeros, Gonzalo Chacón y Gutierre de Cardenas y un hombre codicioso pero leal con Castilla, Alfonso Carrillo, Arzobispo de Toledo, quien apostó por Isabel por entender que era lo mejor para el reino. Y por si esto fuera poco contaba además con un pretendiente de su misma edad, del que le contaban que no era mal parecido y que aportaba a Castilla la posibilidad de establecer una unidad territorial no conocida hasta ahora en la península y capaz de poner fin a la invasión musulmana. Este era el adversario político que torpemente Enrique y Pacheco habían minusvalorado y el error ahora muy difícil de remediar. Aun así, lo intentaron a toda prisa. Continúa el cronista el relato………

“ E por esto fue acordado en su Consejo , que aquel Cardenal Embajador que allí estaba,y el Arzobispo de Sevilla oviesen de ir á ella , é requerilla que no se casase con el Príncipe de Aragón , salvo con el Duque de Berri, hermano del Rey Luis de Francia , á quien por estonces pertenescía la subcesion del Reyno de Francia; pero aquesto la Princesa lo desechó con tal menosprescio que el Cardenal quedó muy sentido , é tomó grande enemistad contra ella : en tanto grado que determinó de favorecer ,é ayudarla hija del Rey, lo qual luego puso por obra segund que adelante será recontado”.

Diego Enríquez ya nos adelanta el conflicto sucesorio que nuevamente va a asolar Castilla en los cinco años siguientes, pero pasemos de nuevo a Alfonso de Palencia, también cronista de la época pero cuyo relato nos merece mayor estudio por ser no sólo más extenso en detalles sino también porque el propio cronista va a ser protagonista de la historia como más adelante voy a relatar.

“El cardenal de Arras,  volvió desde Andalucía á Castilla; fué á Toledo y luego á Coca, deseoso de llevar al arzobispo de Sevilla por colega ó medianero en las averiguaciones que habían de hacerse para que la Princesa no rehusase el matrimonio del duque de Guyena Carlos, una vez que el rey D. Enrique diera suasentimiento á lo expuesto en su embajada. En esta confianza marchó á Madrigal; saludó á la Princesa, y en un elegante discurso trató de persuadirla á que aceptase el matrimonio que la proponía, como el más ventajoso que podía ofrecérsela.Al mismo tiempo habló en términos poco lisonjeros del príncipe D. Fernando de Aragón,no de otro modo que si de su elogio ó de su censura dependiese el recto criterio de la verdad. De gran moderación hubo menester la Princesa, por no permitirla el decoro refutar tan mordaz locuacidad ni asentir á las procaces palabras; y así se limito á responder concisamente que obraría con arreglo á las leyes que á la verdadera gloria y grandeza de la nación y de la corona se refieren”.

Ambos cronistas coinciden en que Isabel fue rotunda en el no al matrimonio con el francés. Cuestión distinta es el tono de esa negativa pues mientras Enríquez habla de tal menosprecio Palencia nos habla de una contestación de gran moderación. Si alguien, en este punto, le interesa discernir cual fue el verdadero tono de la respuesta de Isabel, creo que Alfonso de Palencia está más cercano a la realidad de lo acontecido, pues como dije anteriormente fue testigo directo y protagonista de muchos de los hechos que sucedieron en esa primavera y verano de 1469. Téngase en cuenta también que el Cardenal de Arrás era un arrogante francés (no se me enfade algún lector galo por favor que no es mi intención extender el adjetivo sino usarlo de forma individual) que muy seguro de sí mismo había acudido a Castilla en la certeza de acordar el matrimonio confiado por el mismísimo rey de Francia y que se había encontrado con el rotundo no de una jovencita castellana a la que juró enemistad eterna.

Y aquí tenemos a Isabel que con dieciocho años ya había dicho no a cuatro propuestas de matrimonio. Dos al mismísimo rey de Portugal, Alfonso V, otra a Pedro Girón, hermano de Juan Pacheco y la última al hermano del rey de Francia. No se conoce otra joven princesa con ese mismo bagaje en siglo XV. Estamos ante una mujer, Isabel la Católica, pionera en muchos aspectos y el primero va a ser en el de reivindicar la figura de la mujer como nadie lo había hecho hasta entonces no sólo en Castilla sino en Europa. Téngase en cuenta que, Isabel, ni siquiera era aún reina, era una simple princesa que no aceptaba un matrimonio impuesto

Y no lo hizo una vez……lo hizo cuatro veces.

Y otro apunte más, éste dirigido a aquellos historiadores que sólo hablan de Isabel la católica como una mujer ambiciosa. Si de verdad hubiera sido la ambición lo único que movió a Isabel, hubiera sido reina de Castilla y de Portugal o reina de Castilla y de Francia, no pasemos por alto este detalle. Isabel no quería ser reina de Castilla a cualquier precio y eso es un aspecto que la dota de un carácter diferencial. En una sociedad medieval en el que la mujer, reina o plebeya, carecía de poder de decisión propio surge una joven con apenas 18 años, que rechaza a reyes y nobles como esposos y que rechaza además proseguir una guerra para alcanzar el trono. Y todo ello por decisión propia (bien aconsejada eso sí por un núcleo cercano del que supo rodearse compuesto por leales colaboradores de su persona y, sobre todo, de los intereses de Castilla). Y cuando digo de personas que aparte de defender los derechos sucesorios de Isabel  también defendían los intereses de Castilla, me refiero a personajes como Carrillo, Cárdenas o el propio Carrillo, que habían visto como durante décadas, primero con el rey Juan y luego con su hijo Enrique el gobierno castellano había estado en manos de validos como Don Álvaro de Luna y Don Juan Pacheco, que buscaban sólo su enriquecimiento personal y sus ansias de poder, dejando los intereses de los castellanos en un segundo lugar. Estas personas consideraban que el trono de Castilla merecía un cambio que antepusiera los intereses de las buenas gentes castellanas a los de unos validos sin escrúpulos. Y primero, con el joven Alfonso y luego con Isabel vieron la oportunidad de lograr ese cambio. Ciertamente que Alfonso era un niño y fue hábilmente manipulado por Pacheco y Carrillo, pero con Isabel fue diferente. Ya he apuntado como Pacheco subestimó a Isabel, pero, sin embargo, Carrillo, fue el verdadero descubridor del potencial político de la joven princesa. Se percató rápido de que la princesa no era persona que se dejara manipular, pero si era persona que se dejaba aconsejar y por ello decidió ganarse su confianza y entrar en ese círculo de asesores y consejeros en los que la lealtad era premisa matriz.

 

Pero sigamos con el relato de los hechos……Ese agitado mes de Mayo de 1469 es el mes en el que Enrique se percata del gravísimo error cometido dejando sola a Isabel. Sus sospechas de que el pretendiente elegido por ella era Fernando se ven consumadas cuando Isabel sale de Ocaña. Por ello encarga al embajador francés, que acuda rauda al encuentro de Isabel a fin de convencerla de que no desobedezca a su rey y se case con el príncipe aragonés, pues éste es hombre que ya tiene dos hijos y su honestidad no puede compararse a la del Duque de Berry cuyo enlace el Cardenal francés propone sin éxito a Isabel en Madrigal.

“Con esto creyó el Cardenal haber conseguido cierta promesa no exenta de esperanza acerca del matrimonio propuesto, y confiado en su propio juicio más bien que en la razón, regresó á su patria”.

Palencia difiere de Enríquez en este aspecto, mientras que éste último nos habla de un desaire de la princesa que hizo que el embajador francés saliera jurando venganza a Isabel, Palencia, por el contrario, nos cuenta como la reina con una frase un tanto vacía de contenido propició que el Cardenal de Arrás saliera con cierta esperanza de concretar el matrimonio en un futuro cercano. Más sólida parece la versión del cronista sevillano, pues, la inteligencia política de Isabel en estos momentos no hubiera casado con desairar al embajador francés sino más bien en despedirle con un no pero bueno a lo mejor…… Esta decisión, liberaba a Isabel de la incómoda presencia del embajador francés en Madrigal y la dejaba de nuevo sola y libre para concretar los aspectos finales del matrimonio con Fernando. Como dije anteriormente el arzobispo de Toledo se encontraba en Alcalá de Henares, y allí un asunto le inquietaba pues las arras pactadas en las capitulaciones de Cervera no llegaban de Aragón.

Así, es. Las arras pactadas consistían en la entrega a la princesa de las ciudades de Elche, Crevillente, Siracusa, Borja y Magallón (esta entrega se llevó a cabo formalmente después de contraer matrimonio pues la premura de las circunstancias obligó a posponerla), además se debía entregar una suma de 20.000 florines de oro y un collar de piedras preciosas de extraordinario valor. Surgieron dos problemas. Primero, el collar se encontraba en Valencia ya que estaba allí depositado como garantía de un préstamo que la ciudad de Valencia había otorgado a Juan II de Aragón con anterioridad. Segundo, la entrega de la suma de oro por la torpeza de los dos emisarios de la Corona de Aragón que por la inseguridad de los caminos decidieron volver a tierras aragoneses.

Ello condujo al Arzobispo de Toledo a mover ficha. Y movió una ficha muy valiosa. Nuestro Cronista Alfonso de Palencia va a comenzar a narrar los hechos en primera persona pues fue el elegido por Carrillo a fin de ir a Aragón y concretar la efectiva entrega de las arras. El rey enrique ya era conocedor del acuerdo matrimonial y la boda debía de celebrarse lo antes posible a fin de no permitir al monarca castellano realizar movimiento alguno que lo pudiera entorpecer.

“De la entrega del collar y del pago de aquella suma se creía depender únicamente la ratificación de la palabra entre los Príncipes empeñada por lo cual el Arzobispo me encomendó el cargo de marchar á aquel reino y tratar de vencer las dificultades que para ello hubiese”

Y a fe que las dificultades surgieron inmediatamente…..Continúa Palencia su relato…..

“Supe en el camino por un mensajero que la traición había entregado Gerona á los franceses, y la noticia entristeció profundamente mi ánimo, porque calculaba que el desastre sufrido de tal modo quebrantarla al angustiado Monarca, que le imposibilitaría para conceder la suma y entregar el collar”

“A pesar de todo, me dirigí á Tarragona, saludé al animoso rey D. Juan y le expuse el encargo que arzobispo de Toledo me encomendara”.

La misión de Alfonso de Palencia en Aragón, no fue solo la de un simple mensajero del Arzobispo de Toledo. Palencia debía de auxiliar al rey de Aragón a fin de terminar de convencer las reticencias de muchos nobles aragoneses que consideraban las exigencias de la princesa castellana, desmedidas, y se oponían al matrimonio entre Isabel y Fernando reforzando su negativa en las maltrechas arcas aragonesas, desangradas por la guerra con los franceses y los condados catalanes.

“Más que aquellos desastres y desdichas angustiaba el ánimo del fortísímo Monarca el ver á los magnates de su reino tan apartados de dar su aprobación al matrimonio de la Princesa. Reflexionando luego sobre la conducta que ya le era conocida de los Grandes y de los ciudadanos que tendían á estorbar tamaña ventura, dignóse aquel buen rey oír mi humilde parecer sobre todos estos extremos, y tan completa aprobación le mereció que, coincidiendo su juicio con mi consejo me hizo repetir mi discurso ante los Grandes que con él estaban. Eran éstos Juan de Cardona, conde de Pradés; D. Pedro de Urrea, patriarca de Antioquía y arzobispo de Tarragona; D. Bernardo Hugo de Rocaberti, castellano de Amposta, prior de la Orden de San Juan, y D. Juan Pagés, vicecanciller, los cuales todos se oponían de hecho al matrimonio”.

Vemos como Palencia actúa no como un simple emisario sino como un comprometido abogado defensor de la causa matrimonial de los jóvenes príncipes. Y lo hace con verdadero éxito lo que nos revela al cronista como un personaje de una notable calidad política.

“En mi discurso expuse figuradamente muchas de las cosas tantas veces tratadas en conformidad con el parecer del anciano Monarca; y con sólidos argumentos afirmé todo aquello que suponía habían de impugnar, hasta que, ante el temor de que se les creyese obstinados, o bien rendidos a la fuerza de la verdad, los reduje a la aprobación deseada”.

De justicia es el reconocer a Alfonso de Palencia su valiosa labor en la concreción final del matrimonio, pues sin su destacada actuación el mismo difícilmente podía haberse llevado a cabo. Es un personaje omitido por muchos historiadores, o más bien sino se omite su existencia sí que se omite la importancia de la labor por él llevada a cabo, pues no fue un simple emisario o correo del arzobispo de Toledo, sino un verdadero embajador de Castilla con una difícil y meritoria misión que aquí se reconoce y que en pocos en ningún libro de historia se muestra con el detalle que la misma merece.

Convencidos los nobles aragoneses, queda recuperar el collar y recaudar la suma prometida a Isabel. Pero, ¿ cómo era el collar? porque llegados a este punto debía de ser algo excepcional para que tuviese ese protagonismo y tuviese la condición de irremplazable. El historiador Vicens Vives nos da la exacta descripción, y atendiendo a ella, el collar efectivamente, era de excepcional belleza…

Macizo torzal de hilos de oro, que pesaba más de tres marcos, del que pendían hasta quince colgantes: siete gruesos y amoratados rubíes y ocho ovaladas y grisáceas perlas, todo ello como marco al adorno central consistente en un balaje gordísimo, horadado, que sustentaba una maravillosa perla en forma de pera.

Pues bien, convencidos los nobles aragoneses, el rey se dirigió a Cervera, donde se encontraba Fernando, y le encomendó la misión de entregar las arras prometidas. Fernando salió de Cervera rumbo a Valencia el 26 de Junio de 1469 y lo hizo en compañía de Alfonso de Palencia, quien en su crónica relata con gran detalle los distintos pasos de la ruta seguida hasta la capital del Turia. Fernando entra en Valencia el 15 de Julio de 1469, donde es recibido con gran alegría y festejo, y, el collar es entregado por la ciudad de Valencia el 19 de Julio según acta del notario valenciano Jaume Eiximeno. Fernando, además obtuvo de la ciudad 3000 florines de oro.

“…el collar y el dinero lo entregó á mí y á Pedro de la Caballería, íntegro ciudadano de Zaragoza, para que llevásemos uno y otro al arzobispo de Toledo, á la sazón residente en Alcalá. Gran contento recibió éste con nuestra llegada y dio gracias al Omnipotente por haber arreglado á tan poca costa tamañas dificultades”.

         Ciertamente, esta historia del collar tiene su encanto, pues, pactadas unas arras, bien podía haberse establecido una cantidad de dinero y la entrega de ciertas villas y ciudades, pero Carrillo mostró un especial interés por ese collar. No sabemos por qué, pues supongo que collares de joyas habría muchos en Aragón y en su defecto, oro que lo supliera, pero ese collar debía de tener algo más. No olvidemos que el collar en cuestión perteneció a la difunta reina consorte de Aragón Juana Enríquez, segunda esposa del rey Juan II y la expresa petición de Carrillo y le premura y la disposición propia del príncipe Fernando en ir personalmente a recuperarlo dotan a la historia del collar de un cierto romanticismo novelesco que pone una nota de color en lo que en aquel momento no fue más que un matrimonio concertado por pura conveniencia política.

         Pero miremos a otras piezas del tablero. ¿Dónde estaban Enrique, Pacheco e Isabel en este ajetreado verano de 1469?.

         Vayamos por partes, Isabel después de salir a mediados de mayo de Ocaña, se dirigió a Arévalo, donde se encontraba su madre. Sin embargo, y pese a que la villa de Arévalo había sido encomendada por su hermano Alfonso al alcaide Don Álvaro de Bracamonte bajo juramento de lealtad a Isabel y su madre, cuando la princesa llegó a la localidad abulense no sólo no se la permitió la entrada sino, que el alcaide, por orden del Conde Plasencia, expulsó de la ciudad a todos los oficiales en su día nombrados por el infortunado Alfonso para la defensa y custodia de la ciudad. Es evidente, que las órdenes del marqués de Villena habían viajado más rápidas que la propia Princesa, pero Isabel no se arredró e hizo lo más inteligente, poner bajo su custodia a su madre y encaminarse rápidamente a la cercana villa de Madrigal que la vio nacer.

         Para ubicar a Enrique y Villena debemos acudir al cronista Diego Enríquez, que con detalle nos relata el periplo por tierras andaluzas de ambos. Después de encomendar al embajador francés la infructuosa labor de convencer a Isabel de su matrimonio con el Duque de Berry, abandonan Córdoba rumbo a Écija y de allí a Antequera para posteriormente encaminarse hacia el norte cabalgando hacia Carmona y luego a Alcalá de Guadaira. En fin, un rosario de ciudades, que debían de apaciguarse y de volver su fidelidad al rey castellano y que sin duda supusieron una fatal distracción del monarca, quien abandonó la Corte castellana en un enorme error que lo atormentaría le resto de sus días.

         Cumplimentadas las arras, la boda debía de celebrarse lo antes posible pero antes había que salvar las trabas que le rey a buen seguro pondría en el camino de los jóvenes príncipes. Estamos en julio de 1469 y el Marqués de Villena, que siempre supo estar bajo el cobijo del poder nos va a sorprender de nuevo…….

 

         Escrito en Aranjuez a 13 de Abril de 2025

         Miguel Ángel Rodríguez Planas.

 

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